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La naturaleza jurídica de las contraprestaciones por el uso y/o aprovechamiento de recursos naturalesTuesta Soto, Geraldine 13 May 2021 (has links)
El presente artículo de investigación versa sobre la naturaleza jurídica de las
contraprestaciones por el uso y/o aprovechamiento de recursos naturales, que es importante
determinar a efectos de establecer cuáles son los criterios y/o principios que deben de regir
dichos pagos, así como cuáles son los órganos estatales especializados en la resolución de
conflictos que tienen competencia para poder resolver controversias vinculados a dichos
pagos. A efectos de determinar su naturaleza, se ha (i) establecido los elementos constitutivos
del tributo, desarrollando qué debe entenderse por cada uno de ellos, (ii) establecido los
elementos constitutivos de la Tasa sub especie derecho en la modalidad de uso o
aprovechamiento de bienes públicos, desarrollando qué debe entenderse por cada uno de
ellos; y, (iii) desarrollado el marco jurídico aplicable a los recursos naturales y sustentado las
razones por las que se exigen las contraprestaciones. Siendo que, tras analizar todos dichos
aspectos, se concluye que las contraprestaciones no tienen naturaleza tributaria, pues no se
tratarían de una obligación ex lege y no toman en consideración la capacidad contributiva
del sujeto obligado a su pago; los mismos que constituyen elementos constitutivos del
tributo; y que además, no pueden ser considerados Tasas de la sub especie Derecho -como
lo han llegado a señalar el Tribunal Fiscal y el Tribunal Constitucional- pues el sustento del
cobro de las contraprestaciones no se sustenta en la prestación efectiva por parte del Estado
de un servicio público individualizado en el contribuyente. En ese sentido, consideramos que
las contraprestaciones se tratan de recursos originarios, distintos a los derivados dentro de
los cuales se incluyen los ingresos de naturaleza tributaria, pues constituyen ingresos que se
obtienen únicamente a cambio el uso y/o aprovechamiento que hacen los particulares de
recursos naturales que constituyen bienes que forman parte del patrimonio del Estado.
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