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Hurto frustrado. Una propuesta de interpretación del artículo 494 bis del Código PenalOlave Albertini, Alejandra January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo propone una interpretación del artículo 494 bis del Código
Penal a través del análisis de la tentativa (en sentido amplio) del delito de hurto,
en particular, el hurto frustrado. Para esto, la primera parte se centra en el
estudio del concepto de tentativa y la distinción que se ha planteado entre
“tentativa idónea” y “tentativa inidónea”. El rechazo a esta distinción, permite
examinar en qué consistiría un hurto frustrado, examen que se lleva a cabo en
la segunda parte del trabajo, a través del estudio de la descripción contenida en
el tipo de hurto y la pregunta de si se corresponde con un delito de actividad o
de resultado. La respuesta a esta pregunta requerirá un análisis enfocado en
cómo se ha entendido la distinción, lo que llevará a una crítica de la
comprensión de la categoría de delitos de resultado como referida
exclusivamente a delitos de resultado causalmente complejo. La defensa de
que el hurto se corresponde con un tipo de delito de resultado constitutivamente
complejo permitirá aclarar qué casos corresponden a un hurto frustrado
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La responsabilidad del proveedor de servicio de estacionamiento por robos o hurtos dentro del mismoLea-Plaza Micheli, Benito Andrés January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo consta de dos partes. En la primera se analiza
brevemente el contrato de estacionamiento masivo, sus características,
elementos y obligaciones que genera tanto para el usuario como para el
prestador del servicio.
En la segunda parte nos enfocaremos en la responsabilidad del cuidador
cuando dentro de su establecimiento ocurra un robo o hurto en contra de los
vehículos que guarda. En particular, nos interesa determinar la situación en que
quedan aquellos bienes que sin ser parte integral del vehículo (como ruedas de
repuesto o radios) ni ser habituales de hallar dentro de uno (como un botiquín o
herramientas), son sustraídos.
Por último, concluiremos este trabajo haciendo un somero análisis de
todos los proyectos legales sobre la materia que actualmente se tramitan en el
Congreso, para terminar dando ciertas pautas para la redacción de una posible
Ley General de Estacionamientos
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Consideraciones sobre el estado actual de la agravante especial de pluralidad de malhechores del Artículo 456 bis No.3 del Código Penal chileno en los delitos de robo y hurtoMella Pérez, Rodrigo Antonio January 2014 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho penal ) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / La presente investigación pretende analizar con precisión el estado
dogmático y jurisprudencial actual de la circunstancia agravante de pluralidad de
malhechores en los delitos de robo y hurto contenida en el artículo 456 bis N°3 del
Código Penal chileno, comenzando con el estudio de tres asuntos que históricamente
han motivado la atención de los autores, los que consisten en la determinación del
origen histórico de la norma, su fundamento racional y el sentido de la expresión
“malhechores”, dejando en evidencia, en cada caso, las ventajas y desventajas de las
hipótesis existentes, y proponiendo, en lo posible, nuevas alternativas de solución.
Luego, nos concentraremos en escudriñar cinco problemas contemporáneos derivados
de la interrelación de la norma con diversas instituciones propias del derecho penal y
del derecho procesal penal, tales como la participación criminal, el iter criminis, la
coerción como medio comisivo del robo, la adolescencia como característica de los
sujetos de la incriminación, y la pluralidad de enjuiciamientos respecto de un solo
hecho
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°1149, Demanda contra el BANCOSUR por denuncia calumniosaDe la Jara Plaza, Martín Santiago 18 March 2022 (has links)
El presente informe tiene como punto de partida el caso de un banco (Banco Sur del
Perú) que denuncia, a través de su representante, a sus extrabajadores por los delitos
de hurto, estafa, apropiación ilícita y peculado; todo ello por haber participado en dos
operaciones irregulares que terminaron con la sustracción de más de un millón de
soles de la bóveda bancaria.
Luego de cinco años de proceso penal, la Quinta Sala Penal de la Corte Superior de
Lima absolvió a los imputados de todos los delitos denunciados. Su decisión estuvo
fundamentada en la supuesta inexistencia de elementos probatorios objetivos
suficientes para establecer la comisión de los delitos.
Al año siguiente de culminado el proceso penal, uno de los imputados absueltos, el
señor Miguel Óscar Saavedra Díaz, quien se desempeñaba como Jefe de Bóveda del
banco, decidió demandar a su antiguo centro de labores invocando la figura de
indemnización por denuncia calumniosa, contemplada en el artículo 1982° del Código
Civil, y exigió una indemnización civil de $ 3’000,000.00 (tres millones de dólares),
alegando que lo denunciaron de manera maliciosa, a sabiendas de la falsedad de sus
imputaciones, ocasionándole daños y perjuicios a él y a su familia.
La Tercera Sala Civil de Lima, en la sentencia de diciembre del año 2001, decidió
declarar fundada la demanda fijando una reparación civil de $ 35,000.00 (treinta y
cinco mil dólares) a favor del señor Saavedra Díaz.
El presente informe tiene como objetivo realizar un análisis de los equívocos y aciertos
que realizan las salas penales al momento de absolver a los imputados,
particularmente al señor Miguel Óscar Saavedra Díaz y a su jefe directo, el señor
Leonidas Yabar Bedregal. Además, se estudiarán los equívocos de la Tercera Sala Civil
de Lima, al pronunciarse a favor del señor Saavedra Díaz y otorgarle un monto
indemnizatorio.
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