En un proceso de divorcio, existen dos tipos de divorcio, primero se ha de atender y resolver la imputación sobre divorcio sanción, y a partir, de allí atribuirle las consecuencias jurídicas que el ordenamiento jurídico prevé. Sólo en el caso, que no pueda prosperar las causales de divorcio sanción, recién empezará a analizarse la pretensión de separación de hecho, pues ésta no se funda en imputación de culpabilidad alguna.
Lo que es materia de análisis, es lo contemplado en el artículo 345- A, segundo párrafo, en dicha norma se le otorga al Juzgador la facultad de fijar una indemnización al cónyuge perjudicado, sin embargo, surge la interrogante: ¿Quién es el cónyuge perjudicado? Para ello, el Juez fijará el monto discrecionalmente, dejando cierta disconformidad, y meritoria subjetividad. Así pues, el defecto de la motivación se evidencia en el tema de la indemnización.
Para la problemática planteada, este trabajo busca dejar por sentado cinco criterios que deben tener en cuenta el Juzgador. Pues, como se evidenciará con los cuadros estadísticos, el Juzgador actualmente, resuelve la problemática con subjetividad, y fija, consecuentemente montos sin salvaguardar la estabilidad económica del cónyuge perjudicado con el decaimiento familiar.
Identifer | oai:union.ndltd.org:usat.edu.pe/oai:tesis.usat.edu.pe:20.500.12423/6597 |
Date | January 2023 |
Creators | Vela Pisfil, Emely Maryort |
Contributors | Ojeda Arriaran, Dora Maria |
Publisher | Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, PE |
Source Sets | Universidad Catolica Santo Toribio de Mogrovejo |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis |
Format | application/pdf |
Rights | info:eu-repo/semantics/openAccess, http://creativecommons.org/licenses/by/4.0/ |
Page generated in 0.0026 seconds