Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Las operaciones de concentración tienen lugar, dicho de un modo general, cuando dos empresas dejan de ser económicamente independientes entre sí. El concepto de operación de concentración comprende un rango más amplio de fenómenos que las fusiones que describe el Derecho comercial. Ello, pues en sede de libre competencia importa más el fenómeno económico de ese cese en la independencia entre dos agentes, que la forma jurídica bajo la cual se lleve a cabo.
A pesar de existir cierto consenso en torno al tipo de fenómenos que caen dentro de lo que llamamos operaciones de concentración, persisten ciertas diferencias terminológicas respecto de cómo aludirles. Hay quienes –como haremos nosotros en este trabajo– se refieren a ese conjunto de fenómenos como operaciones de concentración, como fusiones, como concentraciones o utilizando ambos conceptos en forma conjunta. La diferencia terminológica arranca del derecho comparado, donde los países anglosajones aluden a ellas como mergers, y el mundo continental, que se refiere a ellas como concentraciones o concentrations. Con todo, cabe resaltar que la diferencia es casi puramente terminológica. Nosotros aludiremos a ellas indistintamente como operaciones de concentración, concentraciones o fusiones
Identifer | oai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/113149 |
Date | January 2012 |
Creators | Correa Serrano, Juan Cristóbal |
Contributors | Valdés Prieto, Domingo, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho Económico |
Publisher | Universidad de Chile |
Source Sets | Universidad de Chile |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | Tesis |
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