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Uso de evidencia de mercado en la evaluación de poder de mercado en la industria portuaria del Perú: el caso del Terminal Portuario de Matarani, 2000-2022

Daga Lázaro, Roberto Carlos 08 May 2024 (has links)
En este estudio se usa evidencia de mercado para evaluar el poder de mercado en la provisión de los servicios portuarios de uso de muelle, transferencia, manipuleo y almacenamiento de cereales importados mediante el Terminal Portuario de Matarani (TPM) en el periodo enero 2000 – febrero 2022. Bajo el enfoque metodológico del experimento natural o análisis de shock, la prueba de comparación de interceptos y pendientes es aplicada mediante la técnica de Mínimos Cuadrados Ordinarios (OLS, por sus siglas en inglés) corregidos por errores robustos consistentes con heterocedasticidad y autocorrelación, y complementados con OLS dinámicos, OLS completamente modificados y regresión de correlación canónica. Encontramos que, luego de la implementación del nuevo Sistema de Descarga de Granos en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao que ocurrió el 22 de febrero de 2016, la demanda de servicios portuarios del TPM no se redujo y tampoco cambió su tendencia histórica porque los cereales importados tienen como destino empresas ubicadas en la misma zona geográfica del TPM, debiéndose concluir que ambos terminales portuarios no son sustitutos, es decir, no pertenecen al mismo mercado relevante. En virtud de ello, el mercado geográfico relevante debe quedar restringido al TPM porque sus clientes no tienen fuentes alternativas de aprovisionamiento, correspondiendo concluir que existe un significativo poder de mercado. Por lo tanto, la recomendación de política es seguir aplicando la regulación tarifaria para los servicios de uso de muelle y almacenamiento e implementarla para la transferencia y el manipuleo de cereales en el TPM. / Market evidence is used to evaluate the market power in the provision of port services for the wharfage, transfer, handling and storage of imported cereals through the Port Terminal of Matarani (TPM) during the period January 2000 - February 2022. Under the methodological approach of the natural experiment or shock analysis, the comparison test of intercepts and slopes is applied using Ordinary Least Squares (OLS) technique corrected for robust errors consistent with heteroskedasticity and autocorrelation, and supplemented by dynamic OLS, fully modified OLS, and canonical correlation regression. We found that, after the implementation of the new Grain Unloading System in the Multipurpose North Terminal of the Callao Port Terminal that occurred on February 22, 2016, the demand for port services in the TPM did not decrease nor did it change its historical trend because the imported cereals are destined for companies located in the same geographical area of the TPM, and it is concluded that both port terminals are not substitutes, that is, they do not belong to the same relevant market. For that reason, the relevant geographic market must be limited to the TPM because its clients do not have alternative sources of supply, corresponding to the conclusion that there is significant market power. Therefore, the policy recommendation is to continue applying the tariff regulation for the wharfage and grain storage services and implement it for the transfer and handling of cereals in the TPM.
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¿Será posible una implementación eficiente del control de operaciones de concentración empresarial en el Perú?

Castellanos Sánchez, Luis Fernando 12 March 2020 (has links)
La promoción de la competencia es uno de los elementos de política pública esenciales para alcanzar el bienestar social. Así pues, el Derecho de la Competencia se constituye en una pieza clave en todo ordenamiento legal. En el Perú, el nacimiento del Derecho de la Competencia no se origina como muchos piensan con la Constitución de 1993 y su capítulo sobre el Régimen Económico y el reconocimiento de una economía social de mercado. El primer antecedente es el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 296-90-EF, publicado el 5 de noviembre de 1990, en el que se establece que “el Estado propicia la libre competencia en la producción de bienes y servicios y la garantiza mediante la prevención y sanción de los actos que la limitan […]”1. Posteriormente, se crea el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi y se promulga un 7 de noviembre de 1991 la primera ley de competencia en el Perú: el Decreto Legislativo Nº 701, contra las prácticas monopólicas, controlistas y restrictivas de la libre competencia. Esta norma, así como, la que se encuentra vigente actualmente (el Decreto Legislativo Nº 1034) regulan las acciones del Indecopi frente a prácticas que restrinjan la competencia. Debido a ello, se persiguen a los cárteles (colusiones horizontales y verticales) y se sancionan las modalidades de abuso de posición de dominio. Es decir, se realiza un control de conductas anticompetitivas (control ex post). No obstante, y hasta hace muy poco tiempo, salvo en el sector eléctrico y a diferencia de la gran mayoría de países con normativas de competencia, no existía un marco normativo que regule el control previo de operaciones de concentración económica. Por eso, las fusiones en el Perú no tienen un desarrollo práctico ni conceptual a la fecha. En el presente trabajo comenzaremos analizando el control de concentraciones empresariales desde sus orígenes para poder entender su naturaleza y cuál es el objetivo que persigue su regulación. Posteriormente, situaremos al control de operaciones de concentración empresarial como una política regulatoria. Para ello, deberemos entender el marco teórico de la regulación económica, es decir, cuándo resulta eficiente que el Estado intervenga en el mercado y cuándo es mejor que los agentes económicos actúen libremente en él. A partir de los conceptos mencionados, realizaremos una revisión de los principales argumentos a favor y en contra respecto a establecer un control de las operaciones de concentración económica en el Perú. Así pues, el lector podrá sacar sus propias conclusiones en relación con las eficiencias y “deficiencias” de esta regulación. Asimismo, creemos que el control de estructuras es un elemento que debe tomarse en cuenta de manera prioritaria en cualquier decisión de crecimiento empresarial, en los nuevos emprendimientos de inversiones o simplemente, en una diversificación industrial. Por lo tanto, esta política se encuentra estrechamente vinculada con el bienestar social y económico de cualquier país. Ahí radica la importancia del estudio respecto al impacto de su implementación y efectos en el mercado. Finalmente, una vez superado el debate respecto a si debemos o no controlar las operaciones de concentración empresarial, elaboraremos una serie de recomendaciones y propondremos medidas jurídico-regulatorias que apunten a una implementación eficiente de un control previo de actividades de concentración económica que se ajuste a la realidad peruana. / Tesis

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