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Esclavitud en tiempos contemporáneos

Borzutzky Klaber, Susana January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La Sociedad de hoy cree que el hombre esta tan evolucionado, que ciertas creencias o facetas vergonzosas de su personalidad ya no existen. Se piensa que la doctrina de los derechos humanos ha conquistado el mundo, lamentablemente no es así, en algunos lugares esos aspectos funestos del hombre aún perduran. Al pensar en esclavitud la primera imagen que se nos viene a la mente, es el hombre encadenado que trabaja a merced de un amo o señor. Esa esclavitud hoy esta abolida, pero aún subsiste la perdida de libertad que sufre una persona que debe trabajar para evitar un mal futuro. Este tipo de comportamiento se denomina trabajo forzoso, y esta presente en casi todos los rincones del mundo. Es un fantasma en nuestro país no se escucha, no se ve, pero existe dentro de nuestras fronteras. En otras partes es más ruidoso y ha llevado a crear una red normativa adecuada o ciertas tácticas o estrategias gubernamentales para su abolición. A nivel internacional a creado cierto reconocimiento y hoy es un derecho humano el no estar sometido a trabajo forzado. A lo largo de este trabajo se realiza una mirada sobre el trabajo forzoso en el mundo, sus distintas facetas, su normativa y las falencias que existen hoy para lograr su erradicación, como también se plantean los medios para lograr su abolición. Luego del estudio que amerita tan delicada materia, se puede llegar a conclusiones, que si bien a veces sólo van a otorgar información de tan desconocidos sucesos, otras veces tal véz, produzcan una modificación práctica mayor.
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El núcleo de lo punible en la conducta de los trabajos forzados del artículo 411 quáter mediante la definición del bien jurídico protegido

Inostroza Díaz, Felix January 2018 (has links)
Tesis (Magíster en derecho penal) / Actividad Formativa Equivalente a Tesis (AFET) / El presente trabajo tiene por finalidad determinar el núcleo de lo punible en la conducta del trabajo forzado que consigna el artículo 411 quáter del Código Penal, a través de la determinación del bien jurídico que habría de encontrarse protegido con la conducta anteriormente descrita. Para ello, se hace necesario previamente contextualizar la conducta desde el punto de vista político-criminal, tanto en la conducta más general y englobante de aquella, como lo es la trata de personas, como en la propia del trabajo forzado, sus relaciones con los movimientos migratorios que dan forma de modo más concreta a la conducta criminógena, como cuál sería la conducta criminal en específico y los daños producidos. Luego, se adentrará derechamente, y en base a la discusión político-criminal preliminar, a precisar los bienes jurídicos que se encontrarían afectados en la conducta del trabajo forzado, y si éstos tienen su correlato en las figura típica del artículo 411 quáter del Código Penal.
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Informe jurídico del Recurso de Nulidad N° 2349-2014: actuación del poder judicial peruano ante la trata de personas

Muriel Hinostroza, Catherine Alexandra 13 August 2024 (has links)
El Estado peruano reconoce la gravedad y la problemática que representa el delito de trata de personas. Siendo el fin supremo y último del Estado, la defensa de la persona humana y de su dignidad1. No obstante, la Corte Suprema de Justicia de la República en Recurso de Nulidad N° 2349-2014 decide, contradictoriamente a los medios de prueba aceptados, absolver a la persona denunciada. Cabe detallar que el Recurso de Nulidad N° 2349-2014 versa sobre la captación, traslado, retención y posterior explotación laboral que realizó la señora Elsa Cjuno Huillca en agravio de la niña de iniciales D.R.Q.R. durante el 02 de enero de 2008 al 27 de enero de 2008. Esto, con la finalidad de que la citada se desempeñe como dama de compañía en el bar de su propiedad. Dicha situación conlleva a cuestionarse si la decisión de los jueces supremos responde al marco jurídico establecido por el Estado peruano en la lucha contra la trata de personas. Así mismo, en concordancia con el principio de “buen gobierno”, entendido como el adecuado y responsable ejercicio del poder y del cumplimiento de función estatal, garantizando la realización de los derechos humanos y la protección del interés general2, corresponde cuestionar la actuación judicial. / The Peruvian state acknowledges the seriousness and the problematic nature of human trafficking. The supreme and ultimate goal of the State is the defense of the human person and their dignity. However, in Appeal of Nullity No. 2349-2014, the Supreme Court of Justice of the Republic decides, contradictorily to the accepted evidence, to acquit the accused person. It is important to note that Appeal of Nullity No. 2349-2014 concerns the recruitment, transportation, retention, and subsequent labor exploitation carried out by Mrs. Elsa Cjuno Huillca against the minor identified by initials D.R.Q.R. from January 2, 2008, to January 27, 2008. This was done with the purpose of the minor working as a companion in her own bar. This situation leads to questioning whether the decision of the supreme judges aligns with the legal framework established by the Peruvian state in combating human trafficking. Furthermore, in accordance with the principle of "good governance," understood as the appropriate and responsible exercise of power and the fulfillment of state function, ensuring the realization of human rights and the protection of the public interest, it is appropriate to question the judicial actions.

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