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Secreto y transparencia en las relaciones exteriores en Chile

Magíster en Estudios Internacionales / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / A fines del 2008 se promulga en Chile la Ley 20.285 sobre acceso a la información pública, que establece que es pública la información elaborada con presupuesto público, y además toda otra información que esté en poder de los órganos de la administración de Estado. Además, de acuerdo a esta legislación, el secreto gubernamental se debe constreñir a situaciones consideradas excepcionales y especificadas por ley.
Sumando a lo anterior, esta nueva normativa crea el Consejo para la Transparencia, el cual está ocupado de promover el “principio de transparencia”, y revisar los amparos que se interpongan cuando una persona reclame por la vulneración de su derecho a la información. Si el Consejo estimase que un organismo público está incurriendo en una falta grave, éste tiene la competencia de formular y ordenar la aplicación de sanciones para los jefes de servicios responsables de la infracción a la ley.
Sin embargo, problema fundamental de esta legislación es que si bien los límites de la transparencia están especificados por ley, estos están establecidos por términos ambiguos y dejan bastante espacio a la discrecionalidad de los actores organizacionales en juego (Correa 2011).
Esto toma importancia para las relaciones internacionales en cuanto la Ley 20.285 afecta el actuar de todos los ministerios que componen al poder ejecutivo, y por ende, el Ministerio de Relaciones Exteriores también se encuentra supeditado a esta legislación (República de Chile 2008, art. 2), secretaría que históricamente, en Chile y en otros países del mundo, guarda con cuidado riguroso cierta información que maneja, previendo una posible afectación de los intereses nacionales.
En síntesis, existe por un lado una legislación que busca promover la transparencia gubernamental creando un organismo para su garantía, y por otro lado, un quehacer del Estado –la política exterior- que demanda espacios de secreto para su accionar, en un contexto donde eventuales controversias se resuelven a partir de un marco normativo poco claro en las definiciones fundamentales que determinan los espacios de no transparencia (o secreto.

Identiferoai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/116537
Date08 July 2014
CreatorsCruz Yáñez, Paola Andrea
ContributorsEspaliat Larson, Astrid, Instituto de Estudios Internacionales
PublisherUniversidad de Chile
Source SetsUniversidad de Chile
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
TypeTesis

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