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Aproximación al concepto de menoscabo de las propiedades curativas a efectos del artículo 313 d) del código penal chileno

Astudillo Canessa, Erick 10 1900 (has links)
Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / Tesis (magíster en derecho) / El presente trabajo tiene por objeto efectuar un acercamiento a la determinación del sentido y alcance de la noción “menoscabo de sus propiedades curativas” en la configuración del peligro para la salud de las personas del delito de fabricación y expendio de sustancias medicinales deterioradas o adulteradas contemplado en el artículo 313 d) del Código Penal Chileno. Junto a la necesaria revisión de conceptos provenientes de la ciencia farmacológica y la legislación sanitaria nacional, se acudirá a criterios de interpretación de tipo histórico legislativo, teleológico y sistemático que permitan, por una parte, diferenciarlo del concepto de nocividad y, por otra, dotarlo de contenido en consideración al bien jurídico protegido.
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Naturaleza jurídica de las deducciones en contra del impuesto a la renta de primera categoría : efectos frente a procesos de reorganizacióm empresarial

Venegas Bastidas, Cecilia, Flores Peña, Ingrid 09 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Cecilia Venegas Bastidas [Parte I], Ingrid Flores Peña [Parte II] / La precisión terminológica responde a la necesidad de establecer la pretensión que busca el derecho positivado, sin la cual los esfuerzos interpretativos podrían generar un error en la aplicación normativa. De la mano con lo anterior, el principio de legalidad cobra relevancia como presupuesto previo a la verificación de hechos jurídicos tributarios. De esta manera, si un determinado hecho no se subsume en las normas generales y abstractas, nunca revestirá el carácter de jurídico. El intérprete debe lograr la precisión para configurar dichos hechos jurídicos. En el ámbito de la tributación la labor interpretativa genera mayor complicación en los denominados procesos de reorganización empresarial, especialmente en los casos de división, fusión y transformación de sociedades, lo que ha dado pie al establecimiento de corrientes doctrinarias destinadas a salvar la frugal regulación normativa por parte del legislador sobre el referido campo. Uno de estos temas ha sido la posibilidad de asignar o traspasar determinados montos cuya naturaleza es discutida hasta el día de hoy. Estos montos, en la mayoría de los casos, están destinados a rebajar o disminuir el impuesto de primera categoría, los que han recibido distintas denominaciones como derechos personalísimos, derechos de crédito o derechos objetivos, cuya precisión se pretende dilucidar en la presente tesis. Planteado así el problema, ahora corresponde establecer la hipótesis de trabajo: es posible que determinando correctamente la naturaleza jurídica de las deducciones o rebajas contra el impuesto de primera categoría, se pueda precisar correctamente sus efectos tributarios en los procesos de reorganización empresarial de división, fusión y transformación. Conforme con lo anterior, la presente tesis será reconducida a través de los siguientes objetivos: i) conceptos técnicos y comunes de derecho tributario que se relacionan o vinculan con el marco teórico en el cual operan los créditos tributarios; ii) enumeración de los créditos tributarios vigentes en la declaración de impuesto anual a la renta; iii) estudio particular y análisis de las deducciones o rebajas al impuesto a la renta de primera categoría que enumera el formulario 22, confeccionado por el servicio de impuestos internos, y que establece nuestro legislador, en la historia de las leyes, ley sobre impuesto a la renta y otras leyes especiales; iv) naturaleza jurídica de los créditos tributarios imputables contra el impuesto de primera categoría. Análisis de las definiciones de crédito tributario sostenida por el servicio de impuestos internos y en materia de política fiscal; v) los procesos de reorganización empresarial de división, fusión y transformación, respectos de los créditos tributarios; y vi) análisis y determinación de los efectos de los créditos tributarios en los procesos de reorganización empresarial de división, fusión y transformación; La metodología de investigación que se utilizará en este trabajo corresponderá a la dogmática jurídica, lo que implica el estudio de la normativa vinculada a las deducciones contra el impuesto de primera categoría, relacionada, principalmente, con la ley sobre impuesto a la renta regulada en el D.L. Nº824, código tributario D.L. N°830, código civil D.F.L. N°1, código de comercio, ley de sociedades anónimas N°18.046 y la constitución política de la república de Chile. También, se asumirá el método analítico, al analizar la deducciones que enumera el formulario 22 sobre declaración de impuesto a la renta, correspondiente al año tributario 2015, ya que, para precisar la naturaleza jurídica de las deducciones o rebajas, es necesario analizar cada uno de los componentes de dicho concepto, para así poder determinar su naturaleza y efectos tributarios. Es posible que en algunos capítulos este orden se vea alterado, lo que previamente será advertido al lector.
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Sistema de declaración voluntaria y extraordinaria de rentas afectas a impuesto único y sustitutivo, para la declaración y/o declaración y repatriación de rentas y bienes no declarados oportunamente, derechos, beneficios y riesgos para los contribuyente

Contreras González, Juan José, Barboza Ramírez, Alejandro Luis 01 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Juan José Contreras González [Parte I], Alejandro Luis Barboza Ramírez [Parte II] / La Ley n° 20.7801 de fecha 29 de septiembre del 2014, junto con implementar grandes y significativas reformas a nuestros sistema de tributación, introdujo a través del artículo 24° transitorio, un sistema voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas, que se encuentren o hayan obtenido en el extranjero, por contribuyentes domiciliados, residentes, establecidos o constituidos en Chile y que estando afectas a impuestos, no se hayan declarado y/o gravadas con los tributos correspondientes. Para el legislador, este beneficio otorgado a los “contribuyentes” o sea por aplicación del artículo 8º numeral 5º del Código Tributario, comprende a las personas naturales y jurídicas o los administradores y tenedores de bienes afectados por impuestos, siempre que tengan domicilio o residencia en nuestro país, o establecidos o constituidos en Chile, antes del 1º de enero del 2014. Con este antecedente material, decidimos emprender la aventura de investigar sobre este mecanismo, cuyo norte fue determinar si lo ventajoso de este mecanismo voluntario y extraordinario, con una tasa de impuesto extremadamente baja, provocaría o significaría un enorme incentivo para los beneficiados y con ello contribuir al fin recaudatorio que la norma tenía, o por el contrario, los riesgos que la misma norma comprendía, implicarían, desincentivar a los contribuyentes a acogerse a este mecanismo de saneamiento tributario. La aparición de dicho mecanismo de declaración voluntario y extraordinario, que fija un impuesto con carácter de único y sustitutivo, con tasa del 8%, no dejó de sorprender a los analistas, expertos y estudiosos, esto por cuanto no estaba comprendido en el proyecto original enviado por el ejecutivo al Congreso Nacional, pero si bien fue finalmente promulgado como ley de la República, careció de toda discusión parlamentaria. Sobre los resultados del beneficio, si bien al principio el ente fiscalizador fue cauto sobre los mismos, en edición del Diario Financiero de junio del presente, haciendo referencia a información obtenida de ese servicio (SII2), a esa fecha existiría una recaudación de US$ 5 millones, en tanto el objetivo de hacienda estaría por llegar a los US$ 130 millones de dólares, pero mostraban su optimismo en superar esa cifra a fines del presente año. Finalmente los resultados superan ampliamente las primeras expectativas, es así como la página institucional al día 10 de diciembre del presente, señala que a la fecha, los contribuyentes que han efectuado la declaración, alcanza la cifra de 2.682 contribuyentes, los que han permitido lograr una recaudación fiscal de US$623 millones de la moneda americana. En un principio los contribuyentes y sus principales formas de agrupación y representación, estuvieron cautelosamente frente al éxito y conveniencia de la utilización de este sistema, por cuanto la falta de discusión y los innumerables vacíos del texto legal hacían desconfiar sobre la institución. El paso del tiempo y las posiciones del servicio que comenzaron a aclarar sobre las dudas que el sistema creaba, acompañada de nuevos pronunciamientos que fueron flexibilizando sus posiciones, fue dando confianza a los contribuyentes. Al respecto el SII para su implementación, creo una orgánica especial ha cargo de la Subdivisión de Fiscalización, así como dicto la circular nº 83 del 16 de enero del 2015 y dicto la Resolución Exenta nº 14 del 02 de enero del mismo año, aunque esta última solo fija el formato e instrucciones para la correcta utilización del formulario 1920. Con posterioridad y como forma de traer tranquilidad a los usuarios, se dictó el Oficio Ordinario nº 1.9345 de fecha 27 de julio del presente, que más que traer certidumbre sobre el desarrollo de la institución, solo vino a precisar algunas cosas, en tanto otras pese a que las planteó bajo la fórmula de preguntas, más bien no las contestó consistentemente. Sobre la Circular n° 8, está junto con reiterar lo señalado en el referido artículo 24° transitorio de la Ley nº 20.780, el cual reiteramos careció de todo discusión parlamentario, solo aparece en la historia de la ley6 como producto de la enmienda parlamentario, indicación nº 273, aprobada por la unanimidad de los 5 legisladores participantes de la comisión. La perplejidad que mostraron los contribuyentes para acogerse al sistema de declaración voluntaria y extraordinaria en un principio, con pago de impuesto único sobre las rentas y bienes no declarados oportunamente, estaba la grave afectación a que podían verse enfrentados, por cuanto en un principio apareció que al acogerse al sistema implicaba la renuncia de prerrogativas y derechos fundamentales de los contribuyentes, en los cuales se ven afectados beneficios como el secreto bancario, la acción o excepción de prescripción, la renuncia al derecho a no auto-imputarse, así como el uso que se pueda hacer de la información, la afectación a las normas y derechos del debido proceso en materia penal, el carácter expropiatorio que pueda llegar a significar el acogerse al mecanismo y que posteriormente el mismo sea rechazado, así como otros que se develaran en el presente trabajo. Abordar este tema con profundidad es lo que nos inspira, para ello nos hemos planteado hacer un análisis más acabado de los riesgos implícitos en el sistema creado, todo con el fin académico de analizar el texto legal, sus implicancias, sus riesgos y poder mostrar nuestra posición a la luz del estudio, para así poder manifestar nuestra opinión desde las letras. Los riesgos implícitos para los contribuyentes son partes fundamental de nuestra preocupación, así como las brizas de incertidumbre sobre la posibilidad que quienes no se acojan al mecanismo, se verán enfrentados a un panorama incierto y riesgoso, especialmente cuando se enfatiza sobre el avance en el intercambio de información financiera entre los estados, todo para generar un panorama nada de atractivo para los contribuyentes que pudiendo acogerse al mecanismo, no han tomado la decisión de realizarlo. A partir del 2017, se darán los primeros pasos hacia la cooperación internacional en contra de la evasión fiscal, en la cual se encuentran actualmente comprometidos la OCDE y los países del G20, lo cual fue acordado en un foro mundial realizado en la ciudad de Paris, en el año 20147. Finalmente no podemos dejar de referirnos en estas últimas líneas introductorias a los fines de la institución. Su aparición como parte de la ley finalmente aprobada, sin presencia en el proyecto de ley, nos llama poderosamente la atención. Si conocemos de intentos promovidos anteriormente por algunos legisladores para su establecimiento. Su objeto principal, parece inspirado en fines meramente recaudatorios, por cuanto se estableció la facultad de declarar, eventualmente pagar los impuestos que procediere, pero sin necesidad de repatriación de esos capitales, por lo cual claramente la llamada cocina tributaria no se inspiró en la inversión y la producción al momento de establecer éste sistema. No todos los sectores se mostraron favorables a su instauración, la cual ya había sido promovida en dos oportunidades anteriores por el Senador Juan Pablo Letelier, quien aseguró que no lo inspiraron beneficios personales, sino por el contrario, ha señalado que más allá de los reparos éticos que pueda producir, es mayor el beneficio para el país. Lo anterior si debemos reconocer que no fue una discusión pacífica, incluso dio lugar a que muchos denostaran públicamente el mecanismo, sea vía reparos de carácter ético morales, incluso muchos se refirieron a ella como la “Condonación Premium”.
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El artículo 62 de la ley de menores frente al derecho penal

Oliva Rybertt, Mónica Andrea January 2013 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Tesis (magíster en derecho penal) / Esta investigación propone una sistematización de los ilícitos penales e infraccionales constitutivos de maltrato infantil en la legislación chilena, mediante la relación de las normas legales que directa o indirectamente abordan el tema del maltrato de niños, niñas y adolescentes, su evolución histórica y analizando las figuras contenidas en el artículo 62 de la Ley N° 16.618 de la Ley de Menores, en sus hipótesis delictivas e infracciones administrativas
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Reclamación judicial de resolución administrativa dictada respecto de objeción de legalidad en proceso de negociación colectiva : consideraciones procesales

Lagos Larenas, José Pablo January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo se enfoca en el análisis de la negociación colectiva reglada en la legislación laboral chilena, específicamente el estudio se concentra en la etapa administrativa denominada “Objeciones de Legalidad”, que se origina cuando el empleador hace observaciones al proyecto de Contrato Colectivo presentado por los trabajadores, o en su caso, las observaciones que éstos hacen de la respuesta del empleador a su proyecto de Contrato Colectivo. Es aquí en donde el ente administrativo, la Inspección del Trabajo, o en su caso, la Dirección del Trabajo, tiene un rol decisorio, ya que el artículo 331 del Código del Trabajo le entrega al organismo fiscalizador de las relaciones laborales en nuestro país, facultades auténticamente jurisdiccionales al facultarlo para resolver estas “Objeciones de Legalidad”. El conflicto se genera, toda vez que no es factible recurrir en contra de la resolución dictada por la Inspección del Trabajo en esta materia, ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, idea que el suscrito no comparte, existiendo 5 disposiciones legales y jurisprudencia que señalan lo contrario, generando así un conflicto de competencia, entre el órgano administrativo y los Tribunales Ordinarios de Justicia. En el desarrollo de este memoria, se analizan las normas que reglan el Proceso de Negociación Colectiva chileno, las distintas posturas que otros países en Latinoamérica sostienen, los distintos medios que se han usado para impugnar la resolución que pronuncia la Inspección del Trabajo y sus resultados jurisprudenciales, especialmente mediante la interposición de recursos de Queja, que si bien, son rechazados, anulan lo actuado en virtud de las facultades de oficio que entrega la Ley a la Corte Suprema, todo lo cual lleva a establecer la existencia de un problema judicial real y efectivo, lo que conlleva al suscrito a proponer soluciones y modificaciones legales con el fin de complementar y aclarar el Procedimiento de Negociación Colectiva en nuestro Código del Trabajo, esclareciendo así ambigüedades y lagunas en relación con la competencia de los entes encargados de resolver estas “Objeciones de Legalidad”
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El fraude en materia deportiva : regulación jurídica del arreglo de partidos en el derecho interno y en el derecho comparado

Álvarez Núñez, Cristian Adolfo January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo se avoca fundamentalmente a la exposición analítica de la regulación jurídica que existe en nuestro derecho interno y en el derecho comparado para prevenir, combatir y sancionar una de las tantas modalidades de fraude deportivo: el arreglo de partidos o competiciones deportivas. El arreglo de partidos (entendiéndolo como toda actuación fraudulenta encaminada a alterar o predeterminar el resultado de una competición deportiva) es la modalidad de fraude deportivo que con mayor fuerza destruye los principios elementales del deporte y del derecho deportivo (en el primer capítulo se pretende demostrar esa afirmación), por lo que –en el derecho interno y en el derecho comparado- se hizo indispensable la regulación normativa de este fenómeno. En primer lugar, se revisará la regulación jurídica mercantil chilena que, a través de la Ley N° 20.019 (que regula a las organizaciones deportivas profesionales), contiene normas destinadas a prevenir que se verifiquen arreglos de competiciones. Luego, se repasará la regulación disciplinaria que sobre esta materia existe en el seno de varios organismos deportivos internacionales. Finalmente, se dará cuenta de la regulación jurídica penal que ha nacido en ciertos países (España, Italia y Alemania) que, considerando insuficientes las sanciones intrínsecamente deportivas, han estimado oportuno estatuir consecuencias jurídicas punitivas para aquellos que se involucren en este supuesto de fraude deportivo. Adicionalmente, se aludirá al estado actual de la regulación jurídica nacional que se vincula con el arreglo de competiciones (fundamentalmente, se hará referencia al estatuto regulador de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional). Esta investigación está guiada por el deseo de advertir las falencias y los aspectos positivos de la regulación jurídica que existe sobre el arreglo de competiciones deportivas, proponiéndose la adopción de algunas medidas que se estiman adecuadas para mejorar su eficacia.
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Ambito de aplicación de la ley de protección de los derechos de los consumidores

Walker del Río, Agustín January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo pretende determinar de la forma más precisa posible cual es el universo de relaciones de consumo que ampara le Ley Nº 19.496 de Protección de los Derechos de los Consumidores (en adelante también: Ley de Protección al Consumidor o LPC), para esto, analizaremos uno a uno los artículos que tengan relevancia para determinar a que sujetos y a que actos se aplica esta disposición. En primer lugar, revisaremos los requisitos que deben reunir los sujetos de la relación de consumo, estudiaremos los conceptos de consumidor o usuario y de proveedor que nos da el artículo 1º en sus números 1) y 2) para lograr así establecer en forma certera quienes pueden ser considerados como tales. Luego, nos referiremos al elemento objetivo de la relación de consumo revisando como se entrelaza con los requisitos subjetivos, estudiaremos en que consiste el carácter mixto que debe tener todo acto de consumo y que excepciones existen a esta regla. Por último, en el Capítulo IV trataremos la aplicación de la LPC en materias reguladas por leyes especiales, nos referiremos a su carácter supletorio y a los casos contemplados en las letras b) y c) que se refieren a los intereses colectivos y difusos y al tema indemnizatorio
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El post-natal masculino en Chile

Arrué Figueroa, Marcelo, Leone Silva, Juan Pablo January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Los objetivos fundamentales de la presente memoria son realizar una revisión sobre los aspectos medulares del permiso post-natal masculino en Chile, dado que el 2 de septiembre del año 2005 se publicó en el Diario Oficial la ley 20.047, ley que tuvo por objeto modificar el Código del Trabajo, específicamente agregándole un nuevo segundo inciso a su artículo 195. Cabe tener presente, sin embargo, que el artículo 195 a su vez, con la ley 20.137, sufrió una modificación en los siguientes términos “a) Elimínase la expresión ‘‘Sin perjuicio del permiso establecido en el artículo 66’’. b) Sustitúyese la expresión ‘‘cuatro’’ por ‘‘cinco’’. Es decir, continúa siendo de cinco días el permiso paternal, pero ya no por remisión al artículo 66, sino por el mismo artículo 195 que lo señala. En la recopilación de material para la presente memoria, nos encontramos con bastante documentación referida a la protección de la maternidad, sin embargo, en lo referido al Post-Natal masculino es poco lo que puede encontrarse en atención a la poca madurez del tema en nuestro país, razón por la cual nos concentramos en absorber información de diversos ámbitos, dando un sentido más analítico y con pensamiento crítico, tanto positivo como negativo, y no es de extrañar que en variados temas lo que se plasmó en estas líneas es precisamente fruto de tardes de discusión sobre la aplicación de la Ley, sus vacíos legales, su impacto social y el pensamiento individual de cada uno imbuido por la información recolectada.
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Sueldo base e ingreso mínimo mensual: esfectos jurídicos, sociales y económicos de la reforma introducida por la ley 20.281

Silva Valdivia, Paulina January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Para realizar la presente investigación, en sus aspectos teóricos, se acudió a bibliotecas para consultar libros, artículos y monografías relacionadas con el tema.. Para determinar la forma en que se ha aplicado la reforma de la ley 20.281 se realizaron entrevistas diversos actores relevantes. Para la exposición de la presente investigación, ésta se ha dividido en cuatro capítulos, de manera de poder desarrollar cada uno de los objetivos específicos ya enunciados. El capítulo I titulado “Contexto. Definición de términos” pretende situar la problemática dentro de un determinado contexto, además de otorgar los conceptos básicos que serán utilizados a lo largo de la investigación. El capítulo II “Ingreso mínimo en Chile y América Latina” es el encargado de explicar el contexto nacional e internacional en el que se sitúa el tema, otorgando una visión regional frente a la adopción de la institución del ingreso mínimo. En este mismo capítulo, se incorpora la visión de la OIT frente al tema en estudio. El capítulo III, “Reforma introducida por la Ley 20.281” entrega una visión de la situación que se vivía, en la práctica, antes de la entrada en vigencia de la ley en estudio, la cual permite comprender porqué se buscaba modificar dicha situación. Además este capítulo muestra cuáles eran los objetivos, desafíos, aspectos a mejorar y criterios a seguir, desde el punto de vista de la propia ley, así como desde otras perspectivas, como la doctrina o la OIT. Finalmente, realiza una descripción de las reformas concretas introducidas por la ley. El capítulo IV, “Aplicación de la reforma introducida por la Ley 20.281” permite visualizar cómo se lleva a cabo la reforma en cuestión, tanto desde la perspectiva de los trabajadores, así como de los empleadores. Además entrega una perspectiva de las consecuencias económicas, jurídicas y sociales de la modificación en cuestión Finalmente, las conclusiones contienen la visión personal frente al tema, por parte de quien realizó la presente investigación. Como he señalado, la principal motivación para desarrollar esta investigación estuvo dada por la posibilidad de que ciertas empresas desvirtuaran el verdadero espíritu de la modificación introducida por la Ley 20.281. Personalmente, considero que el tema en cuestión es relevante y no es pacífico, teniendo en cuenta que cada año se instaura el debate en torno al ingreso mínimo mensual, debate que cuenta con argumentos relacionados a la idea de equiparar el sueldo base al ingreso mínimo y que van más allá del aspecto jurídico, afectando sensiblemente a nuestra sociedad, principalmente en los sectores más desposeídos.
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Transformación, división y fusión de Sociedades Anónimas

Iglesias Coronel, Carlos Patricio January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Se estima que el presente trabajo es un aporte al estudio de estas materias, considerando la incidencia directa de las instituciones analizadas en el desarrollo económico del país. En consecuencia, es un esfuerzo tendiente a lograr una acabada concepción legal de éstas tres operaciones, como asimismo, demostrar las diversas perspectivas en su ámbito de aplicación. Por lo anterior y en forma general, se ha tratado sucintamente el contrato de sociedad; grandes tendencias del mundo actual en la materia; y en lo particular, se ha querido analizar, con algún detalle, la Sociedad Anónima (concepto, clasificación, elementos, etc.), para finalizar con el estudio de las instituciones que constituyen el objeto de la presente Memoria, es decir, la Transformación, Fusión y División de las Sociedades Anónimas. En él, se ha procurado realizar un acabado tratamiento de las normas que las regulan, siendo complementadas con determinados aspectos tributarios, que resulta de interés conocer.

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