El recurso de anulación de laudos arbitrales se viene empleando en Lima-Perú para intentar anular laudos por defectos de motivación. La Corte Judicial de Lima ha rechazado 9 de cada 10 recursos en los últimos cinco años. Sin embargo, de manera creciente viene amparando estas demandas. Esto resulta sorprendente pues la ley peruana de arbitraje no contempla entre sus causales de anulación una vinculada a defectos de motivación. Los jueces han interpretado que estos defectos son una violación del debido proceso, lo que sí constituye causa de anulación.¿Es este defecto un atentado contra el debido proceso en el marco de un proceso arbitral? La ley peruana de arbitraje, de un lado, prohíbe que los jueces revisen laudos arbitrales estimando o no las motivaciones adoptadas por el tribunal arbitral. de otro lado, la Constitución considera que el arbitraje es unajurisdicción y ha desarrollado una doctrina sobre el contenido del deber de motivación. Esta tensión es explorada teóricamente en el artículo siguiente. El autor reflexiona y toma una postura: la anulación del laudo solo cabe si es que no existe motivación alguna en el laudo, pero no cabe si los jueces discrepancon las motivaciones abrazadas por el tribunal arbitral.
Identifer | oai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:123456789/112714 |
Date | 09 April 2018 |
Creators | León Pastor, Ricardo |
Publisher | Arbitraje PUCP |
Source Sets | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Language | Español |
Detected Language | Spanish |
Type | Artículo |
Format | |
Source | Arbitraje PUCP, Núm. 7 (2017), 44-51 |
Rights | Artículo en acceso abierto, Attribution 4.0 International, https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/ |
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