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The Legal Notion of Environmental Damage and a Peculiar Argumentation of the Court of Environmental Enforcement / La Noción Jurídica de Daño Ambiental y una Peculiar Argumentación del Tribunal de Fiscalización AmbientalPuente Brunke, Lorenzo de la 10 April 2018 (has links)
A proper normative interpretation is undoubtedly one of the pillars of Law, all this thanks that brings a juridical security level and predictability to all the parties involved. In that sense the author submits a critique about the criteria that have been emitted by the diverse public organisms in environmental material, specifically with the juridical concept of«environmental damage» in the excess inside Maximum Permissible Limit. Also the article presents an objective focus through a temporal development of diverse administrative resolutions, which are established as incorrect on the basis of a wide and forced interpretation about environmental damage, concept applied not only in a case with real effects, but also potential ones. Finally, this is provided by the author as a defect, that although actually exists a remedial intention, this must begin from a clear conceptual framework in normative and resolutive topics by equal. / Una debida interpretación normativa, se constituye sin duda alguna, como uno de los pilares del Derecho, ello gracias a que otorga un nivel de seguridad jurídica y predictibilidad a todas la partes involucradas. Es en ese sentido, que el autor sostiene una crítica sobre el criterio que han venido emitiendo en instancia administrativa diversos organismos públicos en materia ambiental, específicamente con respecto al concepto jurídico de «daño ambiental» en el exceso de los Límites Máximos Permisibles (LMP). El artículo nos presenta un enfoque objetivo con un desarrollo temporal de diversas resoluciones administrativas, las cuales manifiesta, son erróneas en base a una interpretación amplia y forzada de lo que es daño ambiental, concepto que se aplica no solo para aquellos supuestos con efectos reales, sino también potenciales. Finalmente, ello es señalado por el autor como un defecto, que si bien en la actualidad existe una intención de subsanarlo, esto debe partir principalmente de un marco conceptual claro tanto en el ámbito normativo como resolutivo.
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