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Informe sobre Sentencia recaída en el Expediente N° 05410-2015-PA/TC - Demanda de amparo presentada contra el Decreto Supremo N° 130-2013-PCM, Decreto Supremo que establece disposiciones referidas al Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA a cargo de las empresas del sector mineríaLeón Espinoza, Wendy Janeth 24 February 2021 (has links)
El Aporte por Regulación percibido por el OEFA es quizá la fuente de financiamiento más controversial que tiene esta institución para realizar sus actividades de fiscalización ambiental. Hasta la fecha, aun cuando existen diversas sentencias y resoluciones que acreditan la constitucionalidad de su cobro, la aplicación del Aporte por Regulación es materia de cuestionamientos. Por ello, el objetivo de este Informe es determinar la constitucionalidad del Aporte por Regulación establecido a favor del OEFA para efectos de aportar en el desarrollo de su estudio. Para ello, en base a los alcances del caso recogido en la Sentencia del Tribunal Constitucional, recaído en el Expediente N° 05410-2015-PA/TC, analizaremos los principios de reserva de ley, y de no confiscatoriedad tributarios para el establecimiento del Aporte por Regulación en favor del OEFA. En este Informe nos encontramos de acuerdo con el fallo del Tribunal Constitucional, en tanto consideramos que el Aporte por Regulación asignado al OEFA es una fuente legítima de financiamiento para sus actividades de fiscalización ambiental. Sin embargo, creemos necesario hacer énfasis en cuestiones adicionales que no fueron detalladas por Tribunal Constitucional y que permitirían entender la funcionalidad y naturaleza de este tributo.
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Breve análisis de la competencia del OEFA en la fiscalización de un supuesto pequeño productor minero o minero artesanalOriundo Cárdenas, Álvaro 24 February 2020 (has links)
El presente trabajo se enfoca en cómo el Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental – OEFA ha resuelto ciertos procedimientos administrativos sancionadores
analizando, en primer lugar, el real estrato minero de un minero o mineros que, en la
práctica, pertenecían a la pequeña minería o minería artesanal, es decir, esta fiscalización
en principio pertenece a los respectivos Gobiernos Regionales.
La facultad que utilizó el OEFA se justifica en el Artículo 17 de la Ley N° 29325, Ley
del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Ley del SINEFA, el cual
fue modificado el 26 de abril de 2013. Este artículo citado otorga al OEFA la posibilidad
de aplicar la prueba indiciaria para determinar el verdadero estrato minero de aquellas
actividades que supuestamente están dentro de la pequeña minería y minería artesanal,
para que de esta manera, luego de verificar que en la práctica pertenecen a la mediana o
gran minería, puedan fiscalizarlos, y posteriormente sancionarlos.
El objetivo del presente trabajo es analizar si, en efecto, la facultad que se desprende del
Artículo 17 de Ley del SINEFA no afecta las facultades ya otorgadas a los Gobiernos
Regionales. Para ello, se estudiará el proceso de descentralización y las competencias en
materia de minería, para que, finalmente, se desarrolle la posición que se adoptó en el
desarrollo del trabajo.
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La implementación de las funciones ambientales del sector Educación por parte del MINEDUBalbuena Pérez, Humberto Manuel 22 March 2022 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como tema de interés la
implementación de las funciones ambientales del sector Educación por parte del
MINEDU, es decir tanto evaluación del impacto ambiental como fiscalización
ambiental.
El estudio de las funciones ambientales del sector Educación se encuentra a la
fecha en una etapa de diseño, dado que a parte que la materia ambiental es
relativamente reciente, la consideración de un sector como Educación en el
ámbito ambiental es aún más nuevo; sin embargo, resulta ser una oportunidad
de poder regular su implementación a partir de las innovaciones en materia
normativa y de las experiencias de otros sectores en el proceso de ejecución de
las funciones ambientales a su cargo.
La presente investigación se ha realizado teniendo como principal fuente a la
normativa ambiental general, que regula las funciones y alcance de las diversas
entidades competentes para realizar la certificación y fiscalización ambiental.
Se propone identificar el estado situacional de las funciones ambientales del
sector Educación y a cargo de que entidades del Estado se encuentran
asignadas, así como las condiciones de su atribución y las dificultades para su
ejercicio efectivo e idóneo con la finalidad de fortalecer la protección del
ambiente.
Asimismo, se analiza el rol del MINEDU tanto como autoridad ambiental
competente como entidad de fiscalización ambiental competente del sector
Educación; así como los principales problemas que se ha enfrentado el alcance
y la necesidad de arreglos institucionales por parte del MINEDU para el ejercicio
idóneo de las funciones ambientales de certificación y fiscalización ambiental del
sector Educación.
Finalmente, se presentan propuestas de mejora regulatoria tanto respecto de su
estructura organizacional para potenciar su funcionamiento como la
implementación de arreglos institucionales para contar con un Sistema de
Certificación y Fiscalización Ambiental que potencie el ejercicio de las funciones
ambientales a cargo del MINEDU. / The subject of interest of this research work is the implementation of the
environmental functions of the Education sector by MINEDU, that is, both
environmental impact assessment and environmental enforcement.
The study of the environmental functions of the Education sector is currently in a
design stage, given that apart from the fact that the environmental matter is
relatively recent, the consideration of a sector such as Education in the
environmental field is even newer. However, it turns out to be an opportunity to
regulate its implementation based on innovations in regulatory matters and the
experiences of other sectors in the process of executing the environmental
functions under their responsibility.
This research has been carried out having as its main source the general
environmental regulations, which regulate the functions and scope of the various
competent entities to carry out environmental certification and inspection.
It is proposed to identify the situational status of the environmental functions of
the Education sector and in charge of which State entities are assigned, as well
as the conditions of their attribution and the difficulties for their effective and
suitable exercise in order to strengthen the protection of the environment.
Likewise, the role of MINEDU is analyzed both as a competent environmental
authority and as a competent environmental inspection entity of the Education
sector; as well as the main problems the scope has faced and the need for
institutional arrangements by MINEDU for the proper exercise of environmental
certification and environmental control functions of the Education sector.
Finally, proposals for regulatory improvement are presented, both regarding its
organizational structure to enhance its operation and the implementation of
institutional arrangements to have an Environmental Certification and
Enforcement System that enhances the exercise of environmental functions in
charge of MINEDU.
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La aplicación del artículo 17° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, durante los años 2013 y 2017Sanchez Lozano, Katherine Milagros 11 March 2019 (has links)
El artículo de investigación visibiliza los criterios aplicados por el Organismo de Evaluación
y Fiscalización Ambiental para el ejercicio de la competencia otorgada por el artículo 17° de
la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, desde
su entrada en vigencia en el mes de abril de 2013 hasta diciembre de 2017, periodo de tiempo
que nos permite analizarlos antes, durante y después que surta efecto la declaración de
ilegalidad e inconstitucionalidad de la Resolución de Consejo Directivo N° 031-2014-OEFACD
que aprobó reglas jurídicas para la aplicación del artículo 17° de la Ley del Sistema
Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental en el ámbito de la fiscalización ambiental
minera, emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte
Suprema de Justicia de la República. De la revisión comparativa de las principales
resoluciones de 11 procedimientos desarrollados en el periodo de investigación seleccionado,
se acredita que la Entidad inobserva lo planteado por el Poder Judicial al reemplazar la figura
“grupo económico” por el de “actuación como productor único”, obviando el análisis previo
y medular de la instancia judicial: el OEFA debe aplicar la competencia otorgada por el
artículo 17° de la Ley N° 29325 respetando de forma irrestricta las competencias de los
gobiernos regionales, entre ellas las vinculadas a fiscalizar el cumplimiento de las
condiciones habilitantes de los estratos de pequeña minería y minería artesanal.
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División de la titularidad de un instrumento de gestión ambiental en el sector gran minería a través de la transferencia de las concesiones mineras o de la concesión de beneficioRuesta Otoya, Favio Ricardo 27 February 2020 (has links)
Esta investigación analiza la figura contenida en el Artículo 22 del Decreto Supremo N° 040-
2014-EM, una figura que, creada en el 2014, no ha sido utilizada todavía y genera muchas
interrogantes. Contempla el escenario en que el titular de un proyecto minero con instrumento
de gestión ambiental (IGA) aprobado (actividades de explotación y beneficio), transfiera u
otorgue en cesión todas sus concesiones mineras, o bien (es decir, excluyentemente) la
concesión de beneficio, habilitando al adquirente o cesionario a utilizar el mismo instrumento
de gestión ambiental original, siempre que se haya obtenido la aprobación de un procedimiento
de modificación sobre dicho IGA. Establece como requisitos el destino exclusivo de dichas
concesiones, respectivamente, a actividades de explotación y de beneficio, así como el
funcionamiento independiente de dichas actividades. En primer lugar, hemos verificado la
viabilidad legal de la figura a la luz del principio de Indivisibilidad del Sistema Nacional de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), y en el marco legal sectorial minero. En segundo
lugar, verificamos su viabilidad pragmática a través de la existencia real de proyectos mineros
que únicamente desarrollan actividad de explotación y de beneficio, respectivamente.
Finalmente, a efectos de garantizar la seguridad jurídica de los administrador que participen de
esta figura y del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental al momento de fiscalizar,
hemos reflexionado sobre los cuidados que debe tener la autoridad ambiental que apruebe la
modificación del IGA original, en base a un cuestionable caso práctico que -si bien no es
aplicación de la figura materia de análisis- se acerca mucho porque incluyó a dos titulares
dentro de la certificación ambiental de una unidad minera.
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Airu: solución integral para empresas que buscan incorporar mecanismos de sostenibilidadCardenas Silva, Alexandra Luz, Durand Ramirez, Hugo Ivan, Hernandez Guevara, Carmen Amelia Del Milagro, Pando Portal, Bruno Adolfo 03 May 2022 (has links)
En la actualidad, las empresas buscan diferenciarse no sólo por el producto que
ofrecen a sus clientes; sino también, por mantener una adecuada reputación de marca a través
de la sostenibilidad. Ante esta necesidad, se ha identificado la oportunidad de negocio que
tiene por finalidad ofrecer mecanismos integrales para reducción de huella de carbono de las
empresas. Esta solución consistirá en un aplicativo para la concientización de sus
colaboradores, los cuales, a través de sus acciones en beneficio del medio ambiente, aportarán
a la reducción de la huella de carbono corporativa. Además, permitirá el sembrado de árboles
con personas con discapacidad intelectual y entregará bonos de carbono que acrediten la
captura de CO2 del medio ambiente.
El objetivo en cinco años es: plantar más de 12,000 árboles en Lima; retirar más de
1,100 toneladas de CO2, contratar 61 personas con discapacidad intelectual al quinto año,
generar alianzas estratégicas, y contribuir con parte de las ODS. El cumplimiento de estos
objetivos permitirá alcanzar, en un período de cinco años, un VANE y VANF mayores a
USD 1MM, y un VANS mayor a USD 0.7MM.
En conclusión, este proyecto es viable y factible; además, contribuye con el medio
ambiente, inclusión de personas con discapacidad intelectual, reducción de huella de carbono
a concientización de las personas para el cuidado del medio ambiente. Asimismo, tiene un
potencial de escalabilidad, ya que se puede vender las licencias al interior y exterior del país;
asimismo, permitirá a las empresas enfocarse en el “core” de sus negocios, y al mismo
tiempo contar con mecanismos que les facilite adoptar o mantener buenas prácticas de
sostenibilidad. / Nowadays, companies seek to differentiate themselves not only by the product they
offer to their customers, but also by maintaining an adequate brand reputation through
sustainability. Given this need, a business opportunity has been identified to offer integral
mechanisms to reduce the carbon footprint of companies. This solution will consist of an
application for the awareness of its employees, who, through their actions for the benefit of
the environment, will contribute to the reduction of the corporate carbon footprint; it will also
allow the planting of trees with people with intellectual disabilities and will deliver carbon
bonds that certify the capture of CO2 from the environment.
The objective in five years is: to plant over 12,000 trees in Lima, remove over 1,100
tons of CO2, hire 61 people with intellectual disabilities by the fifth year, generate strategic
alliances and contribute to part of the SDGs. Fulfillment of these objectives will allow the
company to achieve an ENPV and a FNPV over than USD 1MM and a SNPV over than USD
0.7MM in a period of five years.
In conclusion, this project is viable and feasible, it also contributes to the
environment, inclusion of people with intellectual disabilities and reduction of carbon
footprint and awareness of people to care for the environment. Also has a potential for
scalability, since the licenses can be sold inside and outside the country, and it will allow
companies to focus on the core of their business and at the same time have mechanisms that
facilitate them to adopt or maintain good sustainability practices.
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Reducción de la huella de carbono a través del uso de tecnología sostenible basada en árboles artificialesBarreto Montes, Bernardo Ulises, Briceño Cornejo, Yuri Jacqueline, Febres Peñalva, Daniel Aurelio, Jimenez Alanya, Giomar Paolo 11 May 2022 (has links)
La contaminación ambiental es uno de los temas, de trascendencia nacional e
internacional, más relevantes de los últimos tiempos, por la evidencia de los daños
ocasionados a la salud de los seres vivos y a los ecosistemas. Es por ello que se debe
redefinir la orientación del desarrollo económico en consonancia con el cuidado del medio
ambiente, en especial respecto del control de las emisiones de CO2.
La presente tesis pretende resolver un problema medioambiental complejo y de
nivel global: “el control de las emisiones de CO2”, a través una propuesta de negocio
basada en el cobro mensual por el servicio de purificación del aire, valorizado en función
de la cantidad CO2 capturada y purificada, que el cliente contrata como mecanismo de
compensación de su actividad contaminante. Dicho servicio se realiza a través de árboles
artificiales con microalgas y paneles electrónicos que conmutan en la extracción de estos
agentes contaminantes y que cada unidad emula a 360 árboles naturales en la captura de
Co2.
El servicio está orientado al segmento retail, compuesto por diversos centros
comerciales de la capital, que son grandes focos contaminantes y cuyos espacios no
permiten albergar gran cantidad de árboles naturales. Además, cumplen con hasta 4
objetivos de desarrollo sostenible (ODS), se basa en IoT, reduce la contaminación por
emisiones de CO2, y genera un impacto indirecto en la salud y la reducción del
calentamiento global. / Environmental pollution is one of the most relevant issues of national and
international importance in recent times, due to the evidence of the damage caused to the
health of living beings and ecosystems. That is why the orientation of economic
development must be redefined in line with caring for the environment, especially about the
control of CO2 emissions.
This thesis aims to solve a complex and global environmental problem: “the control
of CO2 emissions”, through a business proposal based on the monthly charge for the air
purification service, valued according to the amount of CO2 captured and purified, which
the client hires as a compensation mechanism for its polluting activity. This service is
carried out through artificial trees with microalgae and electronic panels that switch in the
extraction of these pollutants and that each unit emulates 360 natural trees in capturing
Co2.
The service is offered to retail segment, made up of various shopping centers in the
capital, which are large polluting sources and whose spaces do not allow large quantities of
natural trees to be placed. In addition, they meet up to 4 sustainable development goals
(SDG), are based on IoT, reduce pollution from CO2 emissions, and generate an indirect
impact on health and the reduction of global warming.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 443-2018- OEFA/TFA-SMEPIMVerastegui Miranda, Liliana Cristina 07 August 2024 (has links)
La autora del presente informe jurídico efectúa el análisis de la argumentación
empleada por el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA en la Resolución
N° 443-2018-OEFA/TFA-SMEPIM, mediante la cual se establece la
responsabilidad administrativa de la empresa Cervecería San Juan S.A. por
haber superado los límites máximos permisibles. Es así que, mediante la
interpretación del régimen general previsto en la Ley del Procedimiento
Administrativo General, el régimen especial contenido en los dispositivos
ambientales, las fuentes jurisprudenciales y doctrinales, la autora proporcionará
una perspectiva clara sobre la conceptualización y alcances de la figura de la
subsanación voluntaria, el tratamiento de los límites máximos permisibles en el
ordenamiento peruano, la naturaleza de la infracción de la superación de los
LMP, el cuestionamiento acerca de la posibilidad de subsanación de dicha
conducta y el consecuente o no acogimiento a la eximente de subsanación
voluntaria contenida en el literal f) del numeral 1 del artículo 255 del Texto Único
Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
En base a dicho análisis, se podrá concluir que la empresa San Juan S.A. es
responsable administrativamente por haber cometido la conducta infractora de
exceder los Límites Máximos Permisibles establecidos para el parámetro
Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO5). Que los argumentos de los
administrados sobre que habrían subsanado la conducta infractora y que, por
ende, se encontrarían exonerados bajo el eximente de responsabilidad, son
inviables toda vez que la naturaleza de la infracción la hace insubsanable, con lo
cual, su presunta corrección no podría ser amparada bajo la eximente de
responsabilidad administrativa de subsanación voluntaria. / The author of this legal report analyzes the arguments used by the Environmental
Supervision Court of OEFA in Resolution No. 443-2018-OEFA/TFA-SMEPIM,
through which the administrative responsibility of the company Cerveceria San
Juan S.A. is established for having exceeded the maximum permissible limits.
Thus, through the interpretation of the general regime provided under the Law of
General Administrative Procedure, the special regime contained in the
environmental devices, the jurisprudential and doctrinal sources, the author will
provide a clear perspective on the conceptualization and scope of the figure of
voluntary correction, the treatment of the maximum permissible limits in the
Peruvian legal system, the nature of the infraction of exceeding the MPL, the
question about the possibility of correction of said conduct and the consequent
or non-use of the defense of voluntary correction contained in literal f) of numeral
1 of article 255 of the Single Ordered Text of the Law of General Administrative
Procedure.
Based on this analysis, it can be concluded that the company San Juan S.A. is
administratively responsible for having committed the offending conduct of
exceeding the Maximum Permissible Limits established for the Biochemical
Oxygen Demand (BOD5) parameter. That the arguments of the administrators
that they would have corrected the offending conduct and that, therefore, they
would be exonerated under the defense of liability, are unviable since the nature
of the infraction makes it insurmountable, therefore, its alleged correction could
not be protected under the exemption from administrative liability of voluntary
correction.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 430-2023- OEFA/TFA-SEQuispe Andía, Mónica Fiorela 13 May 2025 (has links)
El problema principal abordado es determinar de qué manera la falta de criterios
objetivos en la Metodología para el Cálculo de Multas del Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental para determinar los costos evitados cuando
no hay información suficiente sobre el daño ambiental real afecta la aplicación
efectiva del principio de internalización de costos en los procedimientos
administrativos sancionadores ambientales.
Los instrumentos normativos analizados incluyen la Ley General del
Ambiente, la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental,
el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del OEFA, y la
Metodología para el Cálculo de Multas del OEFA. También se examinan
resoluciones del Tribunal de Fiscalización Ambiental que establecen criterios
sobre la determinación de costos evitados.
Las principales conclusiones son:
1. La falta de criterios objetivos claros genera incertidumbre y afecta la
atribución adecuada de responsabilidades ambientales y económicas.
2. Esta situación debilita los objetivos de protección ambiental y desarrollo
sostenible que busca promover el principio de internalización de costos.
3. La incertidumbre sobre el cálculo de multas puede generar incentivos
inadecuados para que los administrados adopten medidas de prevención
ambiental.
4. La subjetividad en la determinación de costos evitados impacta
negativamente en la confianza legítima y seguridad jurídica de los
administrados respecto a las consecuencias de sus actos. / The main problem addressed is the lack of clear objective criteria in OEFA's
Methodology for Calculating Fines to determine avoided costs when there is
insufficient information about actual environmental damage. This affects the
effective application of the cost internalization principle in environmental
administrative sanction procedures.
The analyzed regulatory instruments include the General Environmental
Law, the Law of the National System of Environmental Evaluation and Oversight,
OEFA's Administrative Sanction Procedure Regulation, and OEFA's
Methodology for Calculating Fines. Resolutions from the Environmental
Oversight Tribunal establishing criteria for determining avoided costs are also
examined.
The main conclusions are:
1. The lack of clear objective criteria generates uncertainty and affects the
adequate attribution of environmental and economic responsibilities.
2. This situation weakens the environmental protection and sustainable
development objectives that the cost internalization principle seeks to
promote.
3. Uncertainty about fine calculation can generate inadequate incentives for
regulated entities to adopt environmental prevention measures.
4. Subjectivity in determining avoided costs negatively impacts the legitimate
expectations and legal certainty of regulated entities regarding the
consequences of their actions.
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Informe Jurídico sobre la Resolución del Tribunal de Fiscalización Ambiental de la Primera Sala Especializada Permanente Competente en las materias de Minería y Energía Nº 021-2014-OEFA/TFA-SEP1Alata Quispe, Flordeliz 08 August 2024 (has links)
El presente informe sobre la resolución Nº 021-2014-OEFA/TFA-SEP1 busca
analizar la posible vulneración de los principios de legalidad y tipicidad de la
Resolución Ministerial Nº 353-2000-EM-VMM, norma con la que el Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA sancionó a la Empresa
Administradora Chungar S.A.C por un incumplimiento ambiental contenido en el
artículo 5º Decreto Supremo Nº 016-93-EM.
En ese sentido, se realiza un análisis de legalidad y tipicidad de la norma que
contiene la obligación ambiental y, también, de la norma con la que se le
sancionó a la empresa antes señalada. Asimismo, se realiza una crítica al
análisis de la obligación ambiental del titular minero de cara a la resolución antes
mencionada, ya que realizó el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA
sostuvo que que el artículo 5 Decreto Supremo Nº 016-93-EM contiene 2
obligaciones ambientales. Y, demás, se identifican las obligaciones ambientales
que le corresponde cumplir al titular minero por las actividades que desarrolla.
Finalmente, se analiza la posibilidad de aplicar la retroactividad benigna sobre la
sanción que se le impuso al titular minero, Empresa Administradora Chungar
S.A.C . / This report on resolution No. 021-2014-OEFA/TFA-SEP1 seeks to analyze the
possible violation of the principles of legality and typicality of Ministerial
Resolution No. 353-2000-EM-VMM, a rule with which the Evaluation and
Evaluation Body Environmental Enforcement – OEFA sanctioned the
Administrative Company Chungar S.A.C for an environmental non-compliance
contained in article 5 of Supreme Decree No. 016-93-EM.
In this sense, an analysis of the legality and typicality of the norm that contains
the environmental obligation and, also, of the norm with which the
aforementioned company was sanctioned, is carried out. Likewise, a criticism is
made of the analysis of the environmental obligation of the mining owner in view
of the aforementioned resolution, since the Environmental Supervision Court of
the OEFA held that article 5 of Supreme Decree No. 016-93-EM contains 2
obligations environmental. And, furthermore, the environmental obligations that
the mining owner must comply with for the activities it carries out are identified.
Finally, the possibility of applying benign retroactivity to the sanction imposed on
the mining owner, Empresa Administradora Chungar S.A.C, is analyzed.
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