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Reconocimiento del ingreso en la venta de vehículos para las empresas automotrices

Aclara dudas de contribuyentes del sector automotriz. La automotriz recibe el pago total de la compra venta de un vehículo en un ejercicio fiscal, entrega el bien en ejercicio siguiente. ¿En qué ejercicio reconoce el ingreso? El principio del devengado del artículo 57 de la Ley del Impuesto a la Renta y en la NIC 18, aplican el reconocimiento del ingreso en tiempos distintos. La Administración Tributaria anticipa el ingreso, y la obligación a tributar el IR de Tercera Categoría y pagos a cuenta mensuales de dicho Impuesto. Analiza el artículo 57 del IR, NIC 18, Resoluciones del Tribunal Fiscal, Informes de la Administración Tributaria. La legislación tributaria no ha definido el devengado en el caso de los Ingresos, se debe precisar el término para evitar discrepancias. / Trabajo de investigación

Identiferoai:union.ndltd.org:ulima.edu.pe/oai:repositorio.ulima.edu.pe:123456789/1306
Date January 2016
CreatorsRuiz-Olaya, Marco-Antonio
PublisherUniversidad de Lima
Source SetsUniversidad de Lima
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
Typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesis, Tesis
Formatapplication/pdf
SourceUniversidad de Lima, Repositorio Institucional Ulima
Rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess, https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/

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