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Informe jurídico sobre Resolución recaída en el Exp. 01272-2017-PA-TC (Duberlis Nina Cáceres Ramos vs Poder Judicial)Aldave León, María de Fátima Areté 12 August 2024 (has links)
Nina Cáceres Ramos, quien se desempeña como jueza unipersonal de la Corte
Superior, solicita el cese inmediato de la vulneración de su derecho al disfrute
del tiempo libre, libre desarrollo de la personalidad y derecho al trabajo mediante
la interposición de un proceso de amparo. Argumenta que, a pesar que la
Presidencia de la Corte le otorgó el permiso de lactancia materna que le
correspondía por ley, en la práctica dicho permiso no se respetó. Se le
reprogramaron audiencias durante este periodo, incluyendo altas horas de la
noche y fines de semana. Esta situación era de conocimiento de los funcionarios,
quienes alegan que la programación de audiencias en esos horarios busca una
mayor celeridad del sistema penal.
La controversia gira en torno a si se vulneró el derecho a la igualdad de la jueza,
especialmente en su dimensión sustantiva. Aunque este permiso está recogido
por numerosos instrumentos, se concluye que las prácticas arraigadas y las
medidas emitidas por los funcionarios no consideraron la situación de la
demandante ni brindaron condiciones adecuadas atendiendo su estado. Para
resolver el problema principal se desarrollan como problemas secundarios el
principio de igualdad, la actuación de los funcionarios públicos y su relación con
el buen gobierno, y finalmente la resolución de fondo del Tribunal Constitucional,
quien resuelve el recurso de agravio constitucional interpuesto tras la sentencia
que declara infundado el amparo.
Para la resolución y desarrollo de los problemas planteados, se consultará la
Constitución Política del Perú, las leyes y jurisprudencia nacional relacionada,
así como opiniones, directivas e instrumentos internacionales aplicables a
nuestro país. / Nina Cáceres Ramos, who serves as a judge of the Superior Court, requests the
immediate cessation of the violation of her right to enjoy free time, the free
development of her personality, and labor rights through the filing of an protection
process. She argues that, despite the Court Presidency granting her the maternity
lactation leave she was entitled to by law, in practice, this leave was not
respected. Hearings were rescheduled during this period, including late at night
and on weekends. This situation was known to public officials, who argue that
scheduling hearings at those times aims to achieve greater speed in the criminal
justice system.
The controversy revolves around whether the judge's right to equality, especially
in its substantive dimension, was violated. Although this leave is recognized by
numerous instruments, it is concluded that entrenched practices and the
measures issued by the public officials did not consider the complainant's
situation nor provided adequate conditions considering her state. To resolve the
main issue, secondary issues are developed, such as the principle of equality,
the actions of public officials and their relation to good governance, and finally,
the substantive resolution of the Constitutional Court, which resolves the
constitutional grievance appeal filed after the ruling that declared the amparo
unfounded.
For the resolution and development of the issues raised, the Political Constitution
of Peru, national laws and related jurisprudence, as well as opinions, directives,
and international instruments applicable to our country, will be consulted.
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Informe sobre Resolución del Tribunal Constitucional respecto al Expediente N° 02970-2019-PHC/TC, Caso de Orden de Prelación de los Apellidos de Jhojana Rudas GuedesVeneros Chiclote, Cinthya Li 28 August 2024 (has links)
Jhojana Rudas Guedes interpuso una demanda contra RENIEC solicitando la
inaplicación del artículo 20 del Código Civil, debido a que dicha entidad condicionó la
entrega de su DNI a la modificación del orden de sus apellidos en su partida de
nacimiento, donde el apellido materno figura en primer lugar. Argumenta que este
condicionamiento vulnera su derecho a la identidad, así como su derecho a la igualdad
y no discriminación por razón de sexo. En este contexto, el presente trabajo abordará el
análisis del fallo emitido por el Tribunal Constitucional, comenzando por determinar si la
interpretación realizada por RENIEC fue constitucional o no. Asimismo, se evaluará si,
existió vulneración al derecho a la identidad, en relación con el nombre como elemento
dinámico y el derecho al libre desarrollo de la personalidad,así como, la vulneración del
derecho a la igualdad y no discriminación, analizado a la luz del avance social y
normativo, desde un enfoque de género. Por último, también se analizará si se
respetaron los parámetros del principio de legalidad por parte de RENIEC y si el habeas
corpus fue la vía adecuada para que la demandante exija la protección de sus derechos. / Jhojana Rudas Guedes filed a lawsuit against RENIEC requesting the non-application
of Article 20 of the Civil Code, because RENIEC conditioned the issuance of her ID card
on changing the order of her surnames in her birth certificate, where her mother's
surname appears first. She argues that this condition violates her right to identity, as well
as her right to equality and non-discrimination based on sex. In this context, this paper
will address the analysis of the ruling issued by the Constitutional Court, starting by
determining whether RENIEC's interpretation was constitutional or not. Additionally, it
will evaluate whether there was a violation of the right to identity, in relation to the name
as a dynamic element and the right to personal development, as well as the violation of
the right to equality and non-discrimination, analyzed in the context of social and
normative progress from a gender perspective. Finally, it will also analyze whether
RENIEC respected the parameters of the principle of legality and whether habeas corpus
was the appropriate avenue for the plaintiff to demand protection of her rights.
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Enfoque de género en las políticas deportivasLeyva Chanduví, Luciana, Choy Henríquez, Ximena Narda, Solís Torres, Víctor Félix 19 June 2024 (has links)
La presente investigación se inició con la expectativa de conocer si las condiciones
actuales de la Política Nacional del Deporte, sus estrategias, planes y acciones tienen un
enfoque de género y, por lo tanto, sí ofrecen condiciones adecuadas para la inclusión de las
mujeres con condiciones adecuadas en la actividad física y en la práctica del deporte. Sobre
ese análisis, proponemos mejoras que permitan a las mujeres participar plenamente de las
oportunidades, bajo condiciones apropiadas para su desarrollo y que eliminen las barreras, para
desarrollarse y eliminar las barreras y estereotipos de género en el deporte. Esto es
fundamental no solo porque la igualdad debería ser una meta en todos los ámbitos de la
sociedad, sino porque la actividad física y el deporte son ejes fundamentales para una mejor
salud física, emocional y mental. Esta investigación se vincula con uno de los ejes de interés
de la investigación en gerencia social, específicamente el eje de justicia, igualdad y
derechos humanos en el campo específico de la igualdad de género en el ámbito de la
gerencia social.
Esta es una investigación pionera; ya que, aborda la igualdad de género en la
actividad física y el deporte. Para ello, se ha realizado una investigación mixta la cual incluye
la revisión de los textos de las políticas de género y de las políticas deportivas (del Perú y
la región de América Latina) y un trabajo de campo con herramientas tales como:
encuestas, entrevistas y grupos de discusión.
Los hallazgos de la investigación confirman que la Política Nacional del Deporte en
el Perú no tiene un enfoque de género y que las acciones de articulación que deberían
permitir la implementación Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género, aprobado
el 2020 en el Perú no se reflejan en el campo de la actividad física y el deporte. Esta
investigación ha compilado material de referencia en el tema y ha efectuado propuestas
concretas para el desarrollo deportivo con enfoque de género tanto en lo que concierne a
su política, como en sus estrategias y acciones.
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Obligaciones jurisprudenciales conforme la Corte IDH en la adecuación de legislación sobre violencia sexual e institucionalCaballero Echevarría, Claudia Xiomara 13 September 2024 (has links)
Desde su formación, la Corte IDH ha atendido un largo número de casos de
violaciones de derechos humanos, entre los que ha analizado investigaciones
sobre presuntas violaciones sexuales y la comisión de violencia institucional. En
dicho contexto, surge la necesidad urgente de adecuar la legislación interna de
los Estados para abordar estos temas. El presente artículo tiene como objetivo
exponer las obligaciones establecidas jurisprudencialmente por la Corte IDH
sobre legislación para prevenir y erradicar la violencia sexual e institucional. Así,
a partir de un análisis de los casos históricos de la Corte, se identificaron diversos
tipos de estándares interamericanos correspondientes al cumplimiento de las
obligaciones asumidas por los Estados parte de la Convención Americana y la
Convención Belém Do Pará. Todos estos expresan deberes relacionados a la
creación, modificación y derogación de normativa con la finalidad de promover
la igualdad legal y prevenir la comisión de violencia sexual e institucional. / Since its formation, the Inter-American Court has heard a large number of cases
of human rights violations, among which it has analyzed investigations into
alleged sexual violations and the commission of institutional violence. In this
context, there is an urgent need to adapt the domestic legislation of States to
address these issues. The objective of this article is to expose the obligations
established jurisprudentially by the Inter-American Court on legislation to prevent
and eradicate sexual and institutional violence. Thus, based on an analysis of the
Court's historical cases, various types of inter-American standards were identified
corresponding to compliance with the obligations assumed by the States parties
to the American Convention and the Belém Do Pará Convention. All of these
express duties related to the creation, modification and repeal of regulations with
the purpose of promoting legal equality and preventing the commission of sexual
and institutional violence. / Trabajo académico
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El derecho a la no discriminación por orientación sexual y una propuesta de reforma constitucional para la inclusión expresa de este derechoValdez Carrasco, Bettina del Carmen 13 February 2015 (has links)
Hemos sido testigos en ios últimos años de la rápida evolución en el
reconocimiento legal de los derechos de los homosexuales en el ámbito
internacional, la realización de matrimonios entre homosexuaies y la adopción
por parejas homosexuales, la denuncia pública de las agresiones que sufren
etc. Todo esto es muestra del incremento del movimiento discursivo sobre el
tema de la protección de los derechos de los homosexuales y aunque aún no
exista una línea única de comprensión, la tendencia mundial es la aceptación
y protección de sus derechos.
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El rol del Programa Beca 18 en el proceso de adaptación de los becarios durante su formación académica del 2013 al 2018: un estudio comparativo entre la universidad pública y una privada de Lima MetropolitanaAlcarraz Espinoza, Edwin Eduardo, García Sotil, Silvana Susan Amelia 07 February 2020 (has links)
Durante los últimos años, el Programa Nacional Beca 18 ha sido el programa
bandera del Estado, gracias a que ha permitido que jóvenes con alto rendimiento
académico en situación de pobreza o vulnerabilidad social puedan acceder a
estudios superiores, logrando cada año aumentar su cobertura; sin embargo,
este avance no ha ido a la par de una mejora en la calidad educativa.
Haciendo uso del método comparativo, esta investigación analiza las
experiencias que viven becarios de una universidad pública y una universidad
privada, y aborda dos enfoques desde los cuales se plantea el programa, las
razones de este cambio, así como las implicancias de estos en el becario.
Asimismo, se aborda las estrategias personales y los soportes externos con los
que cuenta el becario para enfrentar las adversidades que enfrenta en su día a
día, dentro y fuera de la universidad.
Finalmente, se muestra las percepciones que tienen los Becarios respecto de
cada uno de los servicios que brinda el Programa Beca 18. En síntesis, a través
de la subvención económica, el programa contribuye a la formación superior de
muchos jóvenes, sin embargo, no toma en cuenta que el acceso y culminación
de una carrera universidad también implica la adaptación adecuada al nuevo
contexto. En este sentido, Beca 18 no brinda un soporte sólido o
institucionalizado que asegure que el becario reciba un servicio de calidad ni que
contribuya con su adaptación a la vida universitaria. / During the last years, the National Scholarship Programme “Beca 18” has been
the State's flagship programme, which has allowed young people living in
conditions of poverty or social vulnerability, with high academic performance to
access higher education, increasing each year their coverage; However, this
progress does not indicate the same advances regarding in educational quality.
Using the comparative method, this research analyzes the experiences of
scholarship holders of a public and a private university, addressing two
approaches from which the program is proposed, as well as the reasons for this
change, and the implications of these measures in the fellow students. Likewise,
it addresses the personal strategies, external support and adversities that the
scholarship holder faces in his day to day, inside and outside the university.
Finally, it shows the perceptions that the Fellows have regarding each of the
services offered by the Scholarship Program 18. To resume, through the
economic subsidy, the program contributes to the higher education of many
young people, however, it does not take into account that the access and
culmination of a university career also implies an adequate adaptation to a new
context. Therefore, it can be concluded that Beca 18 does not provide a solid or
institutionalized support that ensures that the fellow receives a quality service or
that the programme contributes to his adaptation to their university life. / Tesis
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Los derechos de las personas con discapacidad en el período 1945 – 1991 según el Sistema Universal de Derechos Humanos y los organismos especializados de las Naciones UnidasAlvarez Lozano, Italo Giancarlo 21 September 2021 (has links)
En esta investigación tiene como objeto desarrollar y analizar el contenido de los
derechos de las personas con discapacidad (DPCD) en el marco del Sistema Universal de
los Derechos Humanos (SUDH) tanto desde el sistema extraconvencional y
convencional, y sus organismos especializados de Naciones Unidas. Esto con la finalidad
de determinar sus derechos más allá de la protección de la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), puesto que este tratado obliga
únicamente a los Estados Parte. En consecuencia, esta investigación es de gran
importancia porque pretende ubicar los DPCD desde una protección mayor al vincularlo
con el principio de igualdad y no discriminación desde un marco de protección a todo
ser humano contemplado de diferentes instrumentos. Sin embargo, para demostrar
esto se necesita analizar todo un bagaje normativo de forma cronológica de Naciones
Unidas, ya que no ha sido ordenado y estudiado a profundidad. En ese sentido, este
proceso de desarrollo está dividido en dos capítulos donde el primero se basa
exclusivamente en el contenido del principio de igualdad y no discriminación desde una
protección general a todo ser humano bajo un marco de tiempo más amplio y, en un
segundo capítulo, referente a los derechos donde expresamente se mencionan a las
personas con discapacidad. No obstante, para efectos de esta investigación, este último
capítulo solo desde el marco del tiempo de 1945 hasta 1991. Finalmente, con toda esta
información se pretende demostrar que la protección de las personas con discapacidad
no solo se agota con la CDPD, sino que estas están protegidas en un marco normativo
más general y amplio desde el principio de igualdad y no discriminación que forma parte
de la esencia de los derechos humanos.
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La Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial: dinámicas y dificultades para su creaciónSantisteban Ormeño, Gloria 29 March 2021 (has links)
El principal problema que afecta a las mujeres es la persistencia de violencia hacia ellas.
Debido a dicha situación es que el Estado a través de sus órganos u organismos toman
las medidas necesarias para resolver dicho problema social. Y al ser el Poder Judicial
un organismo estatal encargado de administrar justicia es que se hace necesario la
implementación del enfoque de género a fin de que se garantice la igualdad de
condiciones entre mujeres y hombres en los procesos judiciales. Para ello, se creó con
fecha 21 de julio de 2016 la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial con la
finalidad de institucionalizar el enfoque de género en dicho Poder.
A pesar de que existían otros órganos del Estado tales como el Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Ministerio de
Educación que ya contaban con dicha instancia al igual que algunos países
latinoamericanos, en el Poder Judicial no existía una instancia que se encargue de
institucionalizar el enfoque de género. Por ello, con posterioridad se creó la Comisión
de Justicia de Género de manera acelerada.
¿Cuál ha sido la dinámica del Poder Judicial para implementar como una nueva práctica
de política pública la Comisión de Justicia de Género? Para realizar la investigación se
usará el método cualitativo. Para ello se realizaron entrevistas a funcionarios del Poder
Judicial, a expertos en el tema y a trabajadores de un órgano del Estado (Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos), también se revisaron textos, documentos internos,
normativa internacional y normas que atañen al Poder Judicial los cuales han sido
analizados. Los criterios que se han tenido en cuenta para elegir a las personas
entrevistadas son: a) Que hayan ejercido el cargo del Presidente del Poder Judicial
durante los periodos del 2015 al 2018, b) Que sean integrantes y personal de trabajo de
la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial; c) Que tengan conocimiento sobre
la creación de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial y experiencia en el
tema de institucionalización del enfoque de género; d) Que hayan formado parte de los
programas del eje estratégico “Acceso a la Justicia” antes de la creación de la Comisión
de Justicia de Género del Poder Judicial; e) Que hayan formado parte de la Escuela de
Formación de Auxiliares Jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de Lima; y f)
Que sean abogados defensores públicos del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos. También se ha utilizado el Protocolo de Consentimiento Informado en las
entrevistas.
Los principales hallazgos de la investigación ha sido que la creación de la Comisión de
Justicia de Género del Poder Judicial fue una decisión acelerada durante la convocatoria
de la marcha “Ni Una Menos” en respuesta a la violencia contra las mujeres por no
encontrar respuesta inmediata y justa en el Poder Judicial, y que su creación no fue
parte de la estrategia institucional del Poder Judicial.
Las conclusiones que tenemos es que la Comisión de Justicia de Género del Poder
Judicial a pesar de haber sido su creación una decisión abrupta y crearse sin las
herramientas necesarias como un espacio para trabajar, presupuesto e integrantes y
personal necesario con el tiempo esas carencias fueron mejorando, por lo que incluso
su permanencia ha generado reformas; sin embargo, también ha tenido dificultades lo
cual ha limitado el objetivo de transversalizar el enfoque de género en las diferentes
áreas de la administración de justicia.
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Sentido de coherencia y adaptación universitaria en becario Beca 18 que migra a Lima MetropolitanaSilva Infante, Alvaro Josué 25 June 2021 (has links)
El presente estudio tuvo como finalidad evaluar la relación entre la adaptación universitaria y el sentido de coherencia en becarios Beca 18, a partir de segundo año de carrera, que migran a Lima Metropolitana. Participaron 170 becarios Beca 18, con edades entre los 18 y 25 años (M=20.24, DE=1.28). Como instrumentos se aplicaron el SOC-13 (versión de Saravia, Iberico y Yearwood, 2014) y el Cuestionario de Vivencias Académicas (QVA-r, versión de Chau y Saravia, 2014). Los resultados revelan una relación directa y moderada entre todas las dimensiones del Sentido de Coherencia y las áreas Adaptación Universitaria. Siendo la más alta y la más baja hallada entre el área personal (r = .64; p <0.01) e institucional (r = .20; p < 0.05) con la dimensión comprensibilidad respectivamente. En términos del sentido de coherencia, la dimensión significatividad presentó diferencias significativas según el tiempo de residencia en Lima, previo al inicio de clases. Con respecto a la adaptación universitaria, se identificaron diferencias significativas en el área personal, según el tiempo de nivelación; en el área carrera, por la frecuencia con la que recibió tutoría y, en el área institucional, según el ciclo en curso; si llevó o no nivelación, si recibió o no tutoría, el tipo, la frecuencia y el tiempo acumulado que llevó tutoría.
Los resultados indican que, a mayor sentido de coherencia del becario Beca 18, mejor sería su adaptación universitaria
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Los criterios de diferenciación salarial en el empleo público peruano: El caso de la equiparación salarial en el Seguro Social de Salud – EsSaludFlores Buendía, Renán Pavel 08 July 2021 (has links)
La gestión de los salarios de los trabajadores en las organizaciones del sector
público peruano ha sido desordenada, dicha situación ha generado casos de
desigualdad salarial entre trabajadores que realizan trabajo igual o de igual valor. La
diferenciación salarial se origina debido al establecimiento de distintos criterios, algunos
de los cuales, no se encuentran justificados objetiva y razonablemente. Uno de éstos es
el régimen jurídico, que regula de manera diferenciada el salario que se otorga a
trabajadores que realizan tareas similares. Si bien dicha situación busca ser corregida
con la Ley n.° 30057, Ley del Servicio Civil, a través de la creación del régimen del
servicio civil, que tiene por objetivo ser un régimen único y exclusivo para las personas
que prestan servicios en las entidades públicas del Estado. Sin embargo, al establecerse
que el traslado al nuevo régimen de los trabajadores 276, 728 y 1057 es voluntario y
previo concurso público, no soluciona el problema de la desigualdad salarial respecto
de aquellos trabajadores que legítimamente decidan no trasladarse. Dicho escenario
afecta principalmente a los trabajadores 276 que perciben menores remuneraciones y
a los trabajadores 1057 que no gozan de todos los beneficios sociales. De cara a esta
realidad, se analiza los criterios de diferenciación salarial que se encuentran en la
regulación del empleo público peruano y que son contrarios al principio y derecho de
igualdad salarial, asimismo se determina los mecanismos más idóneos para la
igualación salarial. La tesis sostiene que el Estado empleador viene utilizando distintos
criterios de diferenciación salarial contrarios a la igualdad salarial, tales como: entidad
pública, régimen jurídico, temporalidad, fecha de ingreso; asimismo, sobre la base del
estudio de caso del Seguro Social de Salud – EsSalud, afirma que el mecanismo idóneo
para corregir la desigualdad salarial en el empleo público peruano es la negociación
colectiva.
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