Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El 24 de abril del año 2013 la Corte Suprema acogió el recurso de casación
en la forma interpuesto por el SERNAC, poniendo fin al juicio colectivo entre el
éste y CENCOSUD, declarando abusiva la modificación unilateral del monto de
la comisión por mantención de la tarjeta Jumbo Más y condenando a la
empresa a restituir los cobros indebidos y a pagar una indemnización a los
consumidores afectados. Este fallo constituye un importante precedente en
materia de protección al consumidor en Chile ya que aclara aspectos relevantes
en las relaciones de consumo. En el presente trabajo se analizó la formación
del consentimiento en los contratos de consumo a la luz del presente caso, con
el objeto de aclarar en qué forma debe prestar su aceptación el consumidor
para entender válidamente formado el consentimiento.
Para esto se hizo un estudio de la regulación aplicable a la formación del
consentimiento en los actos de consumo; luego se hizo una descripción de las
posturas de las partes del juicio SERNAC contra CENCOSUD y de los
tribunales a cargo de la causa en cuanto a la materia analizada y: finalmente se
trató la formación del consentimiento en los contratos de consumo en base a los
aprendizajes del citado caso y el estudio de la normativa aplicable, poniendo
especial énfasis en la forma en que el consumidor debe dar su aceptación.
Identifer | oai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/116169 |
Date | January 2014 |
Creators | Lazcano Maturana, Magdalena Paz |
Contributors | Lorenzini Barría, Jaime, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho Económico |
Publisher | Universidad de Chile |
Source Sets | Universidad de Chile |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | Tesis |
Rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile, http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/ |
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