El principal problema que afecta a las mujeres es la persistencia de violencia hacia ellas.
Debido a dicha situación es que el Estado a través de sus órganos u organismos toman
las medidas necesarias para resolver dicho problema social. Y al ser el Poder Judicial
un organismo estatal encargado de administrar justicia es que se hace necesario la
implementación del enfoque de género a fin de que se garantice la igualdad de
condiciones entre mujeres y hombres en los procesos judiciales. Para ello, se creó con
fecha 21 de julio de 2016 la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial con la
finalidad de institucionalizar el enfoque de género en dicho Poder.
A pesar de que existían otros órganos del Estado tales como el Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Ministerio de
Educación que ya contaban con dicha instancia al igual que algunos países
latinoamericanos, en el Poder Judicial no existía una instancia que se encargue de
institucionalizar el enfoque de género. Por ello, con posterioridad se creó la Comisión
de Justicia de Género de manera acelerada.
¿Cuál ha sido la dinámica del Poder Judicial para implementar como una nueva práctica
de política pública la Comisión de Justicia de Género? Para realizar la investigación se
usará el método cualitativo. Para ello se realizaron entrevistas a funcionarios del Poder
Judicial, a expertos en el tema y a trabajadores de un órgano del Estado (Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos), también se revisaron textos, documentos internos,
normativa internacional y normas que atañen al Poder Judicial los cuales han sido
analizados. Los criterios que se han tenido en cuenta para elegir a las personas
entrevistadas son: a) Que hayan ejercido el cargo del Presidente del Poder Judicial
durante los periodos del 2015 al 2018, b) Que sean integrantes y personal de trabajo de
la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial; c) Que tengan conocimiento sobre
la creación de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial y experiencia en el
tema de institucionalización del enfoque de género; d) Que hayan formado parte de los
programas del eje estratégico “Acceso a la Justicia” antes de la creación de la Comisión
de Justicia de Género del Poder Judicial; e) Que hayan formado parte de la Escuela de
Formación de Auxiliares Jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de Lima; y f)
Que sean abogados defensores públicos del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos. También se ha utilizado el Protocolo de Consentimiento Informado en las
entrevistas.
Los principales hallazgos de la investigación ha sido que la creación de la Comisión de
Justicia de Género del Poder Judicial fue una decisión acelerada durante la convocatoria
de la marcha “Ni Una Menos” en respuesta a la violencia contra las mujeres por no
encontrar respuesta inmediata y justa en el Poder Judicial, y que su creación no fue
parte de la estrategia institucional del Poder Judicial.
Las conclusiones que tenemos es que la Comisión de Justicia de Género del Poder
Judicial a pesar de haber sido su creación una decisión abrupta y crearse sin las
herramientas necesarias como un espacio para trabajar, presupuesto e integrantes y
personal necesario con el tiempo esas carencias fueron mejorando, por lo que incluso
su permanencia ha generado reformas; sin embargo, también ha tenido dificultades lo
cual ha limitado el objetivo de transversalizar el enfoque de género en las diferentes
áreas de la administración de justicia.
Identifer | oai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/18671 |
Date | 29 March 2021 |
Creators | Santisteban Ormeño, Gloria |
Contributors | Crisóstomo Meza, Mercedes Amalia |
Publisher | Pontificia Universidad Católica del Perú, PE |
Source Sets | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | info:eu-repo/semantics/masterThesis |
Format | application/pdf |
Rights | info:eu-repo/semantics/openAccess, http://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.5/pe/ |
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