Spelling suggestions: "subject:"protección eel consumidor"" "subject:"protección eel consumidora""
131 |
Análisis de la determinación del deber de idoneidad de un producto en virtud de la Resolución No. 2221-2012/SC2-INDECOPIChong Dávila, Angela Rafaela 08 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico obedece a la necesidad de identificar el correcto análisis del
deber de idoneidad de un producto. El objetivo principal de esta investigación es
analizar si la interpretación realizada por la Sala de Defensa de la Competencia No 2 en
la Resolución No. 2221-2012/SC2-INDECOPI de fecha 19 de julio de 2012, respecto el
deber de idoneidad, regulado en el actual Código de Protección y Defensa del
Consumidor, es correcta. Asimismo, mediante el presente informe jurídico se busca
identificar el rol que tienen las garantías en el análisis del deber de idoneidad antes
mencionado y si los remedios jurídicos regulados en materia de derecho de protección
al consumidor deben ser residuales. En ese sentido, para alcanzar los objetivos
propuestos en este informe se ha realizado una revisión y un análisis teórico de distintas
fuentes de información. En línea con ello, el presente informe señala que el deber de
idoneidad debe realizarse tomando en cuenta la debida ejecución de la garantía del
producto por parte del proveedor y se abordan las razones por las cuales los remedios
jurídicos no son y no deben ser residuales. Finalmente, se concluye que la Sala de
Defensa de la Competencia No 2 realizó una correcta interpretación de la configuración
del deber de idoneidad en la Resolución No. 2221-2012/SC2-INDECOPI. / The main objective of this study is to analyze whether the interpretation made by the
Antitrust Chamber No. 2 in Resolution No. 2221-2012/SC2-INDECOPI dated July 19,
2012, regarding the duty of suitability, regulated in the current Consumer Code, is
correct. Likewise, this research seeks to identify the role that guarantees have in the
duty of suitability analysis and whether the legal remedies regulated in consumer
protection law should be residual. In that sense, to achieve the objectives proposed in
this study, a review and theoretical analysis of different sources of information has been
made. The research points out that the duty of suitability must be performed considering
the due supplier performance of the product warranty and addresses the reasons why
legal remedies are not and should not be residual. Finally, it is concluded that the
Antitrust Chamber No. 2 made a correct interpretation of the configuration of the
suitability duty in Resolution No. 2221-2012/SC2-INDECOPI.
|
132 |
Informe Jurídico respecto a la Resolución N° 435-2016/SPCINDECOPITello Arias, Angie Stefany 03 August 2022 (has links)
En el mercado, existen proveedores que ofrecen distintos servicios como productos, quienes
tienen la obligación de otorgarle a los consumidores toda la información que sea considerada
como relevante del producto ofertado, ello con la finalidad de que dicho consumidor, en base
a sus propios intereses, realice una acertada decisión de consumo. Ahora bien, en relación a las
agencias de viajes surge una controversia sobre el alcance de este deber de información con
respecto a qué debería considerarse como información relevante. Como evidencia de lo
mencionado, en la Resolución N° 435-2016/SPC-INDECOPI se llegó a la conclusión de que
no era obligación de Viajes Falabella S.A.C., quien actuó como una agencia de viajes minorista,
remitirle al consumidor de forma oportuna a cuánto ascendía el costo total de las penalidades
causadas por reprogramar los boletos aéreos y el tour contratado. En tal sentido, el presente
informe jurídico tiene como finalidad demostrar que en base a la normativa sectorial, tanto
nacional como supranacional, que existe en nuestro ordenamiento jurídico sobre el servicio de
transporte aéreo, las penalidades por reprogramación sí constituyen información relevante que
debió ser remitida de manera oportuna al consumidor, pues dicha información influye en la
creación de la relación de consumo. / In the market, there are suppliers that offer different services such as products, who have the
obligation to provide consumers with all the information that is considered relevant to the
product offered, in order for that consumer, based on their own interests, make an informed
consumer decision. However, in the case of travel agencies, a controversy arises about the
scope of this information duty with respect to what should be considered as relevant
information. As evidence of this, Resolution N° 435-2016/SPC-INDECOPI concluded that it
was not the obligation of Viajes Falabella S.A.C., which acted as a retail travel agency, to
remit to the consumer in a timely manner how much was the total cost of the penalties caused
by rescheduling the air tickets and the contracted tour. In this sense, this legal report has the
objective of demonstrate that based on the sectoral regulations, both national and supranational,
that exist in our legal system on the air transport service, the penalties for rescheduling do
constitute relevant information that should have been sent to the consumer in a timely manner,
since that information influences the creation of the consumer relationship.
|
133 |
Informe Jurídico sobre la Resolución N° 2221-2012/SC2-INDECOPIGálvez Velapatiño, David Luis 12 August 2021 (has links)
En el presente informe, se analizan los conceptos de recurso de revisión, idoneidad y
garantías, a la luz de un caso llevado ante el INDECOPI por la presencia de desperfectos
en un producto adquirido por un consumidor. En este sentido, el autor, a raíz de un caso
en concreto llevado ante el INDECOPI, vía recurso de revisión, analiza cómo y cuál fue
el criterio usado por la autoridad para resolver este caso y que – posteriormente – fue
dejado de lado al poco tiempo. Por ello, el autor se propone, a raíz del análisis de ambos
casos, tomar una postura respecto a cuáles son las definiciones de idoneidad y garantías,
para posteriormente determinar cuándo estamos ante una infracción del deber de
idoneidad y quien debería ser el agente responsable o el que está en mejor posición de
soportar los efectos de la infracción de la idoneidad de un producto. / In this report, the concepts of appeal for review, suitability and guarantees are analyzed,
in the light of a case brought before INDECOPI due to the presence of defects in a product
purchased by a consumer. Because of this, the author, as a result of a specific case brought
before INDECOPI, via an appeal for review, analyzes how and what was the criterion
used by the authority to resolve this case and that - subsequently - was set aside shortly
weather. For this reason, the author proposes, as a result of the analysis of both cases, to
take a position regarding what are the definitions of suitability and guarantees, to later
determine when we are facing an infringement of the duty of suitability and who should
be the agent responsible or who is in the best position to bear the effects of the
infringement of the suitability of a product.
|
134 |
Informe jurídico sobre la Resolución Nº 2758-2019/SPC-INDECOPIToso Altamirano, Romina Alessandra 01 March 2023 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad realizar un análisis sobre la Resolución
Nº 2758-2019/SPC-INDECOPI, mediante la cual se establece que La Rosa Náutica S.A.
incurrió en la comisión de la infracción por trato discriminatorio, tipificado en el artículo
38.1° del Código de Protección y Defensa al Consumidor. Es así que, como se pasará
a desarrollar, la Sala Especializada de Defensa de la Competencia utiliza como
referente el cambio de criterio jurisprudencial emitido por la Resolución Nº 2025-
2019/SPC-INDECOPI a fin de determinar si a partir de los hechos expuestos por la
denunciante, se ha configurado un acto discriminatorio o un trato diferenciador ilícito
contra las mujeres consumidoras. En esa línea, no puede dejar de analizarse el
principio-derecho a la igualdad con el propósito de determinar si el acto en cuestión
quebranta el mismo, lo cual demostraría que no se ha dado un trato igualitario entre los
consumidores. Finalmente, como tercer tema jurídico del presente informe abordaremos
el rol que tienen las asociaciones de consumidores en nuestra sociedad, toda vez que,
el presente procedimiento fue iniciado a través de la denuncia interpuesta por la
Asociación de Consumidores Indignados Perú. / The purpose of this legal report is to analyze the Resolution Nº 2758-2019/SPCINDECOPI,
whereby it is established that La Rosa Náutica S.A. incurred in the
commission of the infringement for discriminatory treatment typified in article 38.1º of the
Code of Consumer Protection and Defense. Thus, as will be developed below, the
Specialized Chamber for the Defense of Competition uses as a reference the change of
jurisprudential standards issued by Resolution Nº 2025-2019/SPC-INDECOPI in order
to determine whether, based on the facts set forth by the plaintiff, a discriminatory act or
an unlawful differentiating treatment against women consumers has been configured. In
this line, the principle-right to equality cannot be left unanalyzed in order to determine
whether the act in question violates it, which would demonstrate that there has not been
equal treatment among consumers. Finally, the third legal issue to be dealt with in this
report is the role of consumer associations in our society, since the present proceeding
was initiated through a complaint filed by the Asociación de Consumidores Indignados
Perú.
|
135 |
Informe Jurídico sobre la Resolución 0264-2019/SPC-INDECOPISoto Pérez, Lucía Daniela 08 August 2022 (has links)
El presente informe tiene como objetivo analizar los problemas jurídicos de la
Resolución N° 0264-2019/SPC-INDECOPI, la cual halló responsable a Lan Perú S.A.
por la infracción del deber de idoneidad, en tanto se habría acreditado que canceló sin
justificación objetiva el vuelo 2383 en la ruta Iquitos – Lima programado para el día 5
de noviembre de 2015. Para ello, el informe jurídico evalúa la competencia de Indecopi
para pronunciarse sobre infracciones que se encuentran reguladas en la Ley de
Aeronáutica Civil. En segundo lugar, se desarrolla el contenido del deber de idoneidad y
garantías, así como las causas objetivas que configuran la fractura del nexo causal y
liberan de responsabilidad administrativa al proveedor. De esta manera, haciendo uso de
la doctrina y jurisprudencia, se analiza si Lan Perú S.A. infringió el deber de idoneidad
o si se configuró una falla técnica ajena al mantenimiento programado de la aeronave,
circunstancia imprevista que está reconocida en la Decisión 619 de la Comunidad
Andina y eximiría de responsabilidad a la administrada. Finalmente, se evalúa la
pertinencia de que la Dirección General de Aeronáutica Civil tome posición sobre
controversias de protección al consumidor relacionadas al servicio de transporte aéreo. / The objective of this paper is to analyze the legal problems of Resolution N°
0264-2019/SPC-INDECOPI, which blamed Lan Perú S.A. for the violation of the duty
of suitability, as it would have been proven that flight 2383 on Iquitos – Lima route
scheduled for 5th of November 2015 was canceled without justification. For that, the
legal report evaluates Indecopi's competence to rule on infractions that are regulated in
the Civil Aeronautics Law. Secondly, the content of the duty of suitability and the
guarantees is discussed, as well as the objective causes that structures the rupture of
the causal nexus and exempt the company from administrative responsibility. Thereby,
using the doctrine and jurisprudence, it is analyzed if Lan Perú S.A. breached the duty
of suitability or if it was a technical failure unrelated to the scheduled maintenance of
the aircraft, which is an unforeseen circumstance that is recognized in Decision 619 of
the Andean Community and would exempt the company from liability. Finally, is
discussed the relevance of the General Directorate of Civil Aeronautics taking a
position on consumer protection controversies related to the air transport service.
|
136 |
Aspectos jurídicos y técnicos aplicables a la solución de controversias por el uso fraudulento de tarjetas de crédito y débito.Quiroz Bardales, Fabián Oswaldo 20 April 2022 (has links)
En un contexto en el que la tecnología ha revolucionado el mercado de tarjetas en el Perú, el
artículo que se encuentra a continuación presenta el marco legal de protección al consumidor
de los usuarios de tarjetas crédito y débito, en conjunto con los aspectos técnicos que las
involucran en su utilización para realizar distintas operaciones
En ese sentido, se presentarán las herramientas jurídicas necesarias para resolver las
controversias por operaciones no reconocidas, y se complementarán con algunos criterios
técnicos involucrados en los procesos dentro de redes de pago. De tal modo que, al finalizar
el trabajo, el lector pueda conocer e identificar los requisitos legales que determinan la
validez de cualquier operación realizada con una tarjeta bancaria y se encuentre convencido
de que existen argumentos suficientes para concluir que los aspectos técnicos, en el marco de
la atribución de responsabilidades y la aplicación de las normas jurídicas para la resolución
controversias por operaciones no reconocidas, resultan necesarios. / In a context in which technology has revolutionized the payment card market in Peru, the
following article presents the consumer legal framework of credit and debit card users,
together with the technical aspects that they involve when they are used as means of payment.
In this sense, the necessary legal tools will be completed to resolve disputes over unrecognized
operations, and will be complemented with some technical criteria involved in the processes within
payment networks. In such a way that, at the end of the work, the reader can know and identify the legal
requirements that determine the validity of any operation carried out with a bank card and was
convinced that there are sufficient arguments to conclude that the technical aspects, within the
framework of the attribution of responsibilities and the application of the legal norms for the resolution
of controversies for unrecognized operations, resulting necessary.
|
137 |
Discriminación en el consumo por orientación sexual e identidad de géneroRios Olivera, Thally Marita del Pilar 01 April 2023 (has links)
En el año 2019 la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual (en adelante,
INDECOPI) realizó un cambio de criterio respecto al alcance de las figuras
jurídicas contenidas dentro del artículo 38° del Código de Protección y Defensa
del Consumidor. En ese sentido, si bien antes se entendía la coexistencia de dos
supuestos infractores, es decir, el trato diferenciado ilícito y la discriminación,
actualmente dicho artículo sólo engloba la materia de discriminación. No
obstante, es necesario comenzar a preguntarnos si el cambio de criterio en
materia de discriminación ha generado algún tipo de beneficio o detrimento en
comunidades que históricamente han sufrido tratos discriminatorios. En
particular, el presente trabajo se centra en la discriminación en el consumo que
sufre la comunidad LGTBI+.
De esta manera, se aborda la historia de la inclusión de la figura discriminación
en el consumo y los criterios que INDECOPI ha implementado al respecto.
Asimismo, se identifica el concepto de discriminación que utiliza el Tribunal
Constitucional y la doctrina en derechos humanos. Finalmente, analizaremos los
criterios que ha tenido INDECOPI respecto de casos de discriminación de
personas LGTBI+ así como si el cambio de criterio ha generado un refuerzo a su
protección o si, al contrario, no ha sido pertinente o no ha logrado mayor aporte
en el análisis de la discriminación a dicha comunidad. / In 2019, the Specialized Court for Consumer Protection of the National Institute
for the Defense of Free Competition and Protection of Intellectual Property
(hereinafter, INDECOPI, for its acronym in Spanish) made a change of criteria
regarding the scope of the legal figures contained within article 38 of the
Consumer Protection Code. In this sense, although previously the coexistence of
two alleged infringers was understood, that is, unlawful differential treatment and
discrimination, currently said article only encompasses the matter of
discrimination. However, it is necessary to begin to ask ourselves if the change
in criteria regarding discrimination has generated some kind of benefit or
detriment in communities that have historically suffered discriminatory treatment.
In particular, this paper focuses on discrimination in consumption suffered by the
LGTBI+ community.
In this regard, the history of the inclusion of the figure of discrimination in
consumption and the criteria that INDECOPI has implemented are addressed.
Likewise, the concept of discrimination used by the Constitutional Court and the
human rights doctrine is identified. Finally, we will analyze the criteria that
INDECOPI has had regarding cases of discrimination against LGTBI+ people, as
well as if the change in criteria has generated a reinforcement of their protection
or if, on the contrary, it has not been relevant or has not achieved a greater
contribution in the analysis of discrimination against that community.
|
138 |
“La idoneidad en bienes de producción masiva : la noción de calidad y su incidencia en el servicio técnico que escapa del sistema de garantías”Centeno Llanos, Dana Harumi January 2018 (has links)
El presente trabajo académico busca determinar la importancia de establecer una distinción
entre calidad e idoneidad en el tratamiento de productos de fabricación masiva. Para ello se
parte de la idea de que tanto nuestra normativa como en los hechos se le asigna a la
idoneidad un contenido únicamente funcional.
Esto toma relevancia cuando nuestra normativa de consumo no acoge de forma
diferenciada el término “calidad”, sumado al hecho de que los proveedores incluyen el
servicio técnico como requisito previo para la atención de reclamos basándose en la
garantía explícita. Esto genera un entorpecimiento en la solución de reclamos, en tanto se
pretende atender un desperfecto material como uno funcional, perjudicando directamente a
los consumidores.
A partir de ello, se analiza la problemática tomando en consideración estadísticas de
nuestra realidad nacional en torno a este tipo de reclamos con productos de fabricación
masiva, así como la forma en que la misma autoridad competente informa a los
consumidores sobre la idoneidad, limitándola a aspectos de funcionalidad. Asimismo, se
hizo necesaria la revisión y análisis de normativa comparada.
De esta forma, se concluye que ante la prelación de garantías en torno a la idoneidad, se
hace necesaria la definición singular de “calidad” en nuestra normativa, pues esta la
menciona muchas veces pero aún no le ha dado un contenido.
|
139 |
Discriminación en el consumo por identidad de género en los pronunciamientos de Indecopi sobre negativas de ingreso de personas transgénero a servicios higiénicosGallardo Lopez, Lourdes Melisa 30 March 2023 (has links)
El presente artículo jurídico tiene como finalidad revisar los pronunciamientos de
Indecopi en casos de discriminación en el consumo por negativa de ingreso de
las personas transgénero a los servicios higiénicos de acuerdo a como se
identifican en el marco de las relaciones de consumo o como potenciales
consumidores. Es por ello que se realiza un análisis de los criterios que han
orientado a la Comisión de Protección al Consumidor, así como a la Sala
Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, en cada caso en
concreto, los hechos, el contexto social, las pruebas y argumentos presentados
en el marco del procedimiento y como todo ello ha influenciado al momento de
evaluar, analizar y resolver las denuncias respecto a estos supuestos de
discriminación en el consumo íntimamente ligados a la identidad de género de
las personas. Esto resulta relevante porque permite evidenciar como los criterios
empleados en cada caso concreto, si se han mantenido en el tiempo o han ido
cambiando, si ha sido así, en qué sentido han evolucionado para a que este año
se emita un pronunciamiento en el cual se resuelve a favor de concederles este
derecho a las personas transgénero de ingresar a los baños con los cuales se
identifican y marcar un precedente en su lucha diaria de reconocimiento de sus
derechos en cada ámbito de sus vidas en que se desarrollan. / The purpose of this legal article is to review Indecopi’s pronouncements in cases
of discrimination in consumption due to the refusal of access of transgender
people to hygienic services according to how they are identified in the context of
consumer relations or as potential consumers. For this reason, an analysis is
made of the criteria that have guided the Consumer Protection Commission and
the Consumer Protection Division of Indecopi, in each specific case, the facts,
the social context, the evidence and arguments presented in the course of the
proceedings, and how all this has influenced the assessment, analysis and
resolution of complaints regarding these cases of discrimination in the
consumption closely linked to people’s gender identity. This is relevant because
it allows us to show how the criteria used in each specific case, whether they
have been maintained over time or have changed, if so, how they have evolved
so that this year a decision will be issued in favour of granting transgender people
this right to enter the bathrooms with which they identify and set a precedent.
their daily struggle for recognition of their rights in every area of their lives in which
they develop.
|
140 |
Indecopi jalado: la incorrecta aplicación del principio de confianza legítima ante la retención de libretas de notas en los colegiosMaraví Contreras, Alfredo 08 April 2019 (has links)
Actualmente, en materia de Protección al Consumidor, de acuerdo con la postura del
Indecopi, los centros educativos no pueden retener las libretas de notas como una medida
que obligue a los padres de familia a realizar el pago de las pensiones, sin embargo esta
interpretación constituye un cambio de criterio de la institución, pues previamente el
Indecopi sostuvo que dicha medida era permitida por los colegios siempre y cuando fuese
informada de manera previa y oportuna a los padres de familia. Como consecuencia del
mencionado cambio de criterio, en los procedimientos administrativos sancionadores
iniciados, los centros educativos argumentaron, de manera expresa o tácita, el Principio de
Confianza Legítima; ello principalmente por la publicación de los Lineamientos de
Protección al Consumidor del 2006 que recogía el antiguo criterio. Sin embargo, el
Indecopi descartó que dichos lineamientos acrediten el mencionado principio, bajo el
argumento de que son vinculantes, razonamiento con el cual no nos encontramos de
acuerdo pues el Principio de Confianza Legítima no se aplica solo a pronunciamientos que
sean vinculantes.
|
Page generated in 0.0932 seconds