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Historia del canje de la deuda externa peruana 1970-2000

Nomberto Bazán, Víctor Raúl January 2008 (has links)
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Historia del canje de la deuda externa peruana 1970-2000

Nomberto Bazán, Víctor Raúl January 2008 (has links)
La historia del Perú es una suerte de "espejo de Próspero" de la historia occidental. Las naciones desarrolladas occidentales poseen y dirigen el sistema bancario internacional, controlan todas las grandes divisas del mercado, son el principal cliente del mundo, proporcionan la mayoría de los productos acabados del mundo, y dominan los mercados internacionales de capital. Asimismo, las diversas teorías del desarrollo coinciden en la cooperación entre países como parte de la construcción de un nuevo orden internacional global económico, político, cultural y militar. El análisis de las fuentes de cooperación también es fundamental para descubrir motivaciones económicas, comerciales, geopolíticas, culturales o humanitarias. En consecuencia, la modernidad occidental argumenta el desarrollo como ideología universalista de transición de las sociedades tradicionales a las modernas, en su confrontación con las culturas no occidentales. A su vez, define a la sociedad moderna como urbana, secular, industrial y compleja; mientras que la sociedad tradicional es campesina, rural, agraria, simple y religiosa. La idea básica de este cambio irreversible que experimenta la humanidad está descrita magistralmente por el historiador inglés Peter Laslett. De esta manera, la historiografía ha enfatizado una visión del capitalismo como un largo proceso de superación de la subordinación de los hombres a la naturaleza y un movimiento hacia la libertad, es decir, legitimando el progreso. En efecto, un orden internacional basado en la alianza entre civilizaciones es la visión más adecuada para el desarrollo. El sistema de cooperación para el desarrollo podemos definirla como la relación que se establece en el ámbito internacional entre un país desarrollado y uno en vía de desarrollo, e incluso entre dos países en vías de desarrollo; éstas pueden ser en términos de donación o préstamo a tasas de interés por debajo de las vigentes en el mercado de capitales. / Tesis
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Determinantes del riesgo de crédito soberano europeo en tiempos de crisis

Zapater Migone, Rodrigo Andrés January 2013 (has links)
Ingeniero Civil Industrial / La importancia del riesgo crediticio soberano, radica en que éste es un reflejo del costo de endeudamiento en que deben incurrir los países al momento de emitir deuda. Además, el riesgo crediticio tiene el efecto de ser un techo soberano . Esto significa que las empresas o instituciones domiciliadas en el país, por lo general, no logran tener un rating mayor al otorgado a la deuda soberana, lo que influye en el costo de financiamiento de éstas. En la presente crisis europea, este tema toma especial importancia debido a las fuertes variaciones observadas tanto en las tasas de interés de los bonos soberanos, como en los ratings asignados por las agencias calificadoras de riesgo. En vista de lo recién mencionado, el presente trabajo de título tiene como objetivo general estudiar los determinantes del riesgo de crédito soberano europeo en tiempos de crisis. Para lograr este objetivo, se plantean y dan respuesta a las siguientes preguntas: ¿Cuáles son los determinantes de los ratings soberanos?, ¿Cuáles son los determinantes de los spreads soberanos?, ¿Cuál es el efecto que tiene la crisis sobre los spreads de los bonos soberanos? Para llevar a cabo lo anterior se realiza un estudio empírico. Se tiene un modelo de datos de panel, en el que a través de regresiones lineales se busca explicar cuáles son los determinantes del riesgo crediticio. Se controla por efecto fijo de país para captar los efectos particulares e invariantes en el tiempo, propios de cada economía, y por efecto fijo de tiempo para controlar el efecto de eventos que afectan a todos los países, como es el caso de una crisis financiera global. En esta memoria se ocupan las variables macroeconómicas propuestas en Cantor y Packer (1996): balance fiscal, inflación, deuda de gobierno, crecimiento económico, ingreso per cápita y balance de cuenta corriente. Además, se agregan variables que miden la iliquidez de mercado, con lo cual se construye un panel de datos, a partir del cual se explica de forma empírica el movimiento de los spreads y de los ratings asignados por S&P. La base de datos cuenta con datos desde enero del 2000 hasta marzo del 2013 y con un total de 22 países europeos. Los principales resultados de la investigación indican que el impacto de las seis variables macroeconómicas sobre el rating es el que se esperaría en condiciones normales, y al controlar por efecto fijo país se llega a explicar más del 80% de la variabilidad de éstos. A la vez, se detecta que los ratings de los países tienen un fuerte poder explicativo sobre los spreads. Se observa que en tiempos de crisis, los países con mayor rating y variables macroeconómicas más saludables, se ven menos perjudicados que los que están en una peor situación, en otras palabras, el efecto generado por las variables explicativas se ve amplificado en presencia de una crisis. Empíricamente se observa que antes de la crisis, el mercado no castigaba el tener altos niveles de deuda soberana, lo que cambia durante el desarrollo de ésta, en que sí lo considera y se castiga a los países según sus niveles de deuda.
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Sostenibilidad de los déficit de cuenta corriente en Argentina durante el período de convertibilidad

Mezza, Álvaro January 2003 (has links) (PDF)
Trabajando con datos previos a la cesación de pagos de la deuda externa, se ha intentado demostrar si los mismos reflejan el desequilibrio intertemporal que ésta representa y qué factores jugaron un rol fundamental para llevar a esta situación. De acuerdo al análisis realizado mediante la aplicación de métodos de cointegración sobre diferentes medidas representativas de la cuenta corriente, se concluye fehacientemente que el nivel de deuda argentina no era sostenible. Los pagos netos de factores parecen haber jugado un rol fundamental para la explicación de la no sostenibilidad de los déficits de cuenta corriente, mientras que existen indicios a favor de la hipótesis de apreciación permanente del tipo de cambio real argentino de acuerdo a la aplicación del método de Johansen-Juselius, aunque esta conclusión no se mantiene de acuerdo al método de Engel y Granger.
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Cáceres y el Contrato Grace: sus motivaciones

Pereyra Plasencia, Hugo January 2016 (has links)
El Contrato Grace, suscrito en 1888 entre el gobierno del presidente Andrés A. Cáceres y el club británico de tenedores de bonos de la deuda externa peruana, fue presentado por sus críticos contemporáneos no sólo como un instrumento que dañaba los intereses nacionales, sino también como una operación corrupta. Este artículo hace una apreciación crítica sobre ambos juicios. Con base en documentación de la época, se sostiene que Cáceres, promotor del Contrato Grace, tuvo como una de sus motivaciones esenciales la obtención de recursos para financiar el pago de los diez millones de pesos contemplados en el Tratado de Ancón como compensación a Chile, en elcaso de que el Perú ganara el plebiscito de Tacna y Arica previsto para 1894.
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¿Por qué no extender el principio de inmunidad soberana en los procesos de reestructuración de la deuda externa como derecho de los estados ante los tribunales internos extranjeros? Reflexiones de los casos peruano y argentino ante los reclamos de Elliott y NML Capital.

Zevallos Castillo, Henry Omar 24 January 2020 (has links)
En el desarrollo del fenómeno de la deuda soberana, la irrupción de los Holdouts o fondos buitres ha generado una catarsis jurídica, en la necesidad de poder limitar su accionar especulativo; en particular, cuando judicializan sus reclamos contra los Estados por el pago de sus acreencias adquiridas en el mercado secundario de la deuda. En este proceso, las sentencias favorables obtenidas por los Holdouts en los tribunales internos designados en los instrumentos de deuda como los créditos sindicados y/o bonos soberanos, en un primer momento, han sido objeto de atención por lo novedoso de la interpretación de algunas de las cláusulas insertas en estos contratos como es la cláusula pari passu. La presente investigación, a partir de la revisión de los casos Elliott vs Perú y NML Capital vs Argentina, muestra que más importante que las acreencias reconocidas a los Holdouts han resultado las facultades que gozan los mismos para poder bloquear las reestructuraciones de la deuda soberana concertadas entre los Estados y la mayoría de sus acreedores privados, conocidos como Holdins, bajo la supervisión del Fondo Monetario Internacional, trayendo consigo adicionalmente el problema del default soberano. En esta medida, se pretende sustentar que el principio de inmunidad soberana debe extenderse a los procesos de reestructuración de la deuda soberana, a fin de evitar que las demandas de los Holdouts interfieran el cumplimiento de los pagos que tienen a su cargo los Estados con los Holdins, afianzándose de este modo la estabilidad económica y financiera de los entes soberanos y de la Comunidad Internacional. / In the development of the phenomenon of sovereign debt, the irruption of Holdouts or vulture funds has generated a legal catharsis, in the need to be able to limit its speculative actions; in particular, when they prosecute their claims against the States for the payment of their debts acquired in the secondary market of the debt. In this process, the favorable judgments obtained by the Holdouts in the domestic courts designated in debt instruments such as syndicated loans and / or sovereign bonds, at first, have been the subject of attention because of the novelty of the interpretation of some of the the clauses inserted in these contracts such as the pari passu clause. The present investigation, from the review of the Elliott vs. Peru and NML Capital vs. Argentina cases, shows that more important than the credits recognized to the Holdouts have been the faculties enjoyed by the latter in order to block the restructuring of the sovereign debt celebrated between the States and most of its private creditors, known as Holdins, under the supervision of the International Monetary Fund, bringing with it additionally the problem of sovereign default. In this measure, it is intended to support the principle of sovereign immunity should be extended to the processes of sovereign debt restructuring, in order to avoid that the demands of the Holdouts interfere with the fulfillment of the payments that are held by the States with the Holdins, consolidating in this way the economic and financial stability of sovereign entities and the International Community.

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