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¿Por qué las naciones obedecen al derecho internacional?

De este recuento y análisis a partir del devenir de las respuestas dadas a la“Cuestión del Cumplimiento”, se recoge una respuesta íntegra que concilia no sólo los enfoques de Chayes y Rawls, sino que incluso destruye la clásica división entre el Derecho doméstico y el Derecho Internacional, al afirmar que el cumplimiento se garantiza cuando las naciones han interpretado, analizado e interiorizado los dictámenes de las normas internacionales en su ordenamiento local, acoplándolos a su propio sistema de valores.

Identiferoai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:123456789/107787
Date25 September 2017
CreatorsHongju Koh, Harold
PublisherTHĒMIS-Revista de Derecho
Source SetsPontificia Universidad Católica del Perú
LanguageEspañol
Detected LanguageSpanish
TypeArtículo
FormatPDF
SourceTHĒMIS-Revista de Derecho; Núm. 63 (2013): Derecho Internacional; 11-50
RightsArtículo en acceso abierto, Attribution 4.0 International, https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/

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