• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 622
  • 27
  • 5
  • 1
  • 1
  • Tagged with
  • 656
  • 293
  • 286
  • 251
  • 251
  • 251
  • 251
  • 251
  • 246
  • 180
  • 176
  • 149
  • 140
  • 122
  • 99
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
311

Informe sobre Expediente N.° 535-2002

Santayana Sanchez, Luis Ricardo 07 April 2021 (has links)
El expediente materia de análisis permite abordar una serie de problemáticas jurídicas, dentro de las cuales cabe destacar el análisis integral de la teoría del delito y sus diferentes subcategorías. Asimismo, se encuentran presentes aspectos de la normativa procesal a ser contrastados desde el aún vigente Código de Procedimientos Penales y la más reciente normativa del Nuevo Código Procesal Penal, principalmente en torno al control judicial de las resoluciones de primera instancia efectuado por la Corte Suprema. Finalmente, en la tramitación del expediente subyace una problemática cuya relevancia y necesidad de prevención ha venido tomando mucha importancia en los últimos años, como lo es el fenómeno de la violencia de género y lo que ello entraña para la aplicación de las categorías e instituciones jurídico-penales vigentes en nuestro ordenamiento. En razón de lo señalado, considero que la presente investigación se justifica en dos principales razones: la revisión de la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad en el caso concreto y las vías alternativas a través de las cuales las causas de justificación podrían ser reinterpretadas en función de los efectos que un fenómeno estructural como la violencia de género podría tener en la aplicación del Derecho Penal. En ese sentido, se sustenta como hipótesis la concurrencia de un estado de necesidad exculpante en la conducta de la procesada y, asimismo, postulo una reinterpretación de los parámetros para la aplicación de la causa de justificación del “estado de necesidad justificante” en atención a los efectos que la violencia de género podría tener tanto sobre la víctima de la misma como sobre aquellos terceros en estrecha vinculación con esta. Para el presente trabajo, se utilizó como metodología la revisión de doctrina jurídica y jurisprudencia aplicables al caso concreto, a través del método dogmático-jurídico.
312

Informe Jurídico sobre la Casación 374-2015 – Caso Aurelio Pastor

Huaman Hidalgo, Candy Alessandra 12 August 2021 (has links)
El caso por el cual Aurelio Pastor Valdivieso, reconocido político peruano, fue sentenciado en primera y segunda instancia por la comisión del delito de tráfico de influencias y absuelto por la Casación 374-2015 Lima es un antecedente muy importante para comprender cómo en nuestro país se ha venido entendiendo la naturaleza de este delito, en especial, la modalidad de “influencias simuladas”. Es así como buscaremos, en primer lugar, identificar el bien jurídico tutelado por el tipo penal “tráfico de influencias” mediante el análisis de las distintas posturas al respecto, así como presentar los elementos necesarios para su configuración. En segundo lugar, evaluaremos si el ejercicio legítimo de la profesión de abogado podría ser tomado como una causa justificante para el delito de tráfico de influencias simuladas, conforme a lo señalado por la Corte Suprema, amparándose en que los actos por los que Aurelio Pastor fue sentenciado corresponderían a gestiones de intereses que los abogados estarían autorizados a hacer en búsqueda de cumplir con el derecho a la defensa de sus patrocinados. Por último, el presente informe jurídico buscará identificar si en el caso específico existió una incitación por parte del tercero interesado en la ejecución de las influencias invocadas configurando un delito provocado. / The case for which Aurelio Pastor Valdivieso, renowned Peruvian politician was sentenced in first and second instance for the commission of the crime of influence peddling and acquitted by the Cassation 374-2015 Lima is a very important precedent to comprehend how the nature of this crime has been understood in our country, especially in the “simulated influences” modality. In this way we pretend to, in first place, identify the protected juridical good by the crime of influence peddling by analyzing the different positions in this regard, as well as presenting the necessary elements for its configuration. In second place, we will evaluate whether the legitimate exercise of the legal profession could be taken as a justifying cause for the crime of simulated influence peddling, in accordance with the Supreme Court, based on the fact that the acts for which Aurelio Pastor was sentenced would correspond to interest management that lawyers would be authorized to do in order to comply with the right to defense of their clients. Finally, this legal report will seek to identify whether in the specific case there was an incitement by the third party interested in the execution of the pleaded influences, configuring a provoked crime.
313

La justificación del castigo en la filosofía del Derecho contemporánea

Torres Ortega, Ilsse Carolina 25 September 2017 (has links)
El objeto del presente trabajo de investigación es el debate sobre la justificación del castigo en el pensamiento de tres de los autores más representativos de la filosofía del Derecho contemporánea. En primer lugar, abordo la cuestión del castigo desde la perspectiva de Alf Ross, exponiendo algunas cuestiones generales sobre su pensamiento y su propuesta para reorganizar la discusión sobre la pena a partir de la pregunta general ¿por qué castigamos? En segundo lugar, presento este tema en el pensamiento de H.L.A. Hart, incluyendo distintos elementos de su teoría general y de su reflexión en torno al Derecho penal, así como su propuesta de sistematización del problema de la justificación del castigo en las cuestiones de definición, de la finalidad general de la institución y de la distribución de castigos. En tercer lugar, expongo cómo ha sido tratado este tema en el pensamiento de Carlos S. Nino, presentando las principales tesis de su concepción liberal del individuo, de la sociedad y del Derecho, y su teoría normativa de adjudicación de responsabilidad penal. Finalmente, elaboro unas breves conclusiones en las que pretendo comparar los proyectos de estos tres autores para esclarecer algunas cuestiones centrales sobre el problema de la justificación del castigo.
314

Diseño de un sistema de control interno basado en la auditoría operativa, para contrarrestar estafas electrónicas, en empresas que realizan operaciones de compra y venta, mediante comercio electrónico, en la ciudad de Chiclayo 2013

Romero Gonzales, Clever, Aguilar Melendez, Elmer Daniel January 2014 (has links)
Para la presente investigación se ha tomado en cuenta como problema, ¿El diseño de un control interno basado en la auditoría operativa, disminuirá actos de estafas electrónicas, en las empresas que realizan operaciones mediante el comercio electrónico, en la ciudad de Chiclayo?, del que se formuló como objetivo; diseñar un sistema de control interno que contrarreste actos de estafas electrónicas en empresas dedicadas al comercio electrónico en la ciudad de Chiclayo. Así como establecer una propuesta que les posibilite a dichas empresas tener una alternativa de solución. El principal problema por la que estas empresas se ven afectadas y expuestas, es la existencia del riesgo latente y vinculado a hechos de estafas electrónicas. La poca preocupación por parte de estas organizaciones en la determinación de un sistema de control interno que le faculte de herramientas y medios que hagan posibles realizar un seguimiento, y evaluación de sus actividades que realiza, hace que se desarrollen cada vez más actos negativos a la hora de la realización de los pagos por parte de los usuarios, hacia los productos o servicios que se oferten. A su vez trae como consecuencia el incremento de actividades tales como: el uso de tarjetas caducadas o canceladas, alteradas o falsas; hurto informático; apropiación indebida informática; sustracciones de tarjetas; falsedad documental informática.
315

La gravedad de la falta como criterio habilitador para despido laboral, caso concreto : injuria y faltamiento de palabra

Rojas Ruiz, Olinda Noelia del Rocio January 2012 (has links)
El presente trabajo se basa en la metodología cualitativa, el mismo que obedece al análisis de los divergentes pronunciamientos jurisprudenciales de nuestros tribunales, en la evaluación y calificación de la gravedad de la falta de injuria y faltamiento de palabra para habilitar el despido del trabajador, teniendo como propósito unificar las peculiaridades que configuran a la injuria y faltamiento de palabra, como falta “grave” que justifique el despido del trabajador. Asimismo este análisis responde debido a que el despido por falta grave de injuria o faltamiento de palabra consagrado en el articulo 25 inciso f) de productividad y competitividad laboral, sólo refiere sí el trabajador incurre en injuria o faltamiento de palabra, el empleador en ejercicio de su potestad sancionadora lo despedirá, al volverse insostenible el vínculo laboral; ante ello, el mencionado artículo no establece la “gravedad” de la falta para facultar el despido, quedando una libre valoración de esta que podría transgredir los derechos fundamentales del trabajador.
316

Aplicación de un sistema de alerta temprana basada en la minería de datos para identificar patrones delictivos en la ciudad de Chiclayo

Jiménez Berríos, Lesly Haymet January 2015 (has links)
La investigación surgió como alternativa de solución a las deficiencias encontradas en el proceso de registro de denuncias y caracterización de perfiles delictivos. El análisis de la información delictiva es vital para los fines de prevención delictiva, por ello se analizó los registros de los delitos cometidos en el pasado involucrando a los autores materiales, el delincuente. Tomando como base la metodología CRISP-DM. Tuvo como hipótesis que el desarrollo de un modelo de minería de datos como herramienta de apoyo podría contribuir a la caracterización de perfiles delictivos. Teniendo como objetivo principal identificar patrones delictivos de la ciudad de Chiclayo apoyado por la implementación del sistema de alerta temprana basada en la minería de datos, ya que cada vez este proceso es más tedioso pues la información obtenida de cada denuncia respecto al delincuente está desligada, generando pérdidas de tiempo al momento de analizar dicha información, conllevando a crear perfiles delictivos deficientes. Los resultados de la investigación indicaron que se logró identificar 12 perfiles delictivos diferenciados demostrando que el sistema de alerta temprana es aplicable pues consiguió reducir considerablemente el tiempo dedicado al proceso de registro de denuncias y búsquedas de perfiles delictivos. En conclusión la implementación del sistema alcanzó su objetivo, permitió a los policías acceder a la información de forma organizada y sistematizada, además logró minimizar la búsqueda de posibles personas sospechosas ante una denuncia.
317

El delito de plagio incorporado a la categoría de los delitos de resultado, regulándose el carácter excluyente de las acciones típicas del artículo 219º hacía una adecuada tipificación del delito en el código penal peruano

Sanchez Bravo, Maria Guadalupe January 2018 (has links)
El plagio es la acción de copiar las ideas que le pertenecen a otro sujeto, transgrediendo su derecho de autor; desde el punto de vista administrativo, se castiga como una infracción, pues se afecta derechos patrimoniales y morales recogidos en la ley de derecho de autor, decreto legislativo N° 822. Pese a lo útil que resulta la Ley, esta nos conduce a un conflicto normativo, pues el código penal, en su artículo 219° recoge el “delito de plagio”, regulando la acción de “plagiar”, no como infracción sino como un delito. Por ello, se debe contextualizar cuándo nos hallamos ante una infracción administrativa y cuando frente a un delito. Como resultado de la interrogante, se plantea como solución que cuando se afectan derechos patrimoniales- reproducción, comunicación pública, distribución, traducción e importación- nos encontramos frente a una sanción administrativa; muy por el contrario, cuando se ven vulnerados derechos morales, se comete el delito de plagio, pues se está atentado directamente contra la apropiación ilícita de ideas que por la originalidad de su manifestación en el mundo exterior le pertenecen a otro sujeto. Con lo precedente, podemos decir que, conforme a la actual regulación del delito de plagio, resulta ser un delito de propia mano, es decir, para su realización exige la ejecución personal o corporal del sujeto que se encuentre de manera inmediata a realizarlo, excluyéndose a otros. Por tanto, la persona que copia de forma total o parcial el texto, o trata de disimularla mediante ciertas alteraciones, y posteriormente lo divulga adjudicándose la autoría, será el único autor. Por ello, al incorporar el delito de plagio a la categoría de los delitos de resultado, se está abarcando vacíos que la norma, por la forma en la que el legislador la redactó, dejó mecanismos de evasión de responsabilidad penal, por citarlo de forma literal, solo será responsable aquel sujeto que realicé de forma conjunta las acciones “divulgar y copiar o reproducir”; siendo por ello, que la presente tesis, busca que las acciones propias del delito sean excluyentes.
318

Discrecionalidad fiscal en la sanción por infracciones establecidas en los numerales 1 y 7 del artículo 177 del código tributario y el cumplimiento voluntario de los contribuyentes de Lambayeque, en los períodos 2016-2017

Llenque Fiestas, María Nicolasa, Sandoval Laura, Tania Anabel January 2018 (has links)
La administración tributaria como ente generalizado, se encuentra conformado por los gobiernos regionales, locales y entidades con fines específicos (SUNAT), siendo este último el encargado de recaudar los tributos del contribuyente; sin embargo, con el transcurso del tiempo se sigue observando la aplicación de elevadas sanciones que afectan la liquidez y rentabilidad de los contribuyentes, incentivando en ellos la informalidad con las obligaciones tributarias. Mediante la R.S.N.A.O. N.° 040-2016, la Administración señala que no se sancionará a aquellos contribuyentes que incurran por primera vez en alguna infracción estipulada. No obstante, por falta de una cultura tributaria, el contribuyente incide en muchas infracciones, llevando a plantear el siguiente problema ¿De qué manera incide en el cumplimiento voluntario del contribuyente, la discrecionalidad en la aplicación de la sanción por los numerales 1 y 7 del artículo 177 del código tributario? Esta investigación tiene como finalidad determinar si la discrecionalidad en la aplicación de la sanción por las presentes infracciones, inciden en el cumplimiento voluntario del contribuyente y solucionan los problemas percibidos por la población. Se identificó la eficacia de la presente resolución mediante un análisis de la información solicitada a SUNAT; asimismo, se empleará un instrumento a especialistas tributarios en el tema y una encuesta aplicada a la población del sector comercio. Se pudo concluir, que la discrecionalidad en la aplicación de la sanción por los numerales 1 y 7 del artículo 177 del código Tributario no incide favorablemente en el cumplimiento voluntario del contribuyente, aunque hayan venido tomando medidas de mejora, muchos contribuyentes por desconocimiento en el control tributario de sus negocios, se seguirán viendo afectados y de ello mantener una perspectiva negativa de la administración tributaria.
319

La admisión de los delitos de comisión instantánea y efectos permanentes en los casos de cuasi flagrancia en el proceso inmediato en un derecho penal del acto en la jurisprudencia penal peruana

Suyon Cabrera, Rosa Elvira January 2018 (has links)
El derecho penal peruano a través de sus diversas modificaciones ha creado el innovador proceso inmediato, cuyo objetivo es lograr la eficacia y celeridad procesal, siendo la flagrancia delictiva uno de los presupuestos para su incoación, específicamente la cuasi flagrancia, que se configura cuando el autor del hecho punible es descubierto, pero huye, logrando la plena identificación del sujeto y su detención policial dentro de las veinticuatro horas de producido el hecho delictivo. El Tribunal Constitucional peruano ha precisado en el Expediente N° 03691 – 2009 – HC/ TC , que en los delitos permanentes existe un decaimiento de la urgente intervención policial, no obstante la cuasi flagrancia también se encuentra presente en los delitos de comisión instantánea y efectos permanentes, por lo que se deben considerar lícitas la pruebas incautadas en dicha intervención en el caso en concreto, sin existir nulidad procesal, admitiendo un derecho penal del acto con una ponderación de derechos fundamentales basados en la seguridad de la ciudadanía.
320

El tratamiento jurídico y legal de la libertad e indemnidad sexual en el Código Penal peruano

Quiroga Mendoza, Omar Rashid January 2018 (has links)
En la presente tesis se abarca el tema polémico referido al tema de “Cual sería la edad idónea conforme a los lineamientos doctrinales referidos en que la persona que ejerza su libertad sexual debe hacerlo en plena capacidad física y psíquica, es decir que aquella persona pueda comprender lo que implica el desenvolvimiento sexual. A pesar de que el legislador ha considerado que la edad de 14 años seria el nivel o tope limite, además abarcándose en la sociología como ciencia auxiliar, ya que también vemos este rezago configurado en el antiguo código de Murcia, siendo base para ir construyendo el derecho penal como ciencia jurídica. No obstante, los estudios psicológicos que vendrían a ser otra ciencia auxiliadora para la dogmática penal, han demostrado que una persona a los 14 años alcanza un desarrollo físico completo o madurez sexual física más no culmen en el ámbito psíquico y psicológico, y por lo tanto cierta carencia en este requisito primordial. La adolescencia intermedia es en donde se copula tanto el ámbito físico como el psicológico, por lo que pretendemos el regreso al art 173 193 in 3 en base a la edad idónea de los 16 años (adolescencia intermedia) basándonos en el voto del Magistrado Vergara Gotelli. Finalmente se efectuará un análisis del voto de discordia del Magistrado Vergara Gotelli a fin de entender por qué es importante el regreso del artículo 173 inc. 3 del Código Penal. En base a la edad propuesta.

Page generated in 0.0503 seconds