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Propuesta de regulación del régimen y tratamiento penitenciario dirigido a internos sentenciados por el delito de robo agravado

Valdivia Reyes, Rosa Edith January 2019 (has links)
El sistema penitenciario peruano se encuentra en crisis. Los centros penitenciarios hoy día son vistos como lugares donde se mantienen a los reos para castigarlos y rebajarlos a categorías infrahumanas. Los brotes de violencia al interior de los establecimientos penitenciarios dejan al descubierto serias inconsistencias y problemas profundos que ameritan una pronta solución por parte del Estado y la sociedad en su conjunto, con gran incidencia de población juvenil recluida por el delito de robo agravado. Para el análisis y estudio de la actual situación carcelaria en nuestro país se requiere un estudio y propuesta integral y multidisciplinaria, que nos permitirá establecer los presupuestos básicos del sistema científico individualizado de la pena, acorde con el respeto a los derechos fundamentales del reo y a su dignidad como persona, en un régimen abierto y con la implementación de programas más cercanos al tratamiento penitenciario.
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La aplicación del principio de combinación de leyes sustantivas en el tracto legislativo en el delito de organización en la administración de justicia

Cabrera Martinez, Jean Carlos January 2019 (has links)
El delito de organización criminal, se ha venido modificando con el devenir del tiempo, todo ello en razón de la constante variabilidad de la técnica legislativa con la finalidad de cubrir y regular las conductas que antes no eran sancionadas, en los dispositivos legales se encontraba bajo el numen iuris de asociación ilícita para delinquir, dicha figura no tenía relación con el contenido regulado en el artículo, es por eso que el legislador se encuentra en la necesidad de modificar la norma para que se encuentre acorde tanto con el contenido regulado y también con los parámetros establecidos por la normativa internacional. Como consecuencia de estas modificatorias del artículo, este cambia la figura normativa, tanto en su rango de extensión como en el número de sujetos integrantes para la configuración del delito, siendo que antes el requisito mínimo era de dos o más personas y hoy en día se requiere como mínimo la intervención de tres personas, además de ello nos damos cuenta que este delito es subsidiario, es decir, se puede aplicar cuando los otros delitos no han sido probados. Además de ello tenemos distintas manifestaciones de organizaciones criminales la cuales existen en el devenir del tiempo y que es un reto para la justicia el sancionar a los sujetos intervinientes por la complejidad que existente dentro de este aparto organizado para delinquir, es por ello que el estado de ha dotado de mecanismos y políticas criminales para poder combatirlos y sancionarlos hoy en día. Finalmente en el apartado tercero se puede observar las distintas apariciones y formaciones de organizaciones criminales, con la finalidad de identificar el tipo de delincuencia existente en la sociedad, así mismo esta figura facilita al juzgador al momento de atribuir responsabilidades a sus integrantes, siendo que en nuestro sistema jurídico se usan dos tipos de atribución de responsabilidad penal, tanto el de responsabilidad por el hecho propio y por pertenecer a la organización criminal, ya que esta contiene un injusto propio que radica en la peligrosidad de integrar este ente colectivo.
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La infracción de deber vs la vulnerabilidad del bien jurídico en el delito de Peculado: Análisis del R.N Nº 615-2015-LIMA

Cardenas Veintemilla, Karla Patricia 16 August 2021 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo principal el análisis de la autoría y participación en el delito de peculado doloso desde la posición de la Corte Suprema del Perú en el Recurso de Nulidad Nº 615-2015, sobre el cual versa el proceso penal seguido contra Alberto Fujimori Fujimori por haber ordenado el desvío de fondos públicos al Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) para la compra de diversos titulares de diarios nacionales, llamados “Diarios Chicha”, con el fin de favorecerlo en su campaña de reelección presidencial. Respecto a ello, la Corte Suprema determina que Alberto Fujimori Fujimori no puede ser autor del delito de peculado, dado que como delito de infracción de deber requiere la existencia de un deber positivo institucionalizado que lo vincule a ello, en ese sentido, en su condición de Presidente de la República, no presenta ningún deber establecido respecto a la adminstración o custodia de los caudales del SIN. La metodología empleada requirió la revisión y análisis de jurisprudencia nacional, así como de doctrina extranjera y nacional relevante para la materia tratada. Tras el desarrollo se concluye que dada la postura asumida por el Tribunal Supremo siempre tendríamos que remitirnos a un deber específico indentificado que le compete al funcionario público para ser imputado como autor de peculado. No obstante, esta posición no resulta la más adecuada y genera que se vuelva una imputación administrativa de un delito y no sea coherente con la protección de bienes jurídicos establecida en nuestro ordenamiento penal. / The main objective of this academic paper is the analysis of the authorship and participation in the crime of intentional “embezzlement” from the position of the Supreme Court of Peru in the Nullity Appeal Nº 615-2015, which is the subject of the criminal proceedings against Alberto Fujimori Fujimori for having ordered the diversion of public funds to the National Intelligence Service (SIN) for the purchase of various headlines in national newspapers, called "Diarios Chicha", in order to favor him in his presidential reelection campaign. In this regard, the Supreme Court determines that Alberto Fujimori Fujimori cannot be the perpetrator of the crime of “embezzlement”, since as a crime of breach of duty he requires the existence of a positive institutionalized duty that links him to it, in this sense, as President of the Republic, it does not present any established duty regarding the administration or custody of SIN funds. The methodology used required the review and analysis of national jurisprudence, as well as foreign and national doctrine relevant to the subject matter. After the development it is concluded that given the position taken by the Supreme Court we would always have to refer to an identified specific duty that belongs to the public official to be charged as the perpetrator of “embezzlement”. However, this position is not the most ADE and generates that it becomes an administrative imputation of a crime and is not consistent with the protection of legal assets established in our penal system.
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Criterios para aplicar la concertación como elemento normativo en el delito de colusión

Cabrera Perez, Jaylina Danli January 2020 (has links)
La presente investigación gira en torno al hecho de que el elemento “concertar” del delito de Colusión, al ser tratado como un elemento descriptivo, es decir, como un acuerdo de voluntades, contendría una alta dificultad de probanza para demostrar que los sujetos intervinientes dialogaron, conversaron, se conocieron, etc. por lo que se le debería comprender desde la perspectiva normativa. Para lograrlo, se ha dividido la presente investigación en tres capítulos. En el primer capítulo se explica la estructura del delito de Colusión con el fin de comprenderlo y se hace énfasis en el verbo “concertar”, pues éste es el principal elemento del citado tipo penal. En el segundo capítulo se define a la concertación desde la perspectiva doctrinal y jurisprudencial, advirtiéndose que es considerada tanto un elemento descriptivo como un elemento normativo. Por último, en el tercer capítulo se explica a la concertación como un elemento normativo del delito de Colusión. En esta investigación se establece criterios para aplicar la concertación como un elemento normativo en el delito de Colusión que permita una correcta configuración del mismo y conlleve a evitar los grados de impunidad que puedan advertirse por su alta dificultad de probanza si es considerado como un elemento descriptivo. En consecuencia, la concertación se debe entender como un elemento normativo, sujeto a un juicio de valor bajo los parámetros de determinados criterios, para lo cual se deberá prescindir de los conceptos naturalísticos y optar por conceptos normativos, ello con el fin de evitar que muchos casos sean absueltos al no poder probarse el pacto colusorio visto desde un aspecto descriptivo.
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Análisis de la venta de influencias simuladas en el ordenamiento jurídico peruano

Pretel Angulo, Nadia Luz January 2020 (has links)
En la presente investigación se analizó la propuesta de modificación del artículo 400° del Código Penal referente al delito de tráfico de influencias simuladas, delito que está comprendido dentro del título llamado “delitos cometidos por funcionarios públicos”, la propuesta de modificación emana de la evidente existencia de una colisión normativa, pues de acuerdo al estudio realizado veremos que tal delito tiene características diferentes a todos los comprendidos dentro del mismo apartado. Es así que, como producto del desarrollo de la investigación se llevó acabo el análisis del delito de tráfico de influencias en su modalidad simulada y se explica el por qué se llega a subsumirse en el delito de estafa. Debemos recordar que el derecho penal es de ultima ratio, pues como sabemos conoce las causas como último medio de solución, debido a ello es considerado un limitativo de derechos fundamentales; por ello, es importante que los delitos consignados en el Código Penal estén correctamente tipificados.
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Análisis del tipo penal de sicariato a causa de la existencia del tipo penal de homicidio calificado por lucro

Acha Flores, Viviana January 2020 (has links)
El Estado Peruano en el año 2015 promulgó el Decreto Legislativo N° 1181 donde incorpora al Código Penal el tipo penal sicariato regulado en el artículo 108 – C; por los diferentes problemas que existían nuestra sociedad, siendo el más relevante los asesinatos por sicarios. Sin embargo, el legislador no ha tenido en cuenta que dicha conducta, “un sujeto ejecuta el asesinato de su víctima movido por un fin lucrativo”; ya contemplaba el Código Penal, esto es, el delito de Homicidio calificado por lucro previsto en el artículo 108 inciso 1. Es por esto que, la presente investigación tiene como finalidad determinar que el delito de Sicariato regulado en el artículo 108 – C del Código Penal es análogo al delito de Homicidio calificado por lucro previsto en el artículo 108 inciso 1 del Código Penal; y que dichas similitudes normativas que presenta el tipo penal de sicariato con relación al tipo penal de homicidio calificado por lucro hace que su regulación sea innecesaria; este estudio se enmarca dentro de las investigaciones descriptivas-explicativas, es decir, un análisis cualitativo. Para dar solución a estas similitudes normativas, será la derogación del tipo penal de sicariato y reforzamiento del tipo penal de homicidio calificado por lucro incorporando un segundo párrafo de las agravantes de aquel delito, cuando se realice la modalidad de lucro.
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La aplicación del sistema cuantitativo en la prueba trasladada como contribución en la valoración del caudal probatorio en los delitos de corrupción funcionarial

Pintado Ventura, Thalia Geraldine January 2021 (has links)
La prueba trasladada llega a la legislación peruana con la finalidad de coadyuvar en el proceso, pero a lo que se enfrenta es a una realidad a la que no puede ser sometida, porque la valoración que se le da es la misma del juicio de la valoración del proceso de la cual es extraída, tornándose de esta forma un tanto subjetiva. Teniendo en cuenta la realidad de la prueba trasladada en cuanto a su valoración, esta investigación plantea determinar de qué forma la aplicación del sistema cuantitativo en la prueba trasladada constituiría una contribución en la valoración del caudal probatorio en los delitos de corrupción funcionarial. Por lo que se propone la utilización del sistema cuantitativo basado en una tabla de contenido de estándar probatorio, en la misma que se le da un peso porcentual a la prueba trasladada para poder ser admitida en el proceso a la que se traslada.
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La implementación efectiva de oficinas de integridad institucional en las municipalidades distritales como medida de prevención de la corrupción de funcionarios

Martinez Vega, Miguel Angel January 2021 (has links)
La corrupción, es un problema que ha ido aumentando en el mundo, y nuestro país no ha sido la excepción, en específico nuestra Región de Lambayeque no es ajena a esta coyuntura, tomando como referencias los últimos mandatos corruptos de los anteriores alcaldes de la cuidad de Chiclayo generando con ello, efectos negativos para el bienestar de la sociedad, teniendo como consecuencia pobreza y reducción de los ingresos públicos. Por ende, la presente investigación, permite acercarnos a la realidad a través de una metodología basada en la información pública durante los últimos años. Por esta razón, el Gobierno determinó la Política Nacional de Integridad y Lucha frente a la corrupción es así que se emitió el Decreto Legislativo N.º 1327, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.º 010-2017-PCM cuyo artículo 2 crea la Oficina de Integridad Institucional como unidad orgánica que asume regularmente las labores de promoción de la integridad y ética institucional en las entidades públicas. Sin embargo, la propia pauta marca que en aquellas entidades que no cuenten con un aparato orgánico que asuma las funciones de promoción de la integridad y ética institucional, las responsabilidades señaladas las asume la más alta autoridad administrativa de la entidad, pudiendo encomendar tales ocupaciones a la Oficina General de Recursos Humanos o la que cumpla sus veces; no estando la entidad obligada a crear un órgano para que asuma estas funciones. Por ello, lo que se busca en la presente investigación es incorporar Oficinas de Integridad Institucional en las municipalidades distritales como un órgano de apoyo, que estará exclusivamente a cargo de recibir las denuncias de los ciudadanos de los actos de corrupción de funcionarios que se susciten en la Administración Pública, con la finalidad de contrarrestar y porque no pensar de erradicar la corrupción, así como también cubrir vacíos legales en el actual Decreto Legislativo 1327 y su reglamento que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe. Por ello será necesario incorporar dicha figura en las Municipalidades Distritales de la Región de Lambayeque. Así todos los ciudadanos se verán beneficiados con estos cambios y el gobierno municipal tendrá un óptimo e integral desempeño.
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La ejecución provisional de la pena de inhabilitación cometido por funcionarios y servidores en delitos contra la administración pública

Sosa Torrejon, Marisol January 2021 (has links)
El presente artículo científico, aborda las nociones generales sobre la ejecución de la pena de inhabilitación, como consecuencia de actos de corrupción, siendo evidente que este mal sociales uno de los escollos fundamentales para que el Estado pueda cumplir a cabalidad la prestación de servicios que le corresponde asumir a favor de la sociedad, de tal manera se considera que un Estado moderno es aquel que puede controlar y reducir ostensiblemente dicho perjuicio que termina afectando el desarrollo sostenible del país, del mismo modo se presentará un claro y eficiente concepto sobre la corrupción y la indecencia tendida en la Administración Pública, además del ya cuestionado verdadero sentido de la función pública y las posiciones argumentadas por penalistas y estudiosos de la materia, por ello es importante tener como punto referencial a las teorías doctrinales basadas en delitos contra la administración pública, asimismo es conveniente indicar cuales son los mecanismos desarrollados en plano internacional que ha servido como remisión a la lucha contra la corrupción adoptada en nuestro país. En efecto, la inhabilitación en funcionarios públicos en el campo penal, constituye sanciones limitativas de derechos y se aplica como pena principal, provocando una privación de las funciones que ostentaba ya sea por cargo o comisión, ya que con la inhabilitación el funcionario se encontrará impedido de realizar funciones que ejercía, además de desempeñar cargos públicos.
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La entrevista investigativa videograbada como sistema para prevenir la revictimización a favor de niños, niñas o adolescentes víctimas o testigos de delitos sexuales

Zelada Rodriguez, Jose Eduardo January 2021 (has links)
La presente investigación tiene por objetivo proponer la regulación del sistema de “Entrevistas Investigativas Videograbadas” con la finalidad de registrar la declaración de niños, niñas y adolescentes víctimas o testigos de delitos sexuales, contribuyendo así a evitar la revictimización. Para ello fue necesario analizar e interpretar la controversia generada tanto a nivel legal como social respecto a la ineficacia de la Cámara Gesell como único medio para salvaguardar la declaración de los menores cuando su caso llega al sistema penal, pues su deficiente actuación ha traído consigo incertidumbre jurídica en el ordenamiento jurídico peruano; y segundo, fundamentar las razones para regular la figura de Entrevistas Investigativas Videograbadas como sistema de prevención a la revictimización de niños, niñas y adolescentes víctimas o testigos de delitos sexuales, las cuales nos llevan a proponer este sistema dentro de la normativa vigente. Todo este análisis nos permitió plantear nuestro problema de investigación, aplicando un abordaje metodológico de carácter social y jurídico enfocado en garantizar la aplicación del interés superior del niño, a través de propuestas normativas basadas en el análisis del conjunto de normas nacionales e internacionales y principios que regulan la conducta de los ciudadanos, así como de las instituciones jurídicas fundamentales.

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