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La obligación alimenticia de los abuelos : estudio jurisprudencialLea-Plaza Micheli, Javier Alberto January 2019 (has links)
Memoria para optar al Grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / En la presente memoria se aborda la problemática que plantea la Ley Nº 20.720 en torno al sistema recursivo dispuesto en ella.
En la Primera Parte (acápite Nº 1) repasaremos el concepto de insolvencia y haremos una breve referencia a la historia, a fin de contextualizar al lector, reflexionando, a su vez, sobre la relevancia social que envuelve la problemática desde la perspectiva del orden público económico. Por último, nos referiremos al régimen concursal chileno y especialmente a la tendencia que se ha registrado en el último tiempo, tanto a nivel internacional como nacional, consistente en favorecer las fórmulas de reestructuración del pasivo del deudor por sobre la liquidación, lo cual, en definitiva, se traduce en la consagración del reemprendimiento como solución primera ante el mal estado de los negocios del deudor.
Continuaremos con una visión crítica a la Ley 20.720 planteada por la doctrina respecto de tres aspectos: error de diagnóstico; falta de neutralidad de la ley ante la solución más idónea frente a cada caso particular; y error de concepto en que incurre la Ley 20.720. (Acápite N°2).
En el apartado Nº 3. se tratarán los Principios Procesales Preponderantes en el Procedimiento Concursal dispuesto en la Ley 20.720, a saber, el principio de bilateralidad de la audiencia y el principio de celeridad. Se le dará especial énfasis a este último, dada su estrecha relación e influencia directa en el sistema recursivo materia de la presente memoria.
Después de repasar los principios preponderantes, se hará una exposición el Régimen de recursos de la Ley Nº 20.720, específicamente los Recursos de Reposición, Apelación y Casación, dando especial énfasis al Recurso de Apelación (Nº 4) Luego efectuaremos una valoración crítica del artículo 4 de la Ley en comento. (N° 5).
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Posteriormente se analiza la jurisprudencia relativa a los recursos que los litigantes han interpuesto a fin de esquivar la carencia del sistema recursivo, a saber, el Recurso de Queja, Recurso de Hecho y Acción de Inaplicabilidad por Inconstitucionalidad. (Nº 6).
A continuación, comentaremos una reciente sentencia de la Corte Suprema, en la cual se declara admisible el recurso de apelación, en el sentido de que ésta significa una excepción a la improcedencia que han declarado los tribunales respecto del recurso en estudio, el cual, como se sabe, se encuentra especialmente restringido en la nueva Ley.
Para finalizar, realizaremos una recapitulación de lo expuesto en la memoria y las conclusiones a las que ha arribado la autora (N° 7) y, asimismo, una enunciación de la Bibliografía utilizada en la presente memoria. (N° 8).
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