• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 2624
  • 18
  • 18
  • 2
  • Tagged with
  • 2665
  • 2242
  • 1866
  • 1864
  • 1864
  • 1864
  • 1864
  • 1623
  • 1549
  • 1411
  • 441
  • 318
  • 317
  • 280
  • 259
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
451

La declaratoria de fábrica: acto de disposición o acto de administración. Referencia al Primer Precedente de Observancia Obligatoria aprobado por el Pleno 220

Helfer Alvarado, Maria del Rosario 06 May 2021 (has links)
El presente trabajo tiene por finalidad analizar la naturaleza que adquiere la declaratoria de fábrica cuando se presenta el supuesto del artículo 310 del Código Civil, y es de aplicación el artículo 79 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. En concreto, al supuesto fáctico referido a construcciones realizadas con recursos de la sociedad de ganaciales sobre terreno propio de uno de los cónyuges. Para ello, se analiza las normas pertinentes, la doctrina y jurisprudencia sobre la institución de la declaratoria de fábrica, así como también sobre los actos de disposición y administración en la sociedad conyugal. El asunto materia de investigación es de especial relevancia toda vez que, el Tribunal Registral ha convertido en precedente vinculante la Resolución No. 3280- 2019-SUNARP. A través de dicho pronunciamiento, el Tribunal sostiene que declarar la fábrica de un predio es un “acto de administración” de la sociedad de gananciales. Lo declarado por el Tribunal Registral tiene efectos prácticos relevantes que son mencionados y explicados en el presente trabajo. Mediante la presente investigación, luego de revisar las normas pertinentes, la doctrina y jurisprudencia, además de establecer la naturaleza de la declaratoria de fábrica, se concluye que desde nuestro punto de vista es erróneo lo declarado en el precedente vinculante dictado.
452

La corrupción al interior de entes privados como delito de persecución privada : ¿un incentivo para fomentar la impunidad?

Girao Berrocal, Rafael Eduardo 11 May 2021 (has links)
Con la promulgación del Decreto Legislativo N° 1385 se incorporó a nuestro Código Penal la corrupción privada, fenómeno que, hasta hace unos años, no era previsible su sanción en nuestra legislación por estar enfocada solamente a la corrupción dentro de la administración pública. A razón de ello, por ser un tipo penal merecedor de estudio, del análisis realizado al art. 241°-B.- Corrupción al interior de entes privados, se pudo apreciar que dicho ilícito procederá mediante ejercicio privado de la acción penal, lo cual, consideramos, resulta equivocado. En base a lo referido, en el presente trabajo se busca sustentar que el legislador no tuvo presente la existencia de determinados elementos que, por el contrario, debieron permitir que este delito sea considerado de persecución pública, no permitiendo con esto que sean los privados quienes decidan cuándo denunciar, dando cabida a espacios de impunidad que, en vez de ser sancionados por la justicia penal, pasarán desapercibidos intencionalmente por distintos intereses, sea de carácter económico o por salvaguardar el prestigio de la empresa. Así, se sostiene que esta regulación se contrapone al principio de proscripción de la corrupción -comprendido en la Constitución Política- así como también, desconoce acuerdos internacionales en los que el Perú se encuentra adscrito. De igual manera, otra circunstancia a exponer viene a ser que el delito de corrupción al interior de entes privados no solamente protegería la competencia leal y el patrimonio de la empresa, sino también a otros bienes jurídicos supraindividuales como son el correcto desarrollo del libre mercado y el derecho de los consumidores. Por tanto, sostenemos que la lucha contra la corrupción no puede abdicar bajo ningún punto de vista, incluso en el ámbito privado, correspondiendo al Estado emprender una política criminal más férrea en su reproche, no importando de donde provenga
453

Los aportes reglamentarios en el marco del proceso de regularización de una habilitación urbana ejecutada

Becerra Mejía, Janibeth Amelia 10 April 2019 (has links)
El análisis legal en relación al procedimiento administrativo de la habilitación urbana recobra una mayor importancia a raíz del desarrollo inmobiliario en el país. En lo referido al tema de la habilitación urbana, uno de los principales problemas es el incumplimiento de los procedimientos administrativos regulares que impone la ley, lo que trae como consecuencia la existencia de áreas que actualmente son utilizadas para fines urbanos, a pesar de que dichas áreas son calificadas como áreas de uso rural. El objetivo principal de este trabajo es conocer qué es lo que regula la normativa peruana sobre el tema de las habilitaciones urbanas ejecutadas, para así poder demostrar que algunas figuras legales como la “Redención” (entendida como la alternativa que sustituye a la obligación de realizar “Aportes Reglamentarios”) impacta en nuestra realidad urbanística, específicamente en la reducción de los espacios públicos. La conclusión general del presente trabajo es que ordenamiento jurídico peruano en su vertiente urbanística es bastante permisible cuando se trata hacer respetar los espacios públicos y/o áreas de uso público que se requieren para atender las necesidades de una urbe, debido a que se deja en manos de los particulares la decisión de si realizar o no los aportes reglamentarios.
454

Análisis constitucional de la prescripción de cobro de deudas tributarias: ¿Debe mantenerse esta institución en un Estado Constitucional de Derecho?

Guerrero Mariño, Pamela Gabriela 04 July 2022 (has links)
Esta investigación se plantea como objetivo general analizar si la figura de la prescripción de cobro de deudas tributarias encuentra un fundamento constitucional suficiente para mantenerse dentro de un Estado Constitucional de Derecho. El método empleado para la consecución de tal objetivo es el documental o bibliográfico. Mediante dicho método se busca adquirir una completa perspectiva respecto a la figura objeto de estudio, someterla a evaluación y, finalmente, generar una propuesta alternativa suficientemente fundamentada. En la investigación, se llega a la conclusión de que la prescripción de cobro de deudas tributarias afecta a los principios constitucionales de deber de contribuir, capacidad contributiva e igualdad. Dicha afectación es mayor que la satisfacción que ofrece respecto al principio que justifica su existencia: el principio de seguridad jurídica. Así, la prescripción de cobro de deudas tributarias constituye una medida desproporcional, puesto que, de no existir dicha figura, el impacto resulta menor al que se genera con su existencia. En consecuencia, se concluye que se trata de una figura que debe ser expulsada del ordenamiento. Se propone que debe empezar a regir una regla de imprescriptibilidad de cobro de deudas tributarias, la cual tendría que materializarse en una variación normativa del Código Tributario. Se realiza esta propuesta en una búsqueda por el respeto de los principales postulados del Estado Constitucional de Derecho.
455

Análisis del quantum indemnizatorio en demandas sobre daños derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional en actividades de riesgo. Propuesta de tabulación para la afectación del daño a la persona

Acuña Arréstegui, María Elena 02 November 2023 (has links)
El presente trabajo tiene por objetivo general brindar una propuesta de cuantificación del daño a la persona, que permita a los jueces justificar el monto de la indemnización otorgada. El método empleado es un estudio de caso, por el cual hemos realizado un análisis del total de sentencias judiciales emitidas en los procesos iniciados contra una empresa del sector industrial en un período de cinco años, lo que nos ha permitido determinar la diversidad de criterios y formas de cuantificación del daño, haciendo evidente que ante la falta de mecanismos y criterios generalizados de cuantificación, se viene afectando la debida motivación de las resoluciones judiciales, el derecho al debido proceso, la seguridad jurídica y la predictibilidad de las resoluciones judiciales. Como primera conclusión del presente trabajo, se ha podido observar que para el ordenamiento jurídico peruano es necesaria la implementación de un baremo, es decir, una tabla de cálculo que comprenda entre sus criterios: la edad, el grado de afectación diferenciado por órgano, y la funcionalidad afectada de la persona, a través de la cual se podrán asignar valores uniformes a dichos criterios objetivos, y como consecuencia de su uso se podrán otorgar a través de las sentencias indemnizaciones por daño a la persona similares, ante casos similares. Como segunda conclusión, se ha determinado que la implementación de un baremo no se debe agotar en su uso irrestricto, sino que también debe comprender un procedimiento para supuestos de excepción, que les permita a los magistrados apartarse de la cuantificación tasada. Para que el apartamiento no sea arbitrario, consideramos necesario establecer como límite el incremento o disminución del 25%; y que adicionalmente, el apartamiento de la cuantificación establecida por el Baremo en un porcentaje superior al 25% sea considerado causal de Casación. / This investigation has the general purpose of providing a proposal for the quantification of personal injury, that allows judges to justify the amount of compensation awarded. The method employed is a case study for which we have conducted an analysis of the total of judicial sentences issued in the processes initiated against a company of the industrial sector in a period of five years. This has allowed us to determine the diversity of criteria and forms of quantification of the damage, evidencing that the lack of mechanisms and criteria generalized for the quantification affects the due motivation of judicial resolutions, the right to due process, the legal security and the predictability of judicial resolutions. As a first conclusion, we can indicate that, for our legal system, the implementation of a scale is necessary, that is, a calculation chart that includes among its criteria: age, degree of affectation differentiated by organ, and the affected functionality of the person. This will allow to grant uniform values to the objective criteria applicable, and that the sentences can grant a similar compensation for similar cases. As a second conclusion, we can affirm that the implementation of a scale will require an additional procedure for exceptional cases, that allows judges to diverge from the assessed quantification. For the deviation to not be arbitrary, we consider it necessary to establish as a limit the increase or decrease of 25%, and that, additionally, the deviation from the assessed quantification by the scale is considered a cause for cassation.
456

Problemas en el ejercicio del derecho a la identidad étnica y cultural en ámbitos laborales occidentales : el caso de cuatro trabajadores miembros de comunidades indígenas amazónicas egresados de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Rodríguez Guillen, Carolina Beatriz 26 November 2019 (has links)
La presente investigación estudia los problemas que enfrentan los miembros de comunidades indígenas amazónicas respecto del ejercicio de su derecho a la identidad étnica y cultural en ámbitos laborales fuera de su comunidad. La hipótesis de esta investigación plantea que los referidos problemas se encuentran relacionados a la discriminación tanto directa como indirecta hacia los colectivos indígenas. En otras palabras, la hipótesis principal apunta a que los miembros de comunidades indígenas amazónicas no se les permite ejercer manifestaciones de tipo étnicas y/o culturales indígenas dentro de ámbitos laborales conformados predominantemente por personas no indígenas. De aquí que, las hipótesis secundarias respondan al porqué y el cómo se restringe el derecho a la identidad étnica y cultural de los miembros de comunidades indígenas en el empleo. Así, esta investigación plantea que la identidad étnica y cultural indígena se encuentra en el peldaño más bajo dentro de la jerarquía social, lo que refuerza la existencia de prácticas discriminatorias, las mismas que de ser evidentes son justificadas por la mayoría y que de no serlo no exigen justificación ni motivan reflexión alguna. La metodología que utiliza esta investigación es la cualitativa y el método de investigación son las entrevistas semiestructuradas realizadas a cuatro miembros de comunidades indígenas amazónicas Awajún y Asháninka egresados de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos durante los años 2006 y 2011. La conclusión principal a la que esta investigación ha podido arribar es que la totalidad de los miembros de comunidades indígenas entrevistados han visto limitado su derecho a la identidad étnica y cultural, y que, ello no ha ocurrido -desde su percepción- con los demás trabajadores afectando además el derecho a la igualdad y no discriminación por motivo racial. Es a partir de esta conclusión que este tipo de investigación se hace necesaria a fin de repensar el estatus-quo sobre el que el Derecho se encuentra construido y así convertirlo en una herramienta para erradicar prácticas discriminatorias en un ámbito de la sociedad donde los ciudadanos pasan la mayor parte de sus vidas: el empleo. Finalmente, cabe indicar que los resultados de la presente investigación son la base para futuras investigaciones donde el objetivo es expandir la muestra para confirmar los resultados a mayor escala y explorar los potenciales problemas que puedan enfrentar estos colectivos.
457

El impacto registral de una norma anacrónica en el Perú: Análisis de la Resolución N°2231-2016-SUNARP-L en el marco del Decreto Ley 21621

Benavides Salazar, Lorena Lucía 04 August 2022 (has links)
El derecho, como ciencia dinámica, debe ajustarse a la realidad de la sociedad que regula; sin embargo, este es un escenario utópico en el Perú cuyo caótico sistema legal complica la realización de un seguimiento constante de las normas. Esta situación genera que la dinámica social se rija por reglas desfasadas que ya no aportan los beneficios de otra época. Este es el caso del Decreto Ley 21621, Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que teniendo más de 40 años de existencia ya no consigue adaptarse a la realidad socioeconómica siendo restrictiva con la actividad del empresario y limitando su crecimiento económico. A lo largo de este trabajo se pretende abordar el impacto de esta norma en el sistema registral peruano analizando la problemática de la Resolución N°2231-2016- SUNARP-L en torno a la flexibilización del criterio interpretativo del Tribunal Registral. En este sentido, se comenzará presentando los principales hechos y problemas identificados para después realizar un análisis que permita evaluar la naturaleza de la EIRL en contraposición a la Sociedad Unipersonal con la intención de confirmar la actual ineficacia del Decreto Ley 21621, la innegable extensión de la figura por parte del Tribunal Registral y la necesidad de una modificación o sustitución de este instrumento legal. / Law, as a dynamic science, must adjust to the reality of the society it regulates; however, this is a utopian scenario in Peru whose chaotic legal system complicates constant monitoring of regulations. This situation causes social dynamics to be governed by outdated rules that no longer provide the benefits of another era. This is the case of Decree Law 21621, Law of the Individual Limited Liability Company, which, having been in existence for more than 40 years, no longer manages to adapt to the socioeconomic reality, being restrictive with the activity of the entrepreneur and limiting its economic growth. Throughout this work, it is intended to address the impact of this rule on the Peruvian registry system by analyzing the problem of Resolution No. 2231-2016-SUNARP-L regarding the relaxation of the interpretative criterion of the Registry Court. In this sense, it will begin by presenting the main facts and problems identified and then carry out an analysis that allows evaluating the nature of the EIRL as opposed to the One Man Company with the intention of confirming the current ineffectiveness of Decree Law 21621, the undeniable extension of the appears by the Registry Court and the need for a modification or substitution of this legal instrument.
458

Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° e-2176, solicitud de sustitución minera presentada por Newmont Peru S.R.L. respecto del derecho minero Tacna 101, identificado con código único N° 010521606

Chávez Cano, Rómulo José 01 January 2022 (has links)
El Expediente N° E-2176 discute la procedencia de la solicitud de sustitución presentada por NEWMONT PERU S.R.L. respecto de la titularidad de la concesión minera TACNA 101, la cual fue otorgada a favor de BACK ARC MINERALS S.A.C. Al respecto, NEWMONT PERU S.R.L. fundamenta su solicitud argumentando que Ever Jesús Marquez Amado, quien era accionista mayoritario de BACK ARC MINERALS S.A.C. y con quien tenía una relación laboral, usó indebidamente información confidencial para adquirir TACNA 101 a través de BACK ARC MINERALS S.A.C., puesto que la autonomía subjetiva y patrimonial de esta última evitaría la aplicación del artículo 65 de la Ley General de Minería, posteriormente unificado en el artículo 36 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. Considerando ello, en el presente informe se analiza principalmente: (i) la posibilidad de interpretar extensivamente la disposición legal antes mencionada con el propósito de entender a BACK ARC MINERALS S.A.C. como un sujeto inhabilitado para adquirir determinados derechos mineros; (ii) la viabilidad de integrar por analogía la situación jurídica de BACK ARC MINERALS S.A.C. para entenderla como un nuevo supuesto de hecho de la norma mencionada previamente; (iii) la aplicación de la doctrina del levantamiento del velo societario para evitar una presunta desprotección jurídica; y (iv) la utilidad de la redacción del artículo 36 del TUO de la Ley General de Minería en relación al cumplimiento de la finalidad del derecho de sustitución. Sin perjuicio de concluir que a NEWMONT PERU S.R.L. no le corresponde sustituirse en la titularidad de TACNA 101, es importante realizar el ejercicio analítico que este caso permite para evidenciar que la evaluación y resolución de un caso exige que los operadores jurídicos utilicen, además de la normativa tipificada, otras herramientas legales de nuestro ordenamiento para poder emitir una opinión con arreglo a derecho.
459

Regulación de la competencia de la Entidad Generadora de Catastro para la visación de planos en los procesos de saneamiento de predios rústicos en área de expansión urbana y su procedencia en el Registro de Predios

Melitón Magallanes, Luz Carmela 21 May 2020 (has links)
La falta de una norma sustantiva vigente que establezca de manera clara quién es el Ente Generador de Catastro competente para llevar a cabo el procedimiento de visación de planos de predios rústicos que se encuentran ubicados en un área de expansión urbana, ha generado la obstaculización de los procedimientos de saneamientos en estos y su posterior inscripción en los Registros Públicos. Por tanto, partimos de la crítica de que, ante la existencia de diversos tipos de procedimientos de saneamiento, que requiere la aprobación y verificación de la documentación técnica por parte de una Autoridad Administrativa, la falta de homogenización en la normativa vigente, generan vacíos en la regulación interna de los procedimientos administrativos que pueden llevar a cabo dichas entidades. Asimismo, se evalúa si la denegatoria por parte de las Municipalidades de la visación de planos para efectuar los procedimientos de saneamiento en predios que cuentan con dicha naturaleza, podría constituir una barrera burocrática. Finalmente, se trae a colación la calificación registral de los actos administrativos, evaluándose los límites de la Calificación Registral en los documentos visados por la Municipalidad respecto a predios rústicos ubicados en área de expansión urbana, toda vez que en muchas oportunidades tanto estos son cuestionados por el Registrador bajo la premisa de que la Municipalidad no es el Ente Generador de Catastro Competente para predios que cuentan con dicha naturaleza, lo cual no se condice con lo establecido en el Pleno XCII del Tribunal Registral. En ese sentido, el presente trabajo de investigación tiene como objetivo principal evidenciar que resulta imperante realizar una homogenización y regulación del procedimiento de visación de planos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de las Municipalidades Provinciales y/o Distritales, así como, en la Ley N° 29090 y en su Reglamento aprobado en el Decreto Supremo Nº 029- 2019-VIVIENDA.
460

La falta de fundamento normativo en el precedente de observancia obligatoria correspondiente a las facultades del Directorio

Tong San Guzmán, Romina Silvana 25 May 2020 (has links)
Los precedentes de observancia obligatoria establecen criterios de calificación sobre respetivos actos inscribibles, y de acuerdo a estos estos criterios se convierten en líneas de ejecución sobre aquellas solicitudes que llegan al Registro. Los precedentes deben construirse bajo las estrictas bases normativas del ordenamiento, por lo que la calificación registral debe ir acorde a la regulación nacional. Si un precedente se constituye sin respetar los preceptos legales, generaría innumerables inscripciones de actos que no se encuentren dentro de los parámetros de legalidad. De acuerdo a la interpretación del Tribunal Registral, la Resolución N° 021-2002-ORLC-TR, la cual sustenta el precedente de observancia obligatoria correspondiente a las facultades de disposición del Directorio, llega a la conclusión de que este órgano, incluso posee facultades para actos de disposición. Esta interpretación se realiza en virtud a la correlación de artículos de la Ley General de Sociedades, sin embargo, de acuerdo a las características y facultades inherentes al Directorio, el precedente señalado no posee un sólido fundamento normativo que respalde la decisión del Tribunal Registral. Con la finalidad de entender el precedente mencionado, realizando un análisis estricto de la naturaleza de la figuras jurídicas, el presente artículo desarrolla las características y facultades del Directorio, las particularidades de la Resolución que sustenta el precedente de observancia obligatoria, los efectos jurídicos a partir de la emisión del precedente, para establecer; así, la falta de fundamento normativo en el ya mencionado octavo precedente de observancia obligatoria correspondiente a las facultades del Directorio.

Page generated in 0.0338 seconds