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La utilización fraudulenta de la persona jurídica en el ambito del Derecho Laboral

La utilización fraudulenta de la persona jurídica se entiende como aquella situación en la cual los controlantes del ente colectivo se aprovechan de la misma para cometer actos fraudulentos contrarios al orden público y las buenas costumbres. La doctrina que combate estas conductas ilícitas es conocida también bajo los nombre del levantamiento, corrimiento, penetración, desestimación, superación, prescindencia, limitación, redhibición, inoponibilidad y allanamiento de la persona jurídica. Las formas de usar a una persona jurídica para intentar burlar normas de orden público son tan ingeniosas e inteligentes como las estrategias de ajedrez existentes. La utilización de la persona jurídica para defraudar derechos laborales no es una situación ajena al quehacer de la jurisprudencia laboral nacional, empero la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) recaída en el expediente 6322-2007 constituye el primer pronunciamiento del máximo intérprete de la Constitución sobre esta materia, y en la consagración de una de sus principales consecuencias: la solidaridad laboral. Ya antes el Pleno Jurisdiccional Laboral, abril 2008, los magistrados de 29 Cortes Superiores del país establecieron que los grupos de empresas pueden asumir responsabilidad solidaria por el pago de beneficios laborales cuando se haya actuado con el objeto de burlar derechos laborales. En buena cuenta cuando se evidencia que se intenta usar la subjetividad de empresas vinculadas económicamente para eludir obligaciones laborales cabe aplicar la solidaridad laboral como remedio para evitar un fraude a normas imperativas y de orden público. Los supuestos más comunes de utilización fraudulenta de personas jurídicas para eludir obligaciones laborales son: Cuando la sociedad “empleadora” carece de actividad real y se dedica al tráfico de personal a otras empresas, lo que se puede inferir de la falta de tributación, ausencia de autorización para operar o la cancelación de ésta, carencia de independencia de patrimonio, inexistencia de operaciones mercantiles, adquisición de bienes no relacionados a su objeto social y otros hechos, que en conjunto demuestren que la sociedad es una mera fachada formal.
Cuando la sociedad “empleadora” es utilizada en exclusivo interés de una persona natural que para sustraerse de las obligaciones laborales constituye una sociedad comercial con el exclusivo propósito de defraudar a sus trabajadores. Cuando la sociedad “empleadora” efectúa el traspaso irregular del fondo de comercio a una sociedad vinculada, dejando sin garantía patrimonial a los trabajadores. Se utiliza a la sociedad vinculada como un mero instrumento para sustraerse del cumplimiento de sus obligaciones laborales. • Simulación absoluta de una sociedad en que funge de empleadora. La única voluntad presente en ella es la del sujeto que interpone ilícitamente a la sociedad convirtiéndola en una mera ficción encaminada a realizar fraudes laborales. En ese contexto, nuestra tesis abordara la problemática de la utilización fraudulenta de la persona jurídica en el campo laboral, he intentara proponer soluciones a esta problemática. Por otra parte, este trabajo encuentra su justificación en la necesidad de trabajos jurídicos que analizan la problemática del abuso de la persona jurídica en el sector laboral en el ámbito nacional por el alto el interés social que existe por dar solución a uno de los más conocidos y a la vez impunes mecanismos de defraudar créditos laborales. Los objetivos de la presente investigación son básicamente: a) Determinar si la legislación nacional vigente regula adecuadamente la utilización fraudulenta de la persona jurídica en el ámbito laboral. b) Proponer se proscriba expresamente la utilización fraudulenta de la persona jurídica cuando afecte a los trabajadores. La hipótesis con la que trabajaremos será por tanto “la utilización fraudulenta de la persona jurídica no se encuentra adecuadamente regulada en el ámbito laboral”. En búsqueda de corroborar nuestra hipótesis, hemos estructurado esta tesis, en siete capítulos:
Capítulo I, Cuestiones metodológicas.
Capítulo II: La persona jurídica
Capítulo III: La utilización fraudulenta de la persona jurídica 4
Capítulo IV: La utilización fraudulenta de la persona jurídica en el ámbito del Derecho Laboral
Capítulo V: El Estado como empleador y la utilización fraudulenta de la persona jurídica
Capítulo VI: Constatación de la hipótesis de la tesis: La necesidad de sancionar la utilización fraudulenta de la persona jurídica en el ámbito laboral Considero que este trabajo contribuirá al perfeccionamiento de la regulación que combate la utilización fraudulenta de la persona jurídica, específicamente en el campo laboral, caso en el cual los trabajadores vienen siendo defraudados en sus derechos crediticios, situaciones en las cuales el ordenamiento jurídico no ha tenido reacción y ha permitido la impunidad de estas conductas por parte de inescrupulosos empleadores.

Identiferoai:union.ndltd.org:Cybertesis/oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:cybertesis/648
Date January 2011
CreatorsCarhuatocto Sandoval, Henry Oleff
PublisherUniversidad Nacional Mayor de San Marcos
Source SetsUniversidad Nacional Mayor de San Marcos - SISBIB PERU
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
Typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesis
SourceUniversidad Nacional Mayor de San Marcos, Repositorio de Tesis - UNMSM
Rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess

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