Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Es de público conocimiento y afianzado saber científico que el agua es de los elementos más importantes para la vida de cualquier persona, indicándola incluso como el “elemento vital”. Desde el comienzo de los tiempos ha determinado el afianzamiento de los pueblos a su alrededor y significado la prosperidad de los mismos. El acceso a ella ha sido desde siempre objeto de ajusticiamientos y batallas, exteriores y locales, demostrando así el lugar prioritario en cualquier tipo y forma de asentamiento humano.
Nuestro país no ha sido excepción: si bien está dotado de un extenso mar y generosos afluentes de agua dulce estupendos para el consumo humano, en los tiempos de la Colonia, sólo algunos tenían acceso a las aguas más limpias y frescas; en Santiago, por ejemplo, únicamente eran las familias que poseían grandes bidones de arcilla (para mantenerla fría) y carretillas, las que podían acceder al mejor afluente de la cuenca, la quebrada de Ramón, agua que luego sería usada para beber, cocinar y bañarse. Para lavar la ropa, la servidumbre ocupaba el río Mapocho, el mismo lugar de donde el resto de la población sacaba el elemento para sus necesidades básicas.
Así la historia, a pesar de seguir siendo considerada como imprescindible, el agua pasó a convertirse en un bien cada vez más escaso, y por lo tanto, cada vez más difícil de acceder. Lo anterior hizo necesario que la autoridad se hiciera cargo de su regulación. En un primer término, fue parte de las competencias políticas de los gobernantes como normas del estilo “policía” de la época, por lo que su estudio correspondía al sector público del derecho. En una segunda instancia, su regulación estuvo a cargo del derecho privado, especialmente porque se identificó el derecho al agua como un derecho accesorio a la tierra. Finalmente, con el tratamiento químico de la misma y su distribución a cada casa en forma particular a través de cañerías, se crearon organismos del Estado especializados, las que luego pasaron a ser empresas públicas.
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Hoy en día, desde la modificación a la Ley General de Servicios Públicos (DFL 382 de 1988, de Obras Públicas) el panorama orgánico de la regulación del agua potable y el alcantarillado está inscrito en el sector privado. Sin embargo y como en todos los países del mundo, sigue existiendo un margen de población viviendo en carencia y desigualdades en el acceso y consumo de bienes y servicios entre diferentes estratos socio-económicos
Identifer | oai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/112818 |
Date | January 2012 |
Creators | Espinoza Chacoff, Pía Javiera |
Contributors | Agüero Vargas, Francisco, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho Económico |
Publisher | Universidad de Chile |
Source Sets | Universidad de Chile |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | Tesis |
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