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Nacionalización de recursos naturales y las limitaciones del derecho internacional : los casos de Bolivia y ArgentinaBonnefoy Miralles, Pascale 20 May 2014 (has links)
Magíster en Estudios Internacionales / En la última década, varios países latinoamericanos han nacionalizado parcial o totalmente sus recursos naturales, a veces acompañado de nacionalizaciones o expropiaciones en otros sectores o industrias como parte de una reorientación global de sus políticas económicas. Este proceso ha implicado, en distintos grados en diferentes países, cambios legales y constitucionales que consagran la propiedad y conducción estatales sobre recursos considerados estratégicos para el desarrollo nacional, la renegociación de contratos de concesión o asociación con inversionistas extranjeros, una mayor imposición tributaria a inversionistas privados y, en algunos casos, la obligación de que reinviertan sus utilidades, entre otros aspectos. Esta investigación examinará la evolución del derecho internacional respecto de la nacionalización de los recursos naturales, los límites que imponen los acuerdos de protección de inversiones firmados con anterioridad, y el efecto del traslado del foro de solución de controversias en torno a las inversiones hacia el ámbito internacional. Específicamente, se estudiará la experiencia de nacionalización de los hidrocarburos en Bolivia en 2006 y la expropiación de los activos de la empresa española Repsol en la petrolera YPF en Argentina en 2012. Estos dos casos reflejan diferentes modalidades para asumir la conducción estatal del sector e ilustran las limitaciones que estos países han debido enfrentar como resultado de obligaciones internacionales derivadas de acuerdos aún vigentes, así como sus distintas estrategias para abordarlas. La hipótesis de trabajo es que el Derecho Internacional ha evolucionado hacia normas más restrictivas para la nacionalización de recursos naturales, imponiendo límites a la decisión soberana del Estado en cuanto a la modalidad y alcance de dicha nacionalización, y cediendo, además, el control sobre el proceso de solución de controversias.
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