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Criterios técnicos de la fijación de los puntos controvertidos en el derecho procesal civil peruano

Saavedra Moncada, Santos Eladio January 2017 (has links)
Aborda la dificultad existente en la correcta determinación de los puntos controvertidos; lo que conlleva a error a la defensa técnica de las partes como al juzgador. Por ello, se formula la siguiente pregunta: ¿existe un criterio técnico para la determinación y desarrollo de los puntos controvertidos? En base a esta interrogante, se plantea determinar la necesidad de establecer criterios técnicos para la fijación de los puntos controvertidos en el sistema judicial peruano. El enfoque de la investigación es de carácter dogmático – jurídico civil. El tipo de investigación es descriptivo y/o explicativo y de diseño no experimental. Utiliza como método el análisis dialéctico, comparativo y hermenéutico. Encuentra que no existe conocimiento asertivo para una correcta determinación de los puntos controvertidos tanto de los justiciables como los magistrados, lo que orilla a sentencias carentes de asidero real y legal respecto a las controversias puestas a su conocimiento; asimismo, existe una tendencia parcialmente generalizada y errada en los magistrados, donde se suele confundir los puntos controvertidos con las pretensiones contenidas en la demanda, en la reconvención o en las contestaciones. / Tesis
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El tercero civil responsable: análisis crítico sobre sus alcances, límites y problemas en el proceso penal peruano que permiten determinar si ¿es posible realizar una definición universal?

Padilla Alegre, Vladimir Katherniak 27 October 2016 (has links)
El presente trabajo analiza el escaso tratamiento otorgado a la figura del Tercero Civil Responsable en el Ordenamiento procesal penal peruano y brinda una propuesta en torno a la definición que se debería otorgar a dicho sujeto procesal, así como a los fundamentos que legitiman su inclusión del proceso penal. Para arribar a dicho aporte académico, mi investigación se ha dividido en cuatro capítulos. En el primer capítulo realizo una revisión histórica sobre el proceso penal peruano, evidenciando con ello la ausencia de interés del legislador para regular aspectos relacionados con el Tercero Civil Responsable. En el segundo capítulo analizo cuál es el tratamiento normativo que actualmente le otorga el Ordenamiento procesal penal peruano al Tercero Civil Responsable, identificando con ello las principales problemáticas que se evidencian a partir de su escasa regulación, como es la inexistente definición de su condición procesal, la falta de claridad en torno al momento de su incorporación en el proceso penal y la nula regulación de las facultades que le corresponde ejercer a efectos de resguardar adecuadamente su derecho de defensa. / Tesis
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“El procedimiento de fiscalización es el único procedimiento regular previo para la válida emisión de la resolución de determinación”

Vera Alfaro, Milton André 17 January 2018 (has links)
La presente investigación se dirige a establecer si la Administración Tributaria (en adelante AT) puede emitir válidamente una Resolución de Determinación (en adelante RD), sin efectuar previamente un procedimiento de fiscalización; este cuestionamiento, surge por la técnica legislativa empleada en el vigente Código Tributario peruano (en adelante CT) que denota una falta de claridad sobre la vinculación expresa entre ambos conceptos, y por la numerosa cantidad de pronunciamientos del Tribunal Fiscal (en adelante TF) respecto de los siguientes supuestos (i) la errónea utilización de la RD y la Orden de Pago (en adelante OP); y (ii) la existencia de RD sin un procedimiento de fiscalización previo, debido a la convalidación del acto administrativo. En tal escenario, el primer objetivo de la investigación es examinar los elementos vinculados a la determinación de la obligación tributaria, el procedimiento de fiscalización, la verificación, la RD y la OP para conocer sus características y la idónea relación entre cada uno de ellos; el segundo objetivo busca estudiar si la deficiente técnica legislativa del artículo 61º y 75º del vigente CT, reflejada en la reunión del procedimiento de fiscalización, la verificación, la RD y la OP sin efectuar alguna distinción de qué procedimiento regular de formación corresponde a cada acto administrativo, también se presentó en los anteriores CT promulgados y publicados, así como, revisar las resoluciones del TF emitidas en la última década, que implicaron la nulidad de OP ya que su verdadera naturaleza jurídica correspondía a RD y las que versaron sobre la aplicación de la convalidación de OP como RD; el tercer objetivo es identificar los principios jurídicos y derechos del deudor tributario amenazados o vulnerados por los problemas antes descritos. Finalmente, se concluye que la AT solo puede emitir válidamente una RD siempre que haya efectuado previamente un procedimiento de fiscalización. / Tesis
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El rendimiento en comprensión lectora medido a través del test cloze en alumnos de segundo y quinto de secundaria de tres colegios de Lima Metropolitana

García García, Perla Nancy, Gonzales More, Luz Elena, Miura Shibao, Carolyn 16 January 2018 (has links)
Este estudio analiza los resultados en comprensión lectora obtenidos por alumnos de segundo y quinto de secundaria de tres centros educativos, uno estatal, otro particular y el tercero particular especializado en problemas de aprendizaje durante el año 2014. La muestra fue de 518 estudiantes (267 de segundo y 251 de quinto grado; 294 varones y 224 mujeres) quienes respondieron colectivamente a tres versiones del Test Cloze (Condemarin, Milicic, Neva; 1988) que son: Tradicional, Maze y Pareo. El rendimiento más bajo se presentó en la modalidad Cloze Tradicional. La prueba Ji cuadrado de independencia evidenció que no existen diferencias significativas entre varones y mujeres en el nivel de comprensión lectora; además, que el grupo de quinto grado tiene un mejor nivel de comprensión que el de segundo; y por último, que los alumnos del colegio particular presentaron un mejor rendimiento que el colegio especializado en problemas de aprendizaje y estos a su vez tuvieron un mejor rendimiento que los alumnos del colegio estatal. Cabe señalar que las tres versiones del Cloze tienen adecuados índices de confiabilidad (KR20) y de validez estimada por la intercorrelación de las tres versiones. Así mismo, se estableció una correlación positiva significativa (p<0.01) entre el desempeño de los alumnos en las tres pruebas Cloze y una escala de seis puntos que refleja la apreciación del profesor sobre la comprensión lectora de cada uno de sus alumnos. / This research pretended to see if there is any difference about reading comprehension abilities between secondary students by gender (male/female), by grade (2nd and 5th grade) and by school type (public school, learning disabilities school and private school). In addition to that, this investigation analyzed the reliability and validity of three different versions selected by the researchers of the Cloze Test: the Traditional, the Maze and the Match version. The group was integrated by 518 secondary students, where there was 267 second grade students and 251 fifth grade students; at the same time, in the group there was 294 males and 224 women. In each test, the students had to read different texts and answer them in order of the three selected versions of the Cloze Test. The results revealed that the whole group got in a “frustration level” of reading comprehension in the traditional version, therefore, this version was the most difficult test of the three selected versions. In the other side, there is no difference by gender, but between grades, 5th grade of secondary had better results than 2nd grade; and finally, the private school students had the best performance, then the learning disabilities school students and, in the last position, the public school students. The three selected versions of the Cloze had appropriate indexes of reliability (KR20) and validity, they were estimated by the correlation between the results of the three versions, and also, supported by a teacher appreciation scale about the reading comprehension of each student. / Tesis
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Propuesta para mejorar la eficacia del proceso de faltas en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte

Bravo Basaldúa, Roque Augusto 04 April 2013 (has links)
La demanda de justicia, sobre todo por parte de los sectores populares y, con mayor intensidad, en determinadas figuras jurídicas, no parece estar siendo adecuadamente atendida, como si lo impidiera un muro infranqueable, símbolo de un sistema jurídico formal deficiente. En el caso, por ejemplo, de las faltas, en vista de que la respuesta del sistema legal es casi nula frente a la ocurrencia de una infracción, podríamos muy bien afirmar, ciertamente desde una perspectiva algo extrema, que la eliminación, del sistema jurídico, de todo rezago del aparato normativo e institucional vinculado a las faltas, no generaría un impacto significativo sobre la realidad presente. La desatención del ciudadano, con o sin presencia del sistema legal, es prácticamente la misma. Precisamente por ello proponemos reflexionar sobre el cumplimiento de las funciones estatales, desde el enfoque de las políticas públicas, tomando en consideración que nuestro tema, el proceso de faltas, forma parte de la política jurisdiccional del Estado. En realidad, la acción estatal se desarrolla simultáneamente en diversas áreas o temas, por lo que limitarla a una sola resulta un tanto artificial, aunque, desde luego, puede ser útil para conocer a dónde se apunta con mayor énfasis. / Tesis
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Dificultades de los gobiernos locales para la cogestión de los programas de complementación alimentaria : caso Municipalidad Provincial de Huancavelica-Perú, junio 2011

Torres Saavedra, John, Romero Untiveros, Luis Alfredo 13 June 2016 (has links)
La investigación está enmarcada en el proceso descentralización que implica la transferencia de la gestión de los programas sociales. Esta transferencia plantea desafíos técnico - administrativos, fiscales y políticos, que son necesarios para responder a las exigencias de innovación institucional en los gobiernos sub nacionales para conducirse con liderazgo, exigiendo además del gobierno nacional el establecimiento de mecanismos que viabilicen los canales de coordinación intergubernamental y que propicien la autonomía local. Asimismo, la investigación es de nivel meso. Involucra un elemento de la política sectorial perteneciente a una competencia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) relacionada con programas sociales de seguridad alimentaria y programas de complementación alimentaria (PCA), focalizada en el programa de Comedores Populares. Aborda expectativas, intereses, percepciones y opiniones sobre el rol de los actores en la gestión del programa de Comedores Populares transferido, visualizando cómo se gestionan en el ámbito local. Se toma como estudio de caso al gobierno provincial de Huancavelica, abordándose como una investigación cualitativa. A nivel institucional toma en cuenta al subsistema psicosocial: estrategias y estilos de liderazgo, comunicación y relacionamiento de los representantes políticos y técnicos con organizaciones sociales de base, que son las destinatarias directas del PCA. Se proponen recomendaciones y lineamientos para aportar al fortalecimiento de capacidades en la gestión de programas sociales de los gobiernos locales orientado a sugerir mejores condiciones de concertación para la cogestión local, contribuyendo al debate sobre los desafíos del proceso de transferencia de estos programas sociales. / Tesis
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De la supresión o mantenimiento de la legítima sucesoria a la legítima solidaria

Aguilar Llanos, Benjamín Julio 29 August 2018 (has links)
La institución de la legítima sucesoria está basada en los nexos familiares y el soporte económico que debe tener toda institución familiar. Esta consiste en reservar una parte del patrimonio del causante, con la finalidad de destinarla a sus familiares cuando se abra la sucesión. La ley establece una obligación que impide al titular la disposición de una parte de su patrimonio a título de liberalidad y establece una expectativa de derecho a participar en la herencia en favor de los familiares cercanos del causante cuando este muera. Por mucho tiempo, desde sus orígenes en Roma y Germania hasta fines del siglo pasado, la legítima no era cuestionada e incluso la participación de los descendientes del causante en el patrimonio de sus padres, al abrirse la sucesión, se aceptaba como una suerte de derecho natural. Sin embargo, en el presente, la legítima está siendo cuestionada por razones de orden constitucional, en tanto que violentaría el derecho a la libertad de las personas y, en particular, el derecho a la propiedad. Además, se señala que no estaría cumpliendo con su fin de atender a los parientes necesitados del causante. La presente tesis propone mantener la legítima, pero con cambios sustantivos que conduzcan a proteger a las personas dependientes del causante y que, a la muerte de éste, sigan en situación de vulnerabilidad. La razón de ser de la legítima debe descansar en un deber de solidaridad familiar que permita a las personas pertenecientes al entorno del causante y dependientes de él seguir gozando de protección luego de su muerte a través del patrimonio dejado. Esta institución se denomina “legítima solidaria”. / The institution of the legítima sucesoria is based on family ties and the financial support that every family institution should have. It is about reserving a part of the estate of the deceased, with the purpose of allocating it to their relatives when the succession is opened. The law establishes an obligation that prevents the owner from disposing of a part of his estate, by way of liberality. It also establishes an expectation of the right to participate in the inheritance in favor of close relatives of the deceased, which will occur when he dies. For a long time, from its origins in Rome and Germany until the end of the last century, the legítima was not questioned. Even the participation of the descendants in the patrimony of their parents when the succession was opened, was accepted as a natural right. However, in the present, the legítima is being questioned for reasons of constitutional order, as the violation of the right to freedom and, in particular, of the right to property. In addition, it is stated that it would not be fulfilling his purpose of caring for the relatives in need. This thesis proposes maintaining the legítima, but with substantive changes that lead to protect the dependents of the deceased, and tha tremain in a vulnerable situation at the time of his death. The reason for the existence of the legítima must rest on a duty of family solidarity, which allows people belonging to the environment of the deceased and dependent on him to enjoy protection after his death through the estate left. This institution is called solidary legítima. / Tesis
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La inclusión de la subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad en la ley del procedimiento administrativo general

Martínez Alfaro, Alexandra Arminda Rosa January 2018 (has links)
La potestad sancionadora de la Administración Pública tiene su manifestación primordial en el procedimiento administrativo sancionador, el cual tiene como finalidad determinar la existencia de una conducta infractora, y una vez probada, imponer las sanciones respectivas. Sin embargo, se ha introducido en nuestro ordenamiento legal una figura que omite la imposición de una sanción, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos. En ese sentido, este trabajo es pues un primer estudio y análisis de la figura de la subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad por infracciones en el procedimiento administrativo sancionador. Para tal efecto, se ha preguntado ¿Cuál ha sido la motivación para trasladar la subsanación voluntaria de su calidad de atenuante a la de eximente de responsabilidad por infracciones?, teniendo cono Objetivo General el determinar cuál es el efecto de la inclusión de dicha opción legislativa innovadora. De lo analizado, se obtuvo como conclusiones, entre otras, que con la modificatoria introducida a través del Decreto Legislativo N.° 1272, los procedimientos administrativos sancionadores, en todos los sectores, están siendo adecuados, de tal manera que se defina la aplicación de la eximente de responsabilidad que nos ocupa, y que a su vez, conlleva a que la Administración Pública, como partícipe del impulso de las reformas, evite imponer condiciones menos favorables a los administrados que las dispuestas por la Ley. Finalmente, se conviene en considerar que la variación de atenuante a eximente obedece a reducir la carga procesal de la Administración Pública al decidir el inicio de procedimientos administrativos sancionadores, en los casos en que las infracciones no hayan sido subsanadas, con la finalidad de lograr una mejor atención a los administrados, priorizando y optimizando el uso de recursos públicos. / Trabajo académico
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Reconstruyendo la ilicitud desde los fundamentos de la epistemología : razones para la admisibilidad de la prueba ilícita en el proceso penal

Herrera Esquivel, Karolaym Stefhany January 2018 (has links)
La noción de prueba ilícita refuerza el conflicto de antaño entre el telos del proceso penal que, para la teoría tradicional, radica en la búsqueda de la verdad, y el interés superior de respeto de derechos fundamentales, principio rector básico de nuestro actual modelo de Estado Constitucional de Derecho. Es pues aquí que cobra plena vigencia el adagio jurídico que respecto a la verdad recita “no podrá ser obtenida a cualquier precio, sino dentro de los causes regulares establecidos por ley”. La principal consecuencia de ésta prescripción deviene en el hecho que el órgano persecutor del delito se encuentra impedido de probar sus pretensiones dentro del proceso penal mediante el uso de medios probatorios que atenten contra derechos fundamentales, por existir criterios mínimos legales (también llamados, prohibiciones probatorias) establecidos para la postulación, admisión, actuación y valoración de la prueba; siendo uno de éstos el parámetro de la licitud. La principal consecuencia de ésta prescripción deviene en el hecho que el órgano persecutor del delito se encuentra impedido de probar sus pretensiones dentro del proceso penal mediante el uso de medios probatorios que atenten contra derechos fundamentales, por existir criterios mínimos legales (también llamados, prohibiciones probatorias) establecidos para la postulación, admisión, actuación y valoración de la prueba; siendo uno de éstos el parámetro de la licitud. El valor de la licitud dentro de la concepción principialista de nuestro actual modelo de Estado Constitucional de Derecho es de transcendencia tal que tiene como efecto directo la inadmisibilidad y exclusión de medios probatorios que fueron obtenidos e introducidos al proceso con vulneración de derechos fundamentales de la persona, por considerarse desde ya que son de entera connotación ilícita. Sin perjuicio de lo anterior, es de precisar que al ser el Derecho una ciencia social epistémica, cuyo principal objetivo es la regulación de la conducta humana, sus instituciones no son producto de un conocimiento logrado y final, sino que se encuentran sujetas a constantes cambios. Siendo esto así, resulta válido cuestionar la vigencia de la tradicional regla de exclusión procesal de medios probatorios ilícitos en escenarios criminológicos de alta complejidad y dificultad probatoria y con ello la necesidad de reestructuración de viejos conceptos (categorías jurídicas), que aun cuando resultan ser conciliadores con el orden jurídico formal no logran dar efectiva solución al problema de dificultad probatoria esbozado.Frente a este escenario, cobra especial importancia las teorías forjadas desde la epistemología jurídica, las que, lejos de aplicar conceptos de forma rígida, proponen una nueva forma de alcanzar los fines legítimos del proceso. La epistemología jurídica postula la necesidad de declinación de las teorías de exclusión o inutilización del medio probatorio ilícito, y sitúan su principal objeto en la construcción de una teoría procesal de admisión y valoración del medio probatorio ilícito en el proceso. A modo de resumen, la presente investigación se propone la reestructuración de los conceptos que fundamentan la exclusión del proceso del medio probatorio ilícito, desde los fundamentos de la epistemología jurídica, a efectos de lograr arribar a la concreción de una teoría procesal que atienda a la necesidad, bajo determinados parámetros y en congruencia con los postulados del Estado Constitucional de Derecho, de admisibilidad del medio probatorio ilícito. / Trabajo académico
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La fijación de los puntos controvertidos. Su importancia en los procesos regulados por el código procesal civil.

Hidalgo Solórzano, Jorge Fernando January 2018 (has links)
La Constitución Política del Perú de 1993, en su artículo 138° que establece que “La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes.” El Estado les quita a los particulares la capacidad de solución de sus conflictos, prohibiendo la autodefensa o la autotutela, reemplazándolo por un mecanismo de heterocomposición, donde aparece un tercero, el Estado a través de la jurisdicción estatal, el que con “… el correlativo derecho o poder de acción, representa la contrapartida a la prohibición de la autotutela privada”. La solución de estos conflictos con relevancia jurídica, se realiza mediante el proceso, que constituye el instrumento que tienen los particulares para actuar el derecho objetivo, “para con ello dar una protección, efectiva a las situaciones jurídicas de los particulares, logrando con ello, tutelar sus intereses y satisfacer con ello sus intereses.” La solución de las controversias tanto a nivel judicial como arbitral, requiere que sus operadores, los jueces y los árbitros determinen que es lo que está en discusión en el proceso, esto se realiza a través de la fijación de los puntos controvertidos. Al establecer o determinar lo que está en discusión en el proceso y sus alcances, mediante la fijación de los puntos controvertidos, se podrá delimitar no sólo lo que será materia de pronunciamiento, sino que definirá el marco de la actuación de los medios probatorios, con lo que se contribuye a producir certeza en el juzgador lo que se manifestará en su decisión final, a través de una sentencia o la emisión de un laudo arbitral. Con lo señalado anteriormente, se verifica la gran importancia que reviste esta institución o procedimiento, sin embargo a pesar de ello, se puede constatar que en la práctica judicial y arbitral dicha figura se ha limitado a una mera transcripción de las pretensiones señaladas por las partes en la demanda, en la contestación de la demanda y en la reconvención. A partir de esta constatar lo que se produce en la práctica judicial y arbitral, buscaremos establecer o determinar que debe entenderse como fijación de los puntos controvertidos en el proceso. Analizaremos las regulaciones que el Código Procesal Civil, ha establecido en referencia a los puntos controvertidos y su fijación y revisaremos sus alcances. Y finalmente, analizaremos los alcances de la regulación o falta de regulación de la fijación de los puntos controvertidos en la norma que regula el arbitraje en el Perú y lo establecido en los reglamentos de los principales centros de arbitraje de nuestro país. / Trabajo académico

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