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Problemática de la prohibición de registro en la propiedad industrial por contravención al orden público, las buenas costumbres y la moral: el caso de las patentes de material biológico de origen humano y animal

Bazán Mesías, Luiggi André 29 March 2019 (has links)
La presente investigación tiene como objetivo principal ver el problema de la aplicación de los conceptos de orden público, moral y buenas costumbres en el marco de la Propiedad Industrial y, segundo, el tratamiento que se debe dar a las solicitudes de patentes biotecnológicas de origen humano y animal en el Perú tomando como base los casos más emblemáticos que sucedieron en el mundo de la biotecnología. El tratamiento será en base a un correcto análisis de la solicitud, lo cual se refiere a no solo un enfoque estrictamente moral, sino dar el mismo peso a los demás aspectos que engloban el invento biológico solicitado y conforme al plan propuesto por el autor: 1. El cumplimiento con los requisitos de patentabilidad y el criterio de utilidad, 2. Riesgos, 3. Función económica y social: tipo de consumidores del invento y contribución al desarrollo, y 4. El orden público, la moral y las buenas costumbres: base fundamental el ser humano. Por lo expuesto, se reafirmará la hipótesis principal sostenida en la presente investigación, la cual es que el tratamiento en el Perú de estos inventos sobre material biológico deben ser evaluados acorde a los demás elementos que lo componen, descritos anteriormente, y no denegarlos de plano por el mero hecho de ser “contrarios” al orden público, moral y buenas costumbres cuando se pase el primer filtro sobre si son inventos o no, ya que en ciertos casos la ponderación entre los beneficios contra una costumbre moral puede ser muy superior; en conclusión, que la restricción proclamada en los artículos donde están los conceptos de orden público, moral y buenas costumbres de la ley de propiedad industrial no deben ser estrictas sino flexibles y complementarias acorde al análisis de caso por caso ,ya que denegar los inventos biológicos a priori por ser “antimorales” resulta un perjuicio al inventor, al desarrollo biotecnológico y a una serie de derechos implícitos, siempre y cuando, se respete el núcleo básico: el ser vivo.

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