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¿Qué determina el éxito de una política pública? Un caso de posible éxito: los Centro de Emergencia Mujer en AncashMondoñedo Mora, Ivonne Deliany 24 August 2023 (has links)
Las políticas públicas tienen una gran relevancia tanto para el Estado
como para la sociedad porque son las encargadas de buscarle una solución a
los problemas sociales que existan en el Perú. Es por ello que con la presente
investigación se ha intentado desarrollar un factor que permite el éxito de las
políticas públicas: la coordinación intersectorial, dicho termino se comprobará
con algunos ejemplos. Finalmente, se tomó como caso extra de análisis a la
política pública de género, siendo parte de ella, los Centros Emergencia Mujer;
pero utilizando como objeto de estudio a los de la región de Ancash. Se eligió
esta región debido a que es la segunda con mayor CEM en el Perú, después de
Lima; y con el fin de tener una investigación descentralizada. Asimismo, se
incluirá el contexto de la pandemia debido al COVID-19. / Public policy has a great deal of relevance for both the state and society
because public policy is responsible for solving the social problems that exist in
Peru. It is for this reason that the present investigation has attempted to develop
a factor that permits successful public policy: intersectional coordination; this will
be demonstrated through various examples. Finally, an additional case study
analyzing public policy on gender, in particular, Women’s Emergency Centers;
those centers in the region of Ancash will be used as the specific subject of study.
This region was chosen due to the fact that it contains the second highest amount
of Women’s Emergency Centers in Peru, second only to Lima. The focus of the
present investigation is a decentralized approach. Likewise, the context of
pandemic will be included due to the COVID-19 outbreak
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Respuesta Penal a la infracción de las medidas de protección, a propósito de la sentencia de Casación N° 1879-2022-AncashSudario Justiniano, Carmen Rosa 09 October 2023 (has links)
En el año 2019 me incorporé al Ministerio Público como Asistente del Sistema Fiscal,
específicamente en la sede de la provincia de Huamalíes-Huánuco a cargo de delitos
comunes. Dos años más tarde, es decir en el año 2021, fui rotada a la Fiscalía
Provincial Penal de Amarilis-Huánuco, con competencia en delitos que comprende el
artículo 122-B. Durante mi estancia allí, fui testigo de la frecuencia con la que se
recibían denuncias de personas que, pese a contar a estar protegidas, pues contando
con medidas de protección a su favor por haber sido víctimas de agresión antes,
fueron agredidas nuevamente por la persona denunciada. En la mayoría de casos se
trató de actos cometidos en contra de mujeres por su condición de tal o contra un
integrante del grupo familiar. Cuando estos hechos eran evaluados por el Ministerio
Público, percibí que no se tenía claro sobre cual tipo penal debía aplicarse, pues en
principio la conducta denunciada aparentemente, calzaba dentro de dos delitos: el
artículo 122°-B, numeral 6 que sanciona los actos de violencia contra la mujer con
infracción de órdenes dictadas por un juez a favor de una agraviada y el artículo 368°
del Código Penal, tercer párrafo que regula la desobediencia de las medidas de
protección derivadas de un hechos que configuran violencia familiar. / Trabajo académico
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