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La obligación de negociar con buena fe una convención colectiva de trabajo en el régimen laboral quebequense / La obligación de negociar con buena fe una convención colectiva de trabajo en el régimen laboral quebequenseVillanueva González, Francisco Fernando 25 September 2017 (has links)
Quebec’s Labor regime, due to its particular situation, is influenced by Common Law, aswell as by Civil Law, of French origin. Both systems have consecrated the fundamental right to collective negotiation, recognizedto all workers, by limiting State intervention regarding collective agreements. However,this protection does not restrain itself to ensure negotiation; this negotiation has tobe carried out respecting the principle of good faith. In the present article, the author introduces legal doctrine and jurisprudence from Canada and abroad, being able to affirm that Quebecker labor regime is founded upon the principle of good faith negotiation, as it’s established in Canada’s Constitution and their Labor Code. That affirmation, according to the author, will have an impact on the labor system and the content of collective agreements. / El régimen laboral quebequense, dada su situación particular, se ve influenciado tanto por el Common Law cuanto por el Derecho Civil de origen francés. Así, ambas corrientes han consagrado por igual el derecho de los trabajadores a la negociación colectiva, limitando la intervención estatal en lo que respecta a la firma de convenios colectivos. Sin embargo, la protección no se restringe a asegurar la negociación; ésta debe, además, llevarse a cabo siguiendo el principio de buena fe. En el presente artículo, el autor cita doctrina y jurisprudencia canadiense y extranjera parapoder afirmar que en el régimen laboral quebequense debe primar el mandato de negociación de buena fe, pues así lo consagra la Constitución y el Código de Trabajo. Esta afirmación impactará definitivamente el sistema laboral quebequense y el contenido de las convenciones colectivas.
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Not everything that shines is gold: appearance of law and protection of third parties in good faith / No todo lo que brilla es oro: apariencia del derecho y protección de los terceros de buena feO’Neill de la Fuente, Cecilia 30 April 2018 (has links)
What happens to the third party that, in good faith, acquires rights from a subject whose title is not valid? With few exceptions, the Peruvian Civil Code leaves him unprotected. In this article, the author evaluates the specific solutions contained in the Peruvian Civil Code; analyzes the answers that foreign legislations present; and, finally, proposes a solution to protect the third parties in good faith who acquire rights from an apparent owner. / ¿Qué ocurre con el tercero que, de buena fe, adquiere derechos de un sujeto cuyo título es inválido? Salvo algunas excepciones, el Código Civil peruano lo deja desprotegido. En este artículo, la autora evalúa las soluciones específicas que contiene el Código Civil peruano; analiza las respuestas que presentan legislaciones extranjeras; y, finalmente, propone una solución para dar protección a los terceros de buena fe que adquieren derechos de un titular aparente.
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El error, el dolo y la fuerza en la compraventa del derecho romano clásicoDonoso Christie, Cristián, Torres Peralta, Fabiola January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En el presente trabajo ofreceremos una descripción sistemática de los resultados de esta labor jurisprudencial. Previamente, y para situarnos en el momento en que se hicieron necesarias estas disquisiciones romanas en torno al error, la fuerza y al dolo, comenzaremos con una relación de los orígenes de la compraventa como contrato consensual y de buena fe. Luego revisaremos el tratamiento otorgado al error y al dolo enfatizando que soluciones se aplicaban en caso de presentarse en en contrato de compraventa. Hacia el final de este trabajo analizaremos el tratamiento jurídico que dieron los romanos al miedo en la compraventa, tratamiento que, a diferencia del derecho moderno, no consideró a esta anomalía propiamente como un atentado a la libertad de contratar, y en consecuencia, como un vicio del consentimiento
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Interpretación de contratos celebrados entre partes sofisticadasCortés Aracena, Tomás Alejandro, Peña Roncarati, Benjamín Ernesto January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / La presente memoria propone una reflexión crítica en torno a la aplicación de la vertiente subjetiva de interpretación contractual a actos celebrados entre partes sofisticadas, entendiendo por tales a aquellos agentes expertos que negocian un plano de igualdad y que tienen la aptitud de plasmar genuinamente su voluntad en el texto contractual. En particular, se argumenta a favor de la aplicación de un sistema objetivo de interpretación, que dé primacía a la voluntad declarada por sobre la búsqueda de la voluntad interna de las partes. Para ello, primero se estudian ciertas distinciones elementales en materia de hermenéutica contractual, normas de derecho positivo y el entendimiento de la doctrina tradicional sobre el sistema chileno. En segundo lugar, se delimita el concepto de partes sofisticadas, por medio del estudio de diferentes categorías contractuales, de propuestas doctrinarias y del análisis de normas nacionales que permiten sostener que la sofisticación encuentra reconocimiento en nuestra legislación. Por último, sobre la base de marco conceptual previamente reseñado, se desarrollan argumentos que giran en torno a principios generales del derecho, normas de hermenéutica contractual y consideraciones de índole económica, con el objeto de fundar la necesidad de dar aplicación a un sistema de interpretación objetivo a un contrato celebrado entre partes sofisticadas
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Recepcion jurisprudencial de la teoría de los actos propios como manifestación del principio de la buena fe procesal : análisis a propósito de su regulación expresa en la Ley 20.886Vergara Manchego, Diego Ignacio January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En el presente trabajo se analizará cómo la Corte Suprema ha desarrollado y aplicado la teoría o doctrina de los actos propios al ejercicio de actos o conductas procesales manifestadas en el contexto de un juicio, a raíz de su regulación expresa en la Ley 20.886. Para ello se realiza previamente un estudio de todos los elementos que fundan y rodean a la teoría. El trabajo comienza con una revisión general del principio de buena fe procesal con el fin de identificar los fundamentos que respaldan la existencia de la doctrina. Asimismo, se desarrolla una exposición sobre los principales aspectos teóricos de los actos propios de manera de conocer su contenido, naturaleza, requisitos y aplicación, entre otros. Finalmente, el trabajo termina con la exposición y análisis de diferentes sentencias del máximo tribunal que permiten determinar cómo ha sido la recepción de esta teoría en la jurisprudencia chilena.
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El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritosBances Yesquen, Carlos Santos January 2019 (has links)
La presente investigación, titulada “El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritos”, gira en torno a la implicancia del dicho principio respecto a la problemática del fraude inmobiliario. Para el desarrollo del tema, se ha optado por dividirlo en tres partes: 1) referida al principio de fe pública registral, 2) referida al fraude inmobiliario, y 3) explicando cómo debe interpretarse y aplicarse este principio respecto al fraude inmobiliario; en este sentido, la idea central de la investigación consiste en analizar si es idóneo o no, aplicar este principio para solucionar problemas derivados de los títulos fraudulentos inscritos, y de no serlo, proponer una solución definitiva a esa problemática. Finalmente, se concluye que es necesaria la aprobación de una ley específica que atienda al fraude inmobiliario y que modifique el artículo 2014° del Código Civil, con la finalidad de ponerle un freno definitivo a este ilícito.
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El principio de buena administración y la facultad discrecional en la renovación de cuadros de oficiales de la Policía Nacional del PerúMendoza Limaymanta, Luis Junior 27 May 2020 (has links)
El Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo, en sus diversas sentencias e
informes, respectivamente, han determinado que en el procedimiento de renovación de cuadros, se ha vulnerado, entre otros, los derechos al debido procedimiento y a la
motivación de resoluciones administrativas de los oficiales de la Policía Nacional del
Perú; sin embargo, actualmente se continúan emitiendo actos administrativos que denotan cómo las autoridades públicas terminan haciendo un ejercicio arbitrario de las facultades discrecionales otorgadas por ley, sin garantizar los referidos derechos. Como consecuencia de ello, en la actualidad todos aquellos oficiales que no se encuentran conforme con tal decisión acuden al Poder Judicial en búsqueda de tutela jurisdiccional efectiva, logrando su reincorporación. En ese sentido el objetivo del presente trabajo académico es determinar de qué manera el principio de buena administración puede orientar el ejercicio de la facultad discrecional en el procedimiento administrativo de renovación de cuadros. Al respecto, Ponce afirma que, para cumplir con un debido procedimiento administrativo o deber de buena administración, las autoridades públicas durante la actividad procedimental deben de actuar de forma objetiva en función al deber de debida diligencia, de tal forma que reduzca los márgenes de arbitrariedad.
Concluyendo que la aplicación del principio de buena administración, manifestado a
través del principio de transparencia y del deber de debida diligencia o debido cuidado, como elemento núcleo, impone a la administración policial la obligación legal de actuar de manera imparcial y con la implementación de los criterios técnicos desarrollados permitirá establecer cuidadosamente los elementos de hecho y de derecho, garantizando una debida motivación de las resoluciones administrativas. De esta forma se cumple con orientar de manera positiva el ejercicio de la facultad discrecional en los procedimientos administrativos de renovación de cuadros
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La falta de aplicación del Principio de Confianza Legítima en los pronunciamientos emitidos por el Indecopi en materia de productos industrializados, su impacto en los consumidores y en el adecuado funcionamiento del mercadoVega Fernandini, Valeria Lucía 28 September 2021 (has links)
El procedimiento administrativo cuenta con una serie de principios que guían su adecuado
funcionamiento. Uno de estos principios será el Principio de Confianza Legítima, el cual
tiene como finalidad proteger las expectativas legítimas de los administrados, así como
la estabilidad del ordenamiento jurídico. Sin embargo, en los últimos años, Indecopi ha
emitido algunos conocidos pronunciamientos sobre productos industrializados que no
están cumpliendo con dicho principio. Entonces, cabe preguntarnos ¿A qué se debe la
falta de aplicación de este principio? ¿Podría existir alguna alternativa de solución?, ello
teniendo en consideración que este principio tiene como base la seguridad jurídica, la cual
es una garantía para el correcto funcionamiento del mercado.
Para encontrar una respuesta a este cuestionamiento, en la presente investigación, a través
de un análisis a fondo de la normativa vigente, así como de la doctrina relacionada a la
materia se podrá demostrar finalmente que, - en muchas ocasiones - los administrados
pueden ser inducidos a error por la propia Administración Pública y la aplicación del
Principio de Confianza Legítima es de suma importancia para evitar que se produzca un
impacto negativo en la elección y expectativa de los consumidores respecto a los
productos, así como en el propio desenvolvimiento del mercado. / The administrative procedure has a series of principles that guide their own operation.
One of these principles will be the Principle of Legitimate Expectations, which will have
the purpose of protect the legitimate expectations of the administrators as well as the
stability of the legal system. However, in recent years, Indecopi has released some wellknown
decisions about industrialized products in which it is possible to see the evidence
non-application of this principle.
Considering this situation, it is appropiate asking ourselves why is this principle not being
applied? Could there be any alternative of solution? especially, taking into consideration
that this principle will be based on legal security which is a guarantee for the correct
functioning of the system. In order to find an answer to this issue, in this research, through a exhaustive analysis of
the current laws, as well as the analysis of the doctrine related to the matter; The objective
of this article will be to demonstrate that in many occasions the individuals are induced
to make mistakes by the Public Administration and the application of the Principle of
Legitimate Expectations would have great importance, otherwise, this could have a
negative impact on the election and expectations of consumers regarding the products, as
well as on the development of the system.
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VIII Pleno Casatorio Civil: Problemas, y reflexiones en torno a la nulidad del acto jurídicoReyes Galvez, Judith Stefania 24 March 2022 (has links)
En el año 2020, se publicó el VIII Pleno Casatorio Civil. A partir de esta sentencia, se buscó
uniformizar la jurisprudencia en relación a los casos de disposición de bienes sociales,
efectuados por solo uno de los cónyuges. Así, la Corte Suprema consideró que este acto era
nulo, en razón a contravenir una norma de orden público, contenida en el artículo 315 del
Código Civil. En el presente artículo, se analiza los problemas que podrían originarse, a raíz
de la nulidad del mencionado acto jurídico, para los cónyuges y el adquirente. Además, se
analiza la institución jurídica de la nulidad, y que alternativas de solución se podrían plantear,
como respuesta a dichos problemas.
A partir de este análisis, en base a doctrina y derecho comparado, se concluye dos posibles
alternativas de solución: un replanteamiento o “adecuación” de la institución de la nulidad,
o una modificación legislativa del art. 315 del Código Civil. / The VIII Pleno Casatorio Civil was published in 2020. Through this ruling, the Supreme
Court wanted to stantardise the jurisprudence in relation to the cases of disposition of assets
of the marital parnership in which only one of the spouses intervenes. So the Supreme Court
stablished that this legal act was null because it contravenes a rule of public policy. This
article analyzes the problems that can arise for the spouses and the purchaser. In addition, it
analyzes the legal institution of nullity and posible solutions for those problems.
From this analysis, based on doctrine and comparative law, it is concluded two possible
solutions: a redesign of the legal institution of nullity, or a legislative amendment of the
article 315 of the Civil Code.
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Deberán pagar justos por pecadores? : el tercero de buena fe como límite a la extinción de dominioZare Velásquez, Daniela Isabel Jose 24 March 2022 (has links)
La Extinción de Dominio ha surgido como una gran herramienta de
política criminal para prevenir y luchar contra la corrupción y la
criminalidad organizada, excluyendo del sistema legal todos los activos de
procedencia o destinación ilícita, para evitar, precisamente, que estos sean
introducidos al comercio nacional. No obstante, siendo este un instituto
reciente en el ordenamiento peruano, la norma actual aún no ha sido capaz
de abordar adecuadamente los aspectos más importantes, como, por
ejemplo, la situación de los terceros de buena fe (problema de
interpretación de la norma). Comenzando con que se requiere por Ley
que la buena fe esté debidamente acreditada, pero sin explicar qué implica
esto, ni qué posibilidad hay de afectaciones a los derechos de los terceros
que creen haber actuado bajo un nivel de probidad o debida diligencia. El
propósito de este artículo es justamente ello, plantear en principio qué se
debe entender como tercero de buena fe, y con ello determinar qué zonas
grises se mantienen en la norma peruana actual. De esa forma llegar a
propuestas válidas y efectivas para un instituto en ascenso que, aplicándolo
bien, conseguiría alcanzar sus propósitos. En ese sentido, recurriendo a la
experiencia colombiana, determinar qué es lo que requiere nuestra propia
norma de extinción de dominio para que, en el tema de los terceros de
buena fe, se tenga muy bien regulados los supuestos y no se deriven
situaciones que perjudiquen a inocentes. / Domain Extinction has emerged as a great criminal policy tool to prevent
and fight corruption and organized crime, excluding from the legal system
all assets of illicit origin or destination, precisely to prevent them from
being introduced into national commerce. However, as this is a recent
institute in the Peruvian legal system, the current standard has not yet been
able to address adequately the most important aspects, such as, for
example, the situation of third parties in good faith (problem of
interpretation of the rule). Starting with the fact that good faith is
required by law to be duly accredited, but without explaining what this
implies, or what possibility there is of affecting the rights of third parties
who believe they have acted under a level of probity or due diligence. The
purpose of this article is precisely this, to propose in principle what should
be understood as a third party in good faith, and thereby determine which
gray areas are maintained in the current Peruvian standard. In this way,
arrive at valid and effective proposals for a rising institute that, applying it
well, would achieve its purposes. In this sense, using international
experiences such as the Colombian one, determine what our own rule of
domain extinction requires so that, in the matter of third parties in good
faith, the assumptions are very well regulated and that they do not derive
situations that harm innocent people.
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