El trabajo de investigación, se divide en tres grandes bloques. El primero lo hemos denominado, El Derecho a la Felicidad como Derecho Constitucional. El segundo lleva por título Los límites del Producto Interior Bruto. Por último, el tercero de los mismos es el relativo a Los Índices de Felicidad. En cuanto a los principales objetivos y temas de esta investigación, de igual manera podemos agruparlos también en tres, y se corresponden con cada una de las partes en los que hemos dividido este trabajo. En primer lugar, conocer si existe o ha existido a lo largo de la historia, lo que podríamos denominar como un derecho a la felicidad, y si ese derecho ha sido reconocido en los textos constitucionales de las distintas naciones. En segundo lugar, comprobar si el Producto Interior Bruto, que se ha convertido desde su creación en el principal indicador del nivel de desarrollo y de bienestar material de un país, tiene sus limitaciones y carencias, y si por tanto, es el más adecuado para medir el progreso y el bienestar de nuestras sociedades. Asimismo, conocer si diversas organizaciones internacionales y/o alguna comisión, se han pronunciado al respecto mediante resoluciones o recomendaciones, para seguidamente estudiarlas. En tercer y último lugar, comprobar si, en correspondencia con el objetivo anterior, son necesarios nuevos índices e indicadores complementarios al Producto Interior Bruto y si se han creado lo que denominaremos como “índices de felicidad” desde una perspectiva internacional, especialmente por las organizaciones internacionales más relevantes, para seguidamente analizar los mismos, junto al índice de la Felicidad Nacional Bruta de Bután, pionero a nivel nacional. Hemos empleado como principal metodología a seguir, tanto el análisis de contenido de dichos textos constitucionales, como el de las citadas recomendaciones y resoluciones de diferentes organizaciones internacionales; así como el análisis comparativo de los resultados que se han obtenido de los índices de felicidad analizados. Todo ello ha supuesto, teniendo en cuenta la complejidad del fenómeno a investigar, junto a los objetivos de la investigación, la puesta en práctica de una metodología cualitativa, mediante un amplio desarrollo normativo, y con un análisis teórico, documental y bibliográfico, realizado fundamentalmente tanto en la primera como en la segunda parte de este trabajo; junto a un tratamiento descriptivo y comparativo de los resultados obtenidos en los distintos índices de felicidad analizados, el cual se desarrolla principalmente en la tercera parte de la investigación. En la primera parte, El Derecho a la Felicidad como Derecho Constitucional, repasamos las Constituciones, además de determinadas Declaraciones, que a lo largo de la historia han reconocido ese derecho a la felicidad, o al menos el derecho a su búsqueda, en sus propios textos. En la segunda parte, Los límites del Producto Interior Bruto, comprobamos como existe una corriente a nivel internacional, con voces de gran peso, que critican la utilización del Producto Interior Bruto como única medida del progreso y desarrollo de los países, como así lo refleja la relevante Comisión para la Medición del Desempeño Económico y el Progreso Social; el Proyecto Global para la Medición del Progreso de las Sociedades, de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE); la Resolución de 2011 del Parlamento Europeo que lleva por título Más allá del PIB - Evaluación del progreso en un mundo cambiante; y la Resolución 65/309 de la Asamblea General de las Naciones Unidas del mismo año, denominada La felicidad: hacia un enfoque holístico del desarrollo; las cuales no hacen otra cosa que incidir en la necesidad de implantar nuevos índices e indicadores que complementen al Producto Interior Bruto como medida del desarrollo y bienestar de las naciones, y en los que la felicidad debe tener un papel cada vez más transcendente. Por último, en la tercera parte, analizamos los tres índices de felicidad a nivel internacional que consideramos más relevantes en la actualidad. Se trata del Índice de Desarrollo Humano del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el World Happiness Report de la Sustainable Development Solutions Network de Naciones Unidas (SDSN) y el Better Life Index de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Asimismo, procedemos a analizar un índice de felicidad a nivel nacional, la Felicidad Nacional Bruta de Bután. Respecto a las principales conclusiones alcanzadas, como aspectos generales podemos afirmar que, por extraño que pueda parecer, ya que nos encontramos ante dos conceptos de ámbitos muy diferentes, existe una relación entre Derecho y Felicidad. De hecho, el Derecho a la felicidad, al bienestar subjetivo o al menos el derecho a la búsqueda de la felicidad en alguna de su acepciones, ha sido a lo largo de la historia, y sigue siéndolo en algunos Estados, un Derecho reconocido en las Constituciones de diversas naciones, si bien es cierto que en una minoría de las mismas. Por otro lado, existen diversos factores que nos demuestran que debemos replantearnos los instrumentos actuales de medición del desarrollo y del progreso, especialmente el Producto Interior Bruto, el cual además no puede emplearse como la única medida que determine el bienestar de una nación. Por tanto, la medición del bienestar debe complementarse con diversos estudios e índices que profundicen en la felicidad como un nuevo enfoque holístico del desarrollo. Asimismo, en un plano público, y en relación con la primera de las conclusiones, si la felicidad es el objetivo último de todo Gobierno, los índices de felicidad deben de servir a los gobernantes de las naciones a orientar sus políticas hacia la misma, si lo que pretenden es que sus ciudadanos sean lo más felices posibles. Por último, llegamos a diversas conclusiones a raíz de los resultados obtenidos en los distintos índices de felicidad. / The research is divided into three sections. The first one is called, The Right to Happiness as a Constitutional Right. The second one is entitled The Limits of Gross Domestic Product. Finally, the third one is related to Happiness Indices. The main objectives of this research are also three, and they correspond to each one of the sections. First, to determine whether there is or there has been throughout history, what might be called as a right to happiness, and if that right has been recognized in the Constitutions of some nation. Second, to verify if the Gross Domestic Product, which has become since its creation in the main indicator of the level of development and material welfare of a country, has its limitations and shortcomings, and if it is the best option to measure progress and welfare of our societies. Also, to find out if any international organization and/or commission, have pronounced about it with resolutions or recommendations, in order to study them. Third, and finally, to determine if new rates and additional indicators of Gross Domestic Product are needed and whether have been created what we call as "indices of happiness" from an international perspective, especially by relevant international organizations, in order to analyze them, with the Gross National Happiness of Bhutan, a pioneering nationwide. We have used as main methodology, the content analysis of these constitutional provisions, and of these recommendations and resolutions by international organizations; and the comparative analysis of the results that have been obtained with the happiness indices analyzed. All this has meant, taking into account the complexity of this investigation and its objectives, the implementation of a qualitative methodology with a comprehensive study of the policy framework, and a bibliographic and theoretical analysis, during the first and second part of this research. In the third part of the investigation has been carried out a descriptive and comparative analysis of the results obtained in the different happiness indices studied. In the first section, The Right to Happiness as a Constitutional Right, we reviewed the Constitutions and certain statements, which have recognized the right to happiness, or at least the right to the pursuit of happiness. In the second section, The Limits of Gross Domestic Product, we confirm that there is a current and international movement, that criticizes the use of Gross Domestic Product as the only one measure of progress and development of countries, such as have been indicated by the relevant Commission on the Measurement of Economic Performance and Social Progress; the Global Project on Measuring the Progress of Societies, of the Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD); the Resolution in 2011 of the European Parliament entitled Beyond GDP - Measuring progress in a changing world; and the Resolution 65/309 of the United Nations General Assembly the same year, called Happiness: towards a holistic approach to development. All of them believe in the need to introduce new indexes and indicators to complement Gross Domestic Product as a measure of development and welfare of nations, and that happiness should play an important role. Finally, in the third section, we analyze the three indices of happiness at international level that we consider most relevant today. These are the Human Development Index of the United Nations Development Program (UNDP), the World Happiness Report of the Sustainable Development Solutions Network United Nations (SDSN) and the Better Life Index of the Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD). Also, we proceed to analyze a happiness nationwide index, the Gross National Happiness of Bhutan. Regarding the main conclusions, we can say that, despite of the fact that they are two very different concepts, we can find a relationship between Law and Happiness. In fact, the right to happiness, to subjective well-being or at least the right to pursuit of the happiness, has been throughout the ages, and still is in some States, a right recognized in the Constitutions of different countries, although it is true that they are a minority. On the other hand, there are several factors that show us that we need to rethink about current measurement instruments of development and progress, especially the Gross Domestic Product, which cannot be used as the only one measure in order to determine the well-being of a nation. Therefore, the measurement of welfare should be complemented by different studies and indexes related to happiness as a new holistic approach to development. Also, in a public level and in relation to the first conclusion, if happiness is the last goal of any government, happiness indices should help the rulers of nations in order to direct their policies towards the happiness, if what they want is that their citizens were as happy as possible. Finally, we have reached different conclusions related to the results of the indices of happiness analyzed.
Identifer | oai:union.ndltd.org:TDX_UM/oai:www.tdx.cat:10803/334693 |
Date | 27 November 2015 |
Creators | Buendía Sánchez, Juan Antonio |
Contributors | Peñaranda Ortega, María, Universidad de Murcia. Departamento de Sociología y Política Social |
Publisher | Universidad de Murcia |
Source Sets | Universidad de Murcia |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | info:eu-repo/semantics/doctoralThesis, info:eu-repo/semantics/publishedVersion |
Format | 471 p., application/pdf |
Source | TDR (Tesis Doctorales en Red) |
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