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Informe para la sustentación de expediente: 05410-2015-PA/TCGervacio Castilla, Melissa Maria 12 February 2021 (has links)
El presente trabajo a exponerse trata sobre la demanda presentada por la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. (en adelante, SMCV), en la que solicitan la inaplicación del Decreto Supremo 130-2013-PCM, que establece disposiciones referidas al aporte por regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, OEFA), y de que dicha norma vulnera los principios de Legalidad, No confiscatoriedad y Reserva de Ley en materia tributaria.
Dicho lo anterior, el Tribunal Constitucional resolvió que dicha norma no había violado los principios que se indican en el párrafo anterior, y que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental tiene un rol importante que cumplir, en este caso sería el rol fiscalizador que se le ha conferido, y que es de suma importancia velar por el ambiente, por lo cual declara infundada la demanda.
De los siete magistrados que conforman el Tribunal Constitucional, los votos fueron de la siguiente manera.
Declararon Infundada la demanda de SMCV, los siguientes Magistrados:
Miranda Canales
Ramos Núñez
Ledesma Narváez
Espinosa – Saldaña Barrera
Declararon Fundada la demanda de SMCV, los siguientes Magistrados:
Blume Fortini
Sardón de Taboada
El Magistrado Ferrero Costa, solicitó abstenerse para el presente caso, y su solicitud fue aceptara por el Pleno el 21 de marzo de 2019. / Trabajo de suficiencia profesional
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