Desde el año 2004 el Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ha “regulado”, a falta de norma expresa, las transformaciones de asociaciones a sociedades, exigiendo seguir un procedimiento previo de liquidación y transferencia del patrimonio remanente para luego exigir a los socios (antes asociados) que realicen nuevos aportes a la persona jurídica – ahora sociedad - con la finalidad de configurar su capital social. Esta “regulación” ha generado que la doctrina se vea divida respecto a dos preguntas, las cuales son: (i) ¿Se puede transformar una asociación en sociedad?; y, (ii) ¿Cómo debería llevarse a cabo el procedimiento para la adopción del acuerdo de transformación de asociaciones a sociedades y su posterior inscripción en los Registros Públicos?.
El presente artículo busca analizar el criterio establecido por el Tribunal Registral desde varios enfoques como: (i) El Derecho Mercantil, (ii) el Derecho Registral, (iii) el Derecho Civil, (iv) El Derecho Societario, (v) transformación de personas jurídicas, etc. A fin de demostrar todas las falencias que esta “regulación”, dada por el Tribunal Registral, con el objeto de que deje de aplicarse
Identifer | oai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/16383 |
Date | 04 June 2020 |
Creators | Gómez Blanco, Danilo Santiago |
Contributors | Pazos Hayashida, Javier Mihail |
Publisher | Pontificia Universidad Católica del Perú, PE |
Source Sets | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis |
Format | application/pdf |
Rights | Atribución-NoComercial-CompartirIgual 2.5 Perú, info:eu-repo/semantics/openAccess, http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/ |
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