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Propuesta de un plan de seguridad de un proyecto de edificación en construcción según el Decreto Supremo N° 011-2019-TR

Natalia del Rosario, Loayza Carmín 22 June 2021 (has links)
La Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo publicada en el 2011, viene siendo modificada en los últimos años debido a las necesidades presentadas en las diferentes actividades laborales en el Perú. Adicional a ella, particularmente el sector construcción cuenta con la Norma G 050 Seguridad durante la construcción, la cual exige procedimientos y consideraciones mínimos que se debería tener en obra para garantizar la menor probabilidad de peligros, desde un enfoque técnico. Sin embargo, aún cuando se tiene ambos dispositivos, el sector en mención es donde se ha presentado un alto número de incidentes y/o accidentes debido al trabajo de alto riesgo que se ejerce. La falta de EPCs durante los trabajos en altura, desconocimiento de riesgos por parte del personal, incorrecta capacitación o ausencia de esta, entre otros, son las principales causales de lo mencionado. Es por ello, que en el último Decreto Supremo que reglamenta para el sector construcción la Ley N° 29783 se desarrolla con mayor detalle los artículos redactados en la Ley, modificando alguno de ellos en aras del bienestar y cuidado del trabajador. Sin embargo, a pesar de que la promulgación del Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el sector construcción (DS N° 011-2019-TR) se dio el 10 de julio del 2019, la mayoría de las constructoras no han modificado el plan de seguridad de cada uno de sus proyectos debido a que su redacción genera un costo adicional. Por otro lado, el 08 de mayo de 2020 se promulgó la Resolución Ministerial 087-2020 Protocolo sanitario del sector vivienda, construcción y saneamiento para el inicio gradual e incremental de las actividades en la reanudación de actividades, en el que se dispone que la empresa contratista debe establecer un protocolo para prevenir y controlar la propagación del COVID.19, en el personal que interviene en la ejecución de obras de construcción y las personas que, por algún motivo, ingresen al área en que esta se ejecuta. Por lo expuesto anteriormente, es necesario realizar la propuesta de un plan de seguridad de una edificación en construcción a cargo de una empresa mediana, donde se incluyan los nuevos requisitos propuestos en el DS N° 011-2019-TR, a los cuales se le añadirá lo indicado en la RM 087-2020 VIVIENDA mientras dure la emergencia sanitaria originada por el COVID-19.

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