El desarrollo de esta investigación de Tesis trata de explicar las razones por las cuales se debe proceder de una vez, sin pérdida de tiempo, a la adhesión a dicho instrumento del mar. De proseguir esta falta flagrante de determinación gubernativa, el Perú inexorablemente tendrá que acatar las disposiciones de la Convención por un imperativo del colectivo universal expresado en las normas consuetudinarias del Derecho Internacional. Pero más penoso todavía es el hecho que nuestro país aunque se mantuviese al margen de la Convemar, lo que supondría –repito- el cumplimiento de las obligaciones establecidas en ella, no podría en ningún caso invocar sus cláusulas para el ejercicio de los derechos que sí se reconoce a los Estados Parte.
El Perú ha recorrido un largo y esforzado camino, para hacer prevalecer su planteamiento que revolucionó en la doctrina imperante hasta mediados del siglo XX. En efecto, la tesis pionera del Decreto Supremo 781 del 1° de agosto de 1947 –cuyo contenido es la base de esta Tesis-, que fuera firmado por el Presidente José Luis Bustamante y Rivero y su Canciller Enrique García Sayán, consagró la soberanía y jurisdicción marítima del Estado peruano hasta una distancia de 200 millas para la explotación de los recursos vivos y no vivos que se hallen en el mar.
Identifer | oai:union.ndltd.org:Cybertesis/oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:cybertesis/2236 |
Date | January 2004 |
Creators | Rodríguez Mackay, Miguel Angel |
Publisher | Universidad Nacional Mayor de San Marcos |
Source Sets | Universidad Nacional Mayor de San Marcos - SISBIB PERU |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | info:eu-repo/semantics/bacherlorThesis |
Source | Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Repositorio de Tesis - UNMSM |
Rights | info:eu-repo/semantics/openAccess |
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