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Explotación abusiva de una posición dominante, La.Pellisé Capell, Jaume 11 January 1996 (has links)
Los artículos 82 TCE (antes 86 TCE) y 6 LEDC prohíben la explotación abusiva de una posición dominante en el mercado; sin embargo no definen los importantes términos típicos que contienen. Este trabajo se dedica al estudio crítico de las diferentes cuestiones que plantean las normas antiabuso para su aplicación. Primero, se comienza estudiando la noción de competencia, sus virtudes, los objetivos que se persigue con su defensa, y los sistemas que se arbitran para ello, con especial atención al sistema mixto diseñado por el legislador comunitario. El estudio de los antecedentes del Tratado demuestra que el legislador comunitario tenía dos modelos históricos distintos de defensa de la competencia, ante los que se posicionó con un sistema mixto que quería recoger lo mejor de ambas tradiciones. Después se estudian tres términos típicos fundamentales. El primer término que se estudia es el de empresa que adquiere en el Derecho de la competencia un amplio significado económico. Dicha noción abarca a cualquier ente que sea capaz de desarrollar alguna actividad económica en los mercados de bienes y servicios. También la Administración puede ser considerada empresa a los efectos de estos precepto, lo que lleva a la necesidad de distinguir entre al actividad puramente administrativa y actividad "empresarial" de la Administración.Para las autoridades comunitarias la posición de dominio de una empresa no se detenta en el vacío sino referida a un mercado determinado, al que se llama mercado relevante. En este trabajo, se estudia el método y criterios que siguen las autoridades antimonopolio para su delimitación. El segundo término típico que se trata es el de la posición de dominio, condición necesaria para que una conducta de una empresa pueda ser considerada abusiva. Se estudia el significado de esta noción, que en esencia significa que una empresa tiene poder de actuación independiente en le mercado, y los criterios que se siguen para su evaluación. Se dedica una especial atención a las situaciones de dependencia económica, incluida la llamada doctrina de las «essential facilities», y de posición de dominio colectiva, esta última especialmente útil para el control de los oligopolios. Otro término es la cláusula intracomunitaria, que, desde un punto de vista sustantivo, tiene poco peso en el artículo 82 TCE puesto que la existencia misma del abuso comporta su cumplimiento.Otra importante cuestión que suscitan las normas antiabuso y que se trata en este trabajo es la del vínculo entre abuso y posición de dominio, lo que lleva a tratar la cuestión de la causalidad y la de los mercados conexos.Finalmente se estudia del segundo término típico fundamental de estas normas: «la explotación abusiva». La importancia de este término se advierte en la práctica de las autoridades antimonopolio comunitarias, principalmente después de Continental Can (1978), y, sobre todo, españolas, fundamentalmente después de la Resolución Pompas fúnebres Baix Llobregat (1995), cuya doctrina descubre la tensión interpretativa en torno a los dos posibles sentidos básicos de este término. Para ello, se comienza con el análisis de la noción genérica ofrecida inicialmente por las autoridades comunitarias, cuyo significado es generalmente admitido. Se pasa después a estudiar desde las interpretaciones restrictiva y extensiva los dos posibles sentidos del término «explotación abusiva», así como el distinto acogimiento que han tenido en las autoridades comunitarias. Y se acaba este trabajo con el planteamiento de una solución integradora acorde con los objetivos del Tratado, solución que, a nuestro juicio, ha sido acogida por la doctrina del Tribunal de Defensa de la Competencia en sus últimas resoluciones.
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Deberes de información tributaria sobre terceros, LosMoncada Gil, Luis Humberto 20 January 2003 (has links)
La investigación pretende exponer la regulación de los deberes de información tributaria sobre terceros en el ordenamiento español o, más exactamente, en la Ley General Tributaria, tomando en consideración una serie de principios y normas contenidos tanto en ésta última como en la Constitución española. Los tres pilares sobre los que se sustenta el estudio son: la legislación, la jurisprudencia y la doctrina relativa a la temática abordada.El planteamiento se inicia con el análisis del deber de colaboración tributaria como una figura genérica, como un concepto amplio que contiene a un conjunto de deberes determinados y, que tienen en común coadyuvar en las tareas propias de la Administración tributaria como acontece con los deberes de información de datos referidos a los tributos propios, como sobre los tributos de terceras personas.A lo largo de los restantes capítulos se desarrolla lo relacionado a los aspectos objetivo y subjetivo, los procedimientos para la obtención de información, los límites que regulan el deber y las infracciones previstas en caso de incumplimiento. En cuanto a los aspectos objetivos, se analizan los artículos 12, 37 y 38 del Reglamento General de la Inspección de los Tributos para clarificar el objeto de los deberes de colaboración y se analiza además las condiciones para que se considere la trascendencia tributaria de un dato. Con relación a la naturaleza jurídica de los deberes de información tributaria sobre terceros se analiza si la petición de datos a un tercero constituye o no sanción indirecta; si los deberes de información se configuran como un deber general de acatamiento, como un deber público de prestación personal o, bien, como una manifestación del deber de contribuir. En el ámbito subjetivo se precisan los distintos sujetos: a) el sujeto activo titular de la potestad de obtención de información tributaria como la Administración Estatal, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales, actuando todas ellas a través de sus órganos gestores, inspectores y de recaudación y b) los sujetos pasivos conformados de manera general, por todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas; pero tomando en cuenta la delimitación subjetiva contenida en la normativa tributaria en cuanto a los sujetos pasivos.También se examina lo relacionado con el procedimiento mediante el cual los administrados llevan a cabo el cumplimiento de los deberes de información tributaria sobre terceros, así como los mecanismos puestos en marcha por parte de la Administración para la obtención de la misma. Se estudia el régimen de infracciones y sanciones en caso de incumplimiento de los deberes de información tributaria sobre terceros; su carácter y naturaleza; las distintas sanciones a las que se hagan merecedores los administrados, teniendo dentro de ellas a las multas o sanciones pecuniarias, las sanciones accesorias o no pecuniarias; el criterio de graduación de las mismas, tomando en cuenta a tales efectos, la comisión repetida de infracciones tributarias, la resistencia, negativa u obstrucción a la acción investigadora de la Administración, la falta de cumplimiento espontáneo o el retraso en el cumplimiento de los deberes formales de colaboración, etc.Se analizan los límites a los deberes de información tributaria sobre terceros que se encuentran contenidos en la Constitución o en disposiciones normativas de carácter legal y entre los que tenemos, el derecho a la intimidad, la inviolabilidad del domicilio, el secreto de las comunicaciones, el secreto profesional, el secreto estadístico, el secreto del protocolo notarial, el secreto de las diligencias sumariales.En cada capitulo se expresan unas conclusiones parciales del ámbito analizado y para finalizar, el ultimo capitulo presenta un bloque de conclusiones generales
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Comportamento pedagógico dos instrutores de Fitness em aulas de grupo de Localizada. Comportamento observado, percepção, preferência e satisfação dos praticantes.Alves Franco, Carla 23 May 2001 (has links)
El present treball s'ha centrat en l'estudi de la conducta pedagògica dels instructors de l'activitat de grup de Fitness en la modalitat de Localitzada. Ha estat construït i validat un nou sistema d'observació de la conducta dels instructors d'activitats de grup de Fitness (SOCIF), que l'hem utilitzat per a codificar els comportaments observats en els vídeos de les classes de Localitzada de 62 instructors per a observar la seva intervenció. També ha estat construït i validat un qüestionari sobre la percepció i la preferència de la conducta dels instructors d'activitats de grup de Fitness, amb el qual ha estat possible accedir a la percepció i a la preferència dels practicants de Localitzada (n = 447) sobre la conducta d'aquests instructors i referida a la satisfacció global dels practicants quant a la manera d'intervenir de l'instructor.La preferència, la satisfacció específica (preferència - percepció) dels practicants amb cadascun dels comportaments i la satisfacció global també han estat analitzats.Han estat plantejades 7 hipòtesis que han conclòs lo següent:H1: Es va verificar l'associació lineal positiva entre la conducta observada dels instructors i la percepció dels practicants en els comportaments de Correcció Amb Exercici, Converses amb els Practicants Amb Exercici i Converses amb els Practicants Sense Exercici. En el comportament de Gestió Amb Exercici es va verificar l'existència d'una associació lineal significativa, però negativa, enlloc de positiva. No es va verificar l'existència d'una associació lineal positiva entre la conducta observada en els instructors i la percepció dels practicants en els comportaments d'Avaluació Positiva (Amb i Sense Exercici) i d'Avaluació Negativa (Amb i Sense Exercici). Va Ser evidenciada també l'existència d'altres relacions lineals significatives entre la conducta observada en els instructors i la percepció dels practicants: Informació Amb Exercici; Informació Sense Exercici; Qüestionament Amb Exercici; Qüestionament Sense Exercici; Afectivitat Positiva Amb Exercici; Afectivitat Positiva Sense Exercici; Afectivitat Negativa Amb Exercici; Afectivitat Negativa Sense Exercici; Pressió Amb Exercici; Pressió Sense Exercici; Converses Amb Altres persones Amb Exercici; Atenció a les Intervencions Verbals dels Practicants Sense Exercici; Atenció a les Intervencions Verbals d'Altres persones Amb Exercici.H2: Només es va verificar l'existència d'una associació lineal significativa positiva entre la conducta observada dels instructors i la preferència dels practicants en 7 dels 33 comportaments: Informació Amb Exercici; Qüestionament Amb Exercici; Afectivitat Positiva (Amb i Sense Exercici); Afectivitat Negativa Sense Exercici; Converses amb els Practicants Amb Exercici; Converses amb Altres persones Amb Exercici. També va ser evidenciada l'existència d'una relació lineal significativa entre la conducta observada dels instructors i la preferència dels practicants, però negativa, enlloc de positiva, en l'Avaluació Positiva Sense Exercici.H3: Es va verificar l'associació lineal significativa positiva entre la percepció i la preferència dels practicants en tots els 33 comportaments.H4: No es va verificar una associació lineal significativa entre la satisfacció global i la conducta observada, com a supòsit, en el cas de l'Avaluació Negativa (Amb i Sense Exercici), Informació (Amb i Sense Exercici), Avaluació Positiva (Amb i Sense Exercici) i Correcció (Amb i Sense Exercici), existint encara una associació lineal significativa positiva en la Pressió Amb Exercici. Han estat també trobades altres associacions lineals significatives: Demostració Sense Informació; Qüestionament Sense Exercici; Afectivitat Negativa Amb Exercici; Atenció a les Intervencions Verbals d'Uns altres Amb Exercici.H5: Encara que existeixi associació lineal significativa negativa entre la satisfacció global i la satisfacció específica en els comportaments d'Informació (Amb i Sense Exercici), Correcció Sense Exercici, Avaluació Positiva (Amb i Sense Exercici) i Pressió (Amb i Sense Exercici), ha també estat trobada una associació significativa negativa, enlloc de positiva, en l'Avaluació Negativa (Amb i Sense Exercici). Han estat també trobades altres associacions lineals significatives entre la satisfacció global i la satisfacció específica quant als comportaments: Qüestionament Amb Exercici; Qüestionament Sense Exercici; Exercici Independent; Observació Amb Exercici; Atenció a les Intervencions Verbals dels Practicants Amb Exercici; Atenció a les Intervencions Verbals dels Practicants Sense Exercici; Altres Comportaments.H6: Pel que fa a la influència de la conducta observada en la satisfacció global, atès que a l'inici no es verifiquessin alguns dels pressupostos de la regressió lineal múltiple, no s'arriba a testar cap model.H7: Quant a la influència de les variables de satisfacció específica en la satisfacció global, encara que s'ha arribat a un mateix model de regressió lineal múltiple amb els diversos mètodes de recerca (Stepwise, Forward i Backward), on les variables Pressió Amb Exercici, Altres Comportaments, Observació Sense Exercici, Avaluació Positiva Sense Exercici i Afectivitat Negativa Sense Exercici presentessin un coeficient amb valor negatiu, i l'Afectivitat Negativa Amb Exercici i la Gestió Sense Exercici presentessin un coeficient amb valor positiu, aquest model té una reduïda validesa pel fet que no es verifiquen alguns dels pressupostos del mateix.En les conclusions es detallen tos els aspectes observats i analitzats al llarg del procés d'investigació. / El actual trabajo se ha centrado en el estudio de la conducta pedagógica de los instructores de la actividad de grupo de Fitness en la modalidad de Localizada. Fue construido y validado un nuevo sistema de observación de la conducta de los instructores de actividades de grupo de Fitness (SOCIF), que fue utilizado para codificar los comportamientos observados en los videos de las clases de Localizada de 62 instructores para observar su intervención.También fue construido y validado un cuestionario sobre la percepción y la preferencia de la conducta de los instructores de actividades de grupo de Fitness, con el cual fue posible acceder a la percepción y a la preferencia de los practicantes de Localizada (n = 447) sobre la conducta de dichos instructores. Se realizó una pregunta referente a la satisfacción global de los practicantes con el instructor.La preferencia, la satisfacción específica (preferencia - percepción) de los practicantes con cada uno de los comportamientos y la satisfacción global también han sido analizadas.Han sido planteadas 7 hipótesis, concluyéndose lo siguiente.H1: Se verificó la asociación lineal positiva entre la conducta observada en los instructores y la percepción de los practicantes en los comportamientos de Corrección Con Ejercicio, Conversaciones con los Practicantes Con Ejercicio y Conversaciones con los Practicantes Sin Ejercicio. En el comportamiento de Gestión Con Ejercicio se verificó la existencia de una asociación lineal significativa, pero negativa, en vez de positiva. No se verificó la existencia de una asociación lineal positiva entre la conducta observada en los instructores y la percepción de los practicantes en los comportamientos de Evaluación Positiva (Con y Sin Ejercicio) y de Evaluación Negativa (Con y Sin Ejercicio). Fue evidenciada también la existencia de otras relaciones lineales significativas entre la conducta observada en los instructores y la percepción de los practicantes: Información Con Ejercicio; Información Sin Ejercicio; Cuestionamiento Con Ejercicio; Cuestionamiento Sin Ejercicio; Afectividad Positiva Con Ejercicio; Afectividad Positiva Sin Ejercicio; Afectividad Negativa Con Ejercicio; Afectividad Negativa Sin Ejercicio; Estimulación Con Ejercicio; Estimulación Sin Ejercicio; Conversaciones Con Otros Con Ejercicio; Atención a las Intervenciones Verbales de los Practicantes Sin Ejercicio; Atención a las Intervenciones Verbales de Otros Con Ejercicio.H2: Sólo se verificó la existencia de una asociación lineal significativa positiva entre la conducta observada en los instructores y la preferencia de los practicantes en 7 de los 33 comportamientos: Información Con Ejercicio; Cuestionamiento Con Ejercicio; Afectividad Positiva (Con y Sin Ejercicio); Afectividad Negativa Sin Ejercicio; Conversaciones con los Practicantes Con Ejercicio; Conversaciones con Otros Con Ejercicio. También fue evidenciada la existencia de una relación lineal significativa entre la conducta observada en los instructores y la preferencia de los practicantes, pero negativa, en vez de positiva, en la Evaluación Positiva Sin Ejercicio.H3: Se verificó la asociación lineal significativa positiva entre la percepción y la preferencia de los practicantes en todos los 33 comportamientos.H4: No se verificó una asociación lineal significativa entre la satisfacción global y la conducta observada, como supuesto, en el caso de la Evaluación Negativa (Con y Sin Ejercicio), Información (Con y Sin Ejercicio), Evaluación Positiva (Con y Sin Ejercicio) y Corrección (Con y Sin Ejercicio), existiendo todavía una asociación lineal significativa positiva en la Estimulación Con Ejercicio. Han sido también encontradas otras asociaciones lineales significativas: Demostración Sin Información; Cuestionamiento Sin Ejercicio; Afectividad Negativa Con Ejercicio; Atención a las Intervenciones Verbales de Otros Con Ejercicio.H5: Aunque exista asociación lineal significativa negativa entre la satisfacción global y la satisfacción específica en los comportamientos de Información (Con y Sin Ejercicio), Corrección Sin Ejercicio, Evaluación Positiva (Con y Sin Ejercicio) y Estimulación (Con y Sin Ejercicio), ha también sido encontrada una asociación significativa negativa, en vez de positiva, en la Evaluación Negativa (Con y Sin Ejercicio). Han sido también encontradas otras asociaciones lineales significativas entre la satisfacción global y la satisfacción específica, designadamente en los comportamientos: Cuestionamiento Con Ejercicio; Cuestionamiento Sin Ejercicio; Ejercicio Independiente; Observación Con Ejercicio; Atención a las Intervenciones Verbales de los Practicantes Con Ejercicio; Atención a las Intervenciones Verbales de los Practicantes Sin Ejercicio; Otros Comportamientos.H6: En lo que se refiere a la influencia de la conducta observada en la satisfacción global, dado que al inicio no se verificaran algunos de los presupuestos de la regresión lineal múltiple, no se llego a testar ningún modelo.H7: Con relación a la influencia de las variables de satisfacción específica en la satisfacción global, aunque se ha llegado a un mismo modelo de regresión lineal múltiple con los diversos métodos de búsqueda (Stepwise, Forward y Backward), donde las variables Estimulación Con Ejercicio, Otros Comportamientos, Observación Sin Ejercicio, Evaluación Positiva Sin Ejercicio y Afectividad Negativa Sin Ejercicio presentaran un coeficiente con valor negativo, y la Afectividad Negativa Con Ejercicio y la Gestión Sin Ejercicio presentaran un coeficiente con valor positivo, este modelo tiene una reducida validez por el hecho de que no se verifican algunos de los presupuestos del mismo.En las conclusiones se detallan todos los aspectos observados y analizados a lo largo del proceso de investigación. / The purpose of this work was to study the instructors´ pedagogical behaviour in the Fitness activity Resistance Training.A new observation system of instructor' behaviour was developed and validated (SOCIF), which was used to codify the observed behaviours of 62 Resistance Training instructors. Their intervention was characterized.It was also constructed and validated a questionnaire concerning the perception and the preference about the instructors' behaviour, with which it was possible to know the perception and the preference of the Resistance Training participants (n = 447). A question concerning the participants' global satisfaction was done.The participants' preference, specific satisfaction (preference - perception) with each one of the instructors' behaviours and the global satisfaction had been also characterized.The conclusions of the 7 tested hypotheses were the following.H1: There was a significant positive linear association between the observed instructors' behaviour and the participants' perception in the following behaviours: Correction With Exercise; Conversation with Participants With Exercise; Conversation with Participants Without Exercise. In Management With Exercise there was a significant linear association, but negative, instead of positive. There wasn't a significant positive linear association between the observed instructors' behaviour and the participants' perception in Positive Evaluation (With and Without Exercise) and in Negative Evaluation (With and Without Exercise). There were also others significant linear relations between the observed instructors' behaviour and the participants' perception: Information With Exercise, Information Without Exercise, Questioning With Exercise, Questioning Without Exercise, Positive Affectivity With Exercise, Positive Affectivity Without Exercise, Negative Affectivity With Exercise, Negative Affectivity Without Exercise, Hustle With Exercise, Hustle Without Exercise, Conversation with Others With Exercise, Attention to Verbal Interventions of Participants Without Exercise, Attention to Verbal Interventions of Others With Exercise.H2: There was a significant positive linear association between the observed instructors' behaviour and the participants' preference in 7 of the 33 behaviours: Information With Exercise; Questioning With Exercise; Positive Affectivity (With and Without Exercise); Negative Affectivity Without Exercise; Conversation with Participants With Exercise; Conversation with Others With Exercise. There was also a significant linear relation between the observed instructors' behaviour and the participants' preference, but negative, instead of positive, in the Positive Evaluation Without Exercise.H3: There was a significant positive linear association between participants' perception and preference in all of the 33 behaviours.H4: There wasn't a significant linear association between participants' global satisfaction and the observed behaviour in Negative Evaluation (With and Without Exercise), Information (With and Without Exercise), Positive Evaluation (With and Without Exercise) and Correction (With and Without Exercise). There was a significant positive linear association in Hustle With Exercise. There were also others significant relations between participants' global satisfaction and the observed behaviour: Demonstration Without Information; Questioning Without Exercise; Negative Affectivity With Exercise; Attention to Verbal Interventions of Others With Exercise.H5: Although there was a significant negative linear association between participants' global satisfaction and specific satisfaction in the behaviours Information (With and Without Exercise), Correction Without Exercise, Positive Evaluation (With and Without Exercise) and Hustle (With and Without Exercise), there was also a significant negative linear association, instead of positive, in Negative Evaluation (With and Without Exercise). There were also others significant relations between participants' global satisfaction and specific satisfaction, namely in the following behaviours: Questioning With Exercise, Questioning Without Exercise; Independent Exercise; Observation With Exercise; Attention to Verbal Interventions of Participants With Exercise; Attention to Verbal Interventions of Participants Without Exercise; Other Behaviours.H6: Concerning the influence of the observed behaviours in global satisfaction, no linear multiple regression model was tested because initially some of the suppositions weren't verified.H7: Concerning the influence of specific satisfaction in global satisfaction, the same model was found with the different linear multiple regression methods (Stepwise, Forward and Backward), in which Hustle With Exercise, Other Behaviours, Observation Without Exercise, Positive Evaluation Without Exercise and Negative Affectivity Without Exercise have had a negative value in the coefficient and in which Negative Affectivity With Exercise and Management Without Exercise have had a positive value in the coefficient. However the model has a reduced validity because some of the suppositions weren't verified.
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El deber constitucional de contribuir al sostenimiento de los gastos públicosPauner Chulvi, Cristina 02 October 2000 (has links)
La tesis doctoral se consagra al estudio del artículo 31.1 de la Constitución española que establece el deber de todos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos. La obra se estructura en cuatro capítulos. En el primero de ellos, se reflexiona acerca del concepto, naturaleza, eficacia y fundamento de la categoría jurídica del deber constitucional. Tras este primer capítulo, se propone un segundo capítulo consagrado al estudio concreto del deber tributario abordándose la problemática de las posiciones subjetivas que ocupan los ciudadanos y los poderes públicos en el seno de la relación jurídico-tributaria atendiendo a los intereses que se protegen. En el Estado social y democrático de Derecho, el deber fiscal se coloca al servicio de una finalidad concreta: el sostenimiento del gasto público. Por ello, la Constitución predica el principio de asignación equitativa de recursos y los criterios de eficiencia y economía del gasto público (art. 31.2) lo que permite juridificar una actividad pública que ha sido tradicionalmente considerada de carácter político. Finalmente, el capítulo se cierra con algunas consideraciones sobre el fenómeno de la objeción de conciencia fiscal que se configura, para quienes lo ejercen como derecho subsumible en la libertad de conciencia, como un límite al deber tributario. En el capítulo tercero nos introduciremos en el análisis de los principios constitucionales que califican al sistema tributario. Para concluir, el cuarto y último capítulo de la obra se consagrará al estudio de la articulación jurídica de los distintos centros territoriales dotados de capacidad para el establecimiento de deberes tributarios, a saber: las Comunidades Autónomas y la Unión Europea.
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Utmost good faith in marine insurance : a comparative study of English and Chinese lawShi, Feng January 2013 (has links)
As one of the most distinctive characteristics of English insurance law, the duty of utmost good faith is essentially stated in sections 17-20 of the Marine Insurance Act 1906. According to the statutory rules, both of the insurance parties must observe utmost good faith before the conclusion of an insurance contract. After one century of its application, both the judiciary and academics expressed their concerns in terms of its legislative defects and complexity in practice. Some developments have been made in recent judicial decisions and in statutory reform, e.g. the English Consumer Insurance (Disclosure and Representations) Act 2012, and Recommendations, Statutes and Explanations on the Amendments of Chinese Maritime Code of the People’s Republic of China. Therefore, debatable issues and law reform programs in both English and Chinese law are considered in the main body of this thesis. The examination is essentially based upon, (1) the materiality test of the concealed/misrepresented circumstances which can empower the injured party to rescind the insurance abinitio; (2) the duration of utmost good faith and specific issues; (3) the protective measures related to innocent misconduct; (4) the legal status of good faith and its application to fraudulent behaviour; and (5) whether the classic English utmost good faith doctrine can be extended to Chinese law. Therefore, the main objective of this thesis is to provide a comprehensive study of the current status and developments of the duty of utmost good faith in both English and Chinese law, which is of fundamental importance, not only at the negotiation stage, but also throughout the performance and at the claiming stage of an insurance contract. After identifying and analysing these crucial issues, this thesis concludes with some possible solutions.
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Las medidas comerciales multilaterales para la protección del medio ambiente y el sistema multilateral del comercioElizalde Carranza, Miguel Ángel 20 October 2006 (has links)
Para alcanzar el desarrollo sostenible es necesario que los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los Acuerdos Multilaterales del Medio Ambiente (AMUMA) se apoyen mutuamente. El problema es que estos acuerdos regulan a las medidas comerciales desde perspectivas diferentes: mientras que algunos AMUMA las permiten por ser consideradas necesarias para lograr sus objetivos, los acuerdos de la OMC generalmente las prohíben pues se perciben como un obstáculo para el desarrollo económico. Las diferencias institucionales entre estos regímenes indican que, en caso de surgir alguna diferencia, probablemente serán resueltas por el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC. Así, lograr el apoyo mutuo entre estos sistemas normativos depende, al menos en parte, de que el OSD de la OMC realice una interpretación sostenible de los acuerdos comerciales, es decir, que prohíba el proteccionismo comercial y permita la adopción de medidas comerciales basadas en consideraciones ambientales auténticas. / To achieve sustained development it is necessary to make the trade agreements administered by the World Trade Organization (WTO) and the multilateral environmental agreements (MEA) mutually supportive. The problem is that these agreements regulate trade measures from different perspectives: while some MEAs permit them as necessary to achieve their objectives, the agreements of the WTO generally forbid them because they are perceived as an obstacle for economic development. The institutional differences between these regimes indicate that, in the case that a difference arises, it would probably be resolved by the Dispute Settlement Body (DSB) of the WTO. So, making these normative systems mutually supportive depends, at least in part, on a sustainable interpretation of the trade agreements by the DSB, in other words, that forbids protectionism and permits trade measures based on authentic environmental considerations.
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Incidencias de los precios de transferencia en el comercio internacional (las transacciones multilaterales entre España, China y los países latinoamericanos)Anguita Morera, Antonia 15 June 2010 (has links)
En la tesis de “Incidencias de los Precios de Transferencia en el comercio internacional (las transacciones multilaterales entre España, China y los Países Latinoamericanos)”, se hace un estudio exhaustivo de los precios de transferencia internacionales, prestando especial atención a países con los que España tiene un elevado índice de transacciones vinculadas.
En las últimas décadas el incremento de transacciones internacionales entre empresas vinculadas han propulsado la necesidad de encontrar nuevas metodologías para regular la valoración de las transacciones internacionales, es decir los precios de transferencia.
A través de éste estudio se analiza las Directrices sobre PT de la OCDE, las cuales son ampliamente utilizadas y su implementación en la normativa interna de los países tratados. Así como un estudio de Derecho comparado de España, Argentina, China y Reino Unido.
Así mismo, en su último capítulo el trabajo se centra en exponer soluciones a aquellos aspectos principalmente creados por los vacíos legales que dejan las Directrices de la OCDE, así como la poca homogeneidad entre la normativa de los Estados. / In the thesis of " Incidencias de los Precios de Transferencia en el comercio internacional (las transacciones multilaterales entre España, China y los Países Latinoamericanos)," is a comprehensive study of international transfer pricing, paying special attention to countries with which Spain has a high rate of transactions between associated enterprises.
In recent decades the growth of international transactions between associated enterprises have fuelled the necessity to develop new methodologies for the regulation international transactions, in others words transfer pricing.
Through this study the OECD Transfer pricing guidelines are analyzed, which are widely used, as well as its implementation in national legislation of the countries covered. Also, it has been made a study of comparative law in Spain, Argentina, China and the United Kingdom.
Likewise, in the last chapter, this work is focused on solutions to those issues primarily created legal vacuum left by the OECD Guidelines and the little consistency between the legislation of the States.
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El crédito por intereses en el concursoMartínez-Moya Fernández, María 15 July 2014 (has links)
En el contexto de la Ley 22/2003, de 9 de Julio, Concursal la obligación del deudor de pagar intereses a sus acreedores –el crédito por intereses- es objeto de dos normas específicas: la del artículo 59 LC que, como efecto subsiguiente a la declaración de concurso, establece, con carácter general, la suspensión del devengo de los intereses «legales o convencionales», y la del artículo 92.3º LC que, en sede de graduación de créditos, incluye en el tercer nivel del elenco de créditos subordinados a los «intereses de cualquier clase, incluidos los moratorios». En la interpretación necesariamente coordinada de ambos preceptos se viene acudiendo mayoritariamente a una lectura que, atendiendo a un prisma exclusivamente temporal, considera que como los intereses de todo tipo se someten, en general, al efecto de la suspensión, los intereses que sufren la degradación a crédito subordinado son los intereses, también de cualquier clase, devengados con anterioridad a la declaración de concurso. Sin embargo, sobre la hipótesis de los distintos conceptos, naturalezas y regímenes jurídicos de los intereses retributivos y moratorios y los principios basales del sistema concursal, en el estudio se considera la hipótesis de que el régimen correspondiente al crédito por intereses moratorios es distinto al merecido por los intereses retributivos, como que, asimismo, dentro de cada clase, se hace necesario distinguir si son intereses exigibles antes o después de la declaración de concurso. Tras sentar en la primera parte del trabajo las premisas conceptuales en torno al crédito por intereses y afrontar en la segunda, y en sucesivos capítulos, el análisis en profundidad de cada una de las dos instituciones concursales a los intereses referida –suspensión de su devengo y subordinación del crédito que en ellos consista- se procede a concluir la procedencia de considerar, en una interpretación histórica, sistémica, sistemática, finalista y en concordancia constitucional de las normas, y al margen de los especiales supuestos de los intereses de los créditos salariales y los amparados por una garantía real, un régimen concursal general que arroga a los intereses moratorios devengados con anterioridad a la declaración de concurso la condición de crédito subordinado (art. 92.3º LC) y a los que de esta clase se hubieran de devengar con posterioridad, y sin perjuicio de su eventual posterior reactivación, el efecto de la suspensión de su devengo (art. 59 LC). En cuanto a los intereses retributivos, los exigibles con anterioridad a la declaración de concurso han de compartir, salvo excepciones, el rango de su principal y los que, nacidos de contratos que permanezcan en vigor, resulten exigibles tras la declaración de concurso, han de ser considerados créditos contra la masa (arts. 61 y 62 en relación con el artículo 84.2.4º LC). / The Spanish “Insolvency Act” (Ley 22/2003, 9th July, Insolvency) regulates the insolvent debtor´s obligation to pay interest to creditors –interest credits- in two different articles: article 59 that states that, when the debtor is declared insolvent by the Court, the accrual of statutory and conventional interest is suspended; and article 92.3 states, when graduate credits, that debts owed to interest payments (including remunerative or compensation and arrears or default interests),will be considered as third level subordinated claims . The prevailing interpretation of both articles leads to the conclusion that suspension extends to any type of debt interest and that, also, both types of interest (remunerative and arrears interest) will be subordinate claims if they were incurred prior to the declaration of insolvency. However, considering the difference between the two types of debt interest (difference of concepts, nature and legal status) and the fundamental Principles of Insolvency Law, this study develops the hypothesis that the legal regime applicable to remunerative interest and default interest is different; it also explores the difference between the interest accrued before or after the declaration of insolvency. After a thorough study of the aforementioned bankruptcy institutions, the study concluded that the default interest accrued prior to the insolvency declaration will be subordinated claims (article 92.3), and that this class of credits accrued after the bankruptcy declaration are suspended (article 59), without prejudice to any subsequent reactivation. This interpretation leaves out the specialities of wage claims and secured loans. But, the legal regime applicable to claims for compensation or remunerative credits for interest must be different: those applicable prior to the insolvency declaration should follow the legal regime applicable to the main credit, with some exceptions; and those arising from contracts which remain in force after the declaration of bankruptcy must be considered claims against the estate (articles 61 and 62 in conjunction with article 84.2.4º).
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The development of the bill of lading : its future in the maritime industryPeel, Samantha January 2002 (has links)
This Thesis will consider the development of the traditional bill of lading from its origins, which appear to be much older than previously considered, up to the present day. The development of the bill of lading will be examined in order to answer basic questions: what is a traditional bill of lading, and what functions does it perform. In Part I of the Thesis the development of the three main functions of the traditional bill will be considered, namely receipt, contract, document of title. It will conclude with observations on the nature of the traditional bill of lading and how it differs from the early form of the bill of lading. Part II of the Thesis will then consider the development and nature of related shipping documents (charterparty bills, received for shipment bills, non-transferable bills), how far these documents perform the functions of the traditional bill of lading, and whether they can be truly described as bills of lading. Part II will then go on to consider the development and nature of electronic bills of lading and assess how well such bills perform the functions of the traditional bill of lading. The Thesis will conclude that although most of the functions of the traditional bill are in effect performed by electronic bills, electronic bills are in fact a new type of bill of lading and not merely a traditional bill in an electronic format. Conclusions will then be drawn as to what effect the development of new types of bill of lading will have on the future of the traditional bill of lading in the maritime industry.
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La suficiencia financiera de las Haciendas MunicipalesAnglès Juanpere, Benjamí 20 December 2013 (has links)
L'objectiu d'aquesta tesis és esbrinar si el vigent sistema de finançament local garanteix la suficiència financera de les Hisendes Municipals.
Per tant, s'analitza si l'actual configuració dels ingressos municipals és l'adequada per tal que els Ajuntaments puguin realitzar les seves funcions i prestar els seus serveis en una situació de suficiència financera. En d'altres paraules, els recursos financers actuals permeten als Ajuntaments cobrir la totalitat de les seves despeses?
Per aquest motiu, en primer lloc es realitza una aproximació històrica a la suficiència financera dels Ajuntaments durant el període constitucionalista i, en segon lloc, s'analitzen els principals recursos econòmics de les Hisendes Municipals avui: els tributs propis, la participació en els ingressos de l'Estat i les participacions en els ingressos de les Comunitats Autònomes.
El producte de la recerca és un conjunt de propostes de reforma i millora del sistema de finançament local, orientades a la consecució de la suficiència financera de les Hisendes Municipals. / El objetivo de esta tesis es averiguar si el vigente sistema de financiación local garantiza la suficiencia financiera de las Haciendas Municipales.
Por consiguiente, se analiza si la actual configuración de los ingresos municipales es la adecuada para que los Ayuntamientos puedan realizar sus funciones y prestar sus servicios en una situación de suficiencia financiera. En otras palabras, ¿los recursos financieros actuales permiten a los Ayuntamientos cubrir la totalidad de sus gastos?
En este sentido, en primer lugar se realiza una aproximación histórica a la suficiencia financiera de los Ayuntamientos durante el período constitucionalista y, en segundo lugar, se analizan los principales recursos económicos de las Haciendas Municipales hoy: los tributos propios, la participación en los ingresos del Estado y las participaciones en los ingresos de las Comunidades Autónomas.
El producto de la investigación es un conjunto de propuestas de reforma y mejora del sistema de financiación local, orientadas a la consecución de la suficiencia financiera de las Haciendas Municipales. / The primary goal of this thesis is to help determine if current system of local funding allows for the delivery of adequate financial resources to municipalities.
This thesis provides an analysis of current configuration of municipal incomes, and the adequacy of current income level to allow councils for the provision of their necessary services. In other words, does current level of financial resources allow councils to cover all their expenses?
The thesis initially undertakes a historical study of municipal funding during the constitutional period, and then analyzes the current financial resources of councils including local taxation, state income, and income from the Autonomous Communities.
Finally, this thesis offers a set of proposals for the reform and improving of local financial system aimed at achieving the adequate financial capacity of the municipal treasury.
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