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Informe Final sobre la Resolución N° 3840-2014-SPC-INDECOPI Angela Alvarez vs. Clínica Internacional S.A.Verano Huamanchumo, Raymundo Estefano 20 November 2020 (has links)
En el 2014 la Sala Especializada en Protección al Consumidor de INDECOPI da a
conocer un fallo en el que sanciona a la Clínica Internacional por haber dejado
olvidada una gasa en el cuello uterino de una paciente. La elección del caso se
justifica por los temas jurídicos que se abordan: cuestiones sobre derecho de
protección al consumidor, la probanza en los procedimientos ante INDECOPI y el
trasfondo constitucional del tema por los bienes jurídicos involucrados: el derecho a
la salud y el derecho del consumidor a la idoneidad en el servicio. Luego de revisar
detalladamente la resolución de la Sala se analizan una serie de argumentos
jurídicos y fácticos pertinentes, que en su conjunto permiten llegar a la conclusión
acertada que la clínica es responsable administrativamente por la falta de idoneidad
en la atención en el parto. Todo ello se sustenta en la interpretación de los artículos
del código sobre el deber de idoneidad en los servicios médicos y las posturas
jurisprudenciales acordes con el rol tuitivo del estado en la protección del
consumidor; la interpretación en el ámbito probatorio sobre la carga de la prueba en
los servicios de salud acorde con el rol tuitivo del estado en la protección del
consumidor. El presente informe no se limita al tema del deber de idoneidad en el
servicio de salud, también se analizan i) los argumentos jurídicos que determinaron
la medida correctiva y la sanción ii) el libro de reclamaciones. En conclusión, a lo
largo del informe se evidencia que en la relación de consumo la parte vulnerable es
el consumidor, quien debe ser protegido por normas y fallos que aseguren su eficaz
protección.
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¿Y yo, puedo tener SIS?: la situación del derecho a la salud de las personas solicitantes de la condición de refugiado, personas con PTP y migrantes irregulares en el PerúAlvarez Chávez, Ingrid Lourdes 24 November 2022 (has links)
El objetivo principal de este trabajo de investigación es demostrar que el Estado
peruano vulnera el derecho a la salud de las personas con PTP, solicitantes de
la condición de refugiado y personas en situación de irregularidad, debido a que
no cuentan con acceso al SIS. La metodología para alcanzar este objetivo se
basa, principalmente, en aplicar un análisis dogmático, sistemático y teleológico
de la normativa nacional e internacional; así como también la revisión de doctrina
y jurisprudencia nacional e internacional. Este trabajo inicia identificando el
derecho a la salud como un derecho humano por los instrumentos del Derecho
Internacional de los Derechos Humanos, y conociendo el uso correcto de los
términos de la migración internacional. En la segunda parte, se identificará el
reconocimiento del derecho a la salud y el sistema migratorio en el cuerpo
normativo peruano. Además, se conocerá la organización y estructura del
sistema de salud peruano, con la intención de entender por qué el SIS es el
servicio de salud al que las personas de los grupos objetivos deben tener acceso.
La tercera parte tiene como enfoque principal exponer cómo el Estado peruano
vulnera el derecho a la salud de las personas migrantes mediante la violación de
los estándares de igualdad y no discriminación; disponibilidad, accesibilidad,
aceptabilidad y calidad; y acceso a medicamentos esenciales, a través de
barreras que no permiten a los grupos objetivos acceder a servicios brindados
por el SIS.
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Informe jurídico sobre la Resolución No. 0102-2024/ SEL-INDECOPICarlos Visso, Mayra Alessandra 01 August 2024 (has links)
En muchas ocasiones, el crecimiento económico y social de un país se ver
mermado por medidas ilegales o arbitrarias, desincentivando la inversión
económica o reduciendo las opciones de la población para acceder a diversos
servicios en el sector privado. Es en estas situaciones que la Comisión de
Eliminación de Barreras Burocráticas juega un rol sumamente importante al
momento de eliminar estas barreras y así asegurar la libertad de empresa.
Este rol es aún más imprescindible cuando, colateralmente, estas barreras
ilegales o arbitrarias atentan no solo contra los intereses de agentes económicos,
sino también contra intereses públicos.
Es por ello que, en el presente informe, analizaremos la Resolución No. 0102-
2024/SEL-INDECOPI, pues esta refleja el impacto que tienen las decisiones del
Indecopi en materia de eliminación de barreras burocráticas. En el caso en
particular, analizaremos la decisión de la Sala de Eliminación de Barreras
Burocráticas del Indecopi en torno a declarar barreras burocráticas carentes de
razonabilidad las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud recaídas en
el Decreto Supremo No. 014-2012-SA y la Resolución Directoral No. 006-
2015/DIGEMID-MINSA, que prohíben a las farmacias y boticas del país ofrecer
dentro de dichos establecimientos atención médica primaria y la venta de víveres
no perecibles.
Para ello, analizaremos la legalidad y razonabilidad de las disposiciones
denunciadas en los términos del Decreto Legislativo No.1256 y, finalmente,
veremos si la decisión de la Sala cumple o no con los fines del régimen de
Eliminación de Barreras Burocráticas. / On many occasions, a country's economic and social growth is hindered by illegal
or arbitrary measures that discourage economic investment or reduce the
population's options for accessing various services in the private sector. It is in
these situations that the Commission for the Elimination of Bureaucratic Barriers
plays an extremely important role in removing these barriers and thus
guaranteeing freedom of enterprise.
This role is even more essential when, collaterally, these illegal or arbitrary
barriers are not only against the interests of economic agents, but also against
public interests.
For this reason, in this report, we will analyze Resolution No. 0102-2024/SELINDECOPI,
since it reflects the impact of Indecopi's decisions on the elimination
of bureaucratic barriers. In this particular case, we will analyze the decision of the
Bureaucratic Barriers Elimination Chamber of Indecopi to declare as
unreasonable bureaucratic barriers the provisions issued by the Ministry of
Health contained in Supreme Decree No. 014-2012-SA and Directorial
Resolution No. 006-2015/DIGEMID-MINSA, which prohibit pharmacies and
drugstores in the country from offering primary medical care and the sale of nonperishable
foodstuffs within such establishments.
For this purpose, we will analyze the legality and reasonableness of such
provision under the terms of Legislative Decree No. 1256 and, finally, we will see
whether or not it complies with the purposes of the Commission for the
Elimination of Bureaucratic Barriers.
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