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Consecuencias jurídicas emergentes de los ofrecimientos de negociación marítima de Chile a Bolivia en el marco internacional

El conflicto bélico acontecido en 1879 entre Bolivia y Chile, tuvo vital importancia en la historia boliviana, porque fue por este suceso que nuestro país perdió su acceso al mar; terminada la guerra en 1884 se firmó el Pacto de Tregua, por el cual se pone fin oficialmente a la contienda, para que en 1904 se firmara el Tratado de Paz y Amistad por el cual se definían los límites territoriales que separan a ambas naciones. Bajo estas circunstancias Bolivia, en su deseo de recuperar su acceso al Pacífico ha realizado gestiones diplomáticas con Chile para hallar una solución al problema, por su parte, Chile, ofreció a Bolivia en varias ocasiones negociar una salida al mar, resaltamos las siguientes: 1920, 1921, 1922, 1926, 1944, 1946, 1950, 1961, 1975, 1983, 1986 1993, 2000, 2003, 2004, 2007, lamentablemente Chile mantiene una actitud cambiante entre ofrecer y retractarse o imponer condiciones. Demostramos son este trabajo que esas ofertas, en el plano internacional y tomando en cuenta la doctrina de los actos unilaterales de los Estados, generan consecuencias jurídicas. Cabe resaltar que no todas las ofertas realizadas por Chile, se enmarcan en lo establecido en la doctrina, puesto que para que esto suceda deben cumplirse con ciertos requisitos, como son: la manifestación de la voluntad, realizada por un solo sujeto de Derecho Internacional, autonomía (lo que implica que surge al margen de un acuerdo), objeto lícito, circunstancia, la forma en se realiza el acto no es importante, por lo que tomando en cuenta estos aspectos, determinamos que; los ofrecimientos realizados en 1922, 1926, 1944, 1946, 1961 cumplen con estos requisitos, se encuadran en la figura llamada Promesa Unilateral y generan consecuencias jurídicas, para Chile en el Marco Internacional y cuáles son esas: Un Estado que realiza el acto unilateral llamado promesa se compromete, se obliga con el otro Estado a actuar de determinada manera, queda vinculado jurídicamente, y según los doctrinarios debe mantener una conducta coherente con su declaración inicial. Llegando a esta conclusión; proponemos que esta doctrina sea utilizada en la política exterior que maneja Bolivia en las relaciones con Chile como un sustento legal renovado para respaldar su demanda marítima

Identiferoai:union.ndltd.org:BOLVUMSA/sdx:www.cybertesis.umsa.bo:8080:umsa/documents/umsa.2009.cortez_cc-principal
Date January 2009
CreatorsCortez Casas, Celeste Liz
ContributorsCalderon Guzman, Emerson
PublisherUniversidad Mayor de San Andrés. Programa Cybertesis BOLIVIA
Source SetsUniversidad Mayor de San André(UMSA)
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
Formattext/xml
RightsCortez Casas, Celeste Liz

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