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Violencia Sexual Contra la Mujer. Legalización de los Sistemas de ProtecciónRein Venegas, Tatiana January 2005 (has links)
Tesis para optar al Grado de Magíster en Estudios Internacionales / La aplicación de este enfoque a las instituciones protectoras de la violencia sexual contra la mujer permitirá comprobar el nivel alcanzado, tanto por aquellas que operan en períodos de paz, como aquellas que lo hacen en época de conflicto armado, lo que servirá para realizar una comparación, que contribuirá a comprobar la efectividad de la afirmación efectuada, en torno a que las primeras ofrecen menor protección que las segundas, así como para determinar lo adecuada o inadecuada que es la legislación vigente. También ayudará a establecer los aspectos más débiles, que requieren de reforzamiento para brindar la protección debida.
De esta manera, las hipótesis sobre las que trabajaremos son, en primer lugar, que en tiempos de paz, los mecanismos internacionales de protección con que cuenta la mujer para enfrentar la violencia sexual de la que puede ser objeto, son insuficientes y, en segundo término, que las instituciones que operan en época de conflicto armado se encuentran más desarrolladas y brindan una mayor protección a la mujer ante dichos abusos.
Se intentará pues demostrar parte de estas afirmaciones a lo largo de esta obra. En efecto, se hará un recorrido por los sistemas de protección que operan en tiempos de paz, como aquellos que lo hacen durante los conflictos, evaluándolos desde la perspectiva de la legalización,para determinar el bajo nivel alcanzado por los primeros y el mayor desarrollo de los segundos.
Sin embargo, no será posible acreditar que las mujeres se encuentren más protegidas en tiempos de guerra que en tiempos de paz o que el desarrollo de los mecanismos de protección sea tan determinante; esta parte escapa a las posibilidades de un estudio de este tipo. Ello se asumirá a partir de las consecuencias que señalan los autores tiene la legalización, la cual puede cambiar las políticas domésticas y transnacionales de los actores participantes. Así, si los países se han comprometido a evitar la violencia sexual contra la mujer, adaptarán su actuar a las normas acordadas, estableciendo obligaciones determinadas, mecanismos de prevención y de reparación apropiados en caso que ésta ocurra de todos modos.
Para la comprobación de las hipótesis formuladas se realizará un estudio de tipo descriptivo, esto es, aquél que permitirá medir desde la perspectiva señalada, de la legalización, las variables sobre las que trabajaremos, de manera que a futuro, en el momento en que se cuente con mayores elementos de análisis, se pueda continuar este estudio transformándolo en correlacional,que nos permitirá comprobar si el mayor desarrollo de los mecanismos de protección permite disminuir la incidencia de la violencia sexual a la que se enfrenta la mujer.
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