Return to search

La autotutela del crédito : el delito de realización arbitraria del propio derecho

Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El delito de realización arbitraria del propio derecho se encuentra
tipificado como falta en el N° 20 del artículo 494 del Código Penal chileno, que
dispone que sufrirá la pena de multa de una a cuatro unidades tributarias
mensuales “el que con violencia se apoderare de una cosa perteneciente a su
deudor para hacerse pago con ella”. El hecho de que se trate de una falta ha
determinado que la doctrina chilena haya pasado por alto el análisis de este
delito. Sin embargo, su examen dogmático resulta indispensable para la
reconstrucción racional del sistema de los delitos contra la propiedad,
precisamente por la particular relación que existe entre esta figura y los delitos de
expropiación con apropiación correlativa, fundamentalmente, los delitos de hurto y
robo.
El nomen iuris de esta falta es coincidente con la denominación que
la misma figura ha recibido en el derecho penal español. Es cierto que también
podría utilizarse la expresión “autotutela ilícita” para designar este delito. Sin
embargo, en este trabajo se conservará la denominación tradicional para facilitar
la constante consideración que se hará de las distintas tesis existentes en la
doctrina española respecto de este delito, así como para reservar el uso de la
expresión “autotutela” como concepto genérico que integre, entre otras especies, a
la realización arbitraria del propio derecho.

Identiferoai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/116186
Date January 2003
CreatorsMañalich Raffo, Juan
ContributorsBascuñán Rodríguez, Antonio, Facultad de Derecho, Departamento de Ciencias Penales
PublisherUniversidad de Chile
Source SetsUniversidad de Chile
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
TypeTesis
RightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile, http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/

Page generated in 0.0026 seconds