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Informe sobre expediente de relevancia jurídica Nº 05515-2013-0-1-1601-JR-LA04, E-2707, la adecuada protección del trabajador frente al despido fraudulento por intimidación como vicio de la voluntad

Este informe expone el caso de una trabajadora que fue sorprendida consumiendo una
gelatina de su empleador HIPERMERCADOS TOTTUS S.A., por lo cual este pretendió
sancionarla mediante el despedido disciplinario. Este caso fue elegido por su
controversialidad. Inicialmente, parece exagerado pretender despedir a un trabajador
por comer una gelatina de su empleador. Sin embargo, un evento como este genera la
aparición de diversas preguntas: cuando un empleado comete una falta, ¿no tiene el
empleador autoridad para sancionarlo? La respuesta es afirmativa. Por otro lado,
¿apropiarse de un producto del empleador, como esta gelatina, no es acaso una falta?
Sí. ¿Entonces, me pueden despedir por comer una gelatina en mi trabajo? Depende.
En mi informe examinaré las faltas laborales graves como base legítima para el despido,
considerando a la referida institución jurídica como la forma de poner fin a la relación de
trabajo basada en la voluntad unilateral del empleador y en una causa justa de despido.
Así, cuando un trabajador incurre en una falta laboral hasta el punto de hacer
inaceptable la continuación de la relación laboral, se aplica el despido disciplinario.
Además, analizaré la configuración de dos tipos de despidos lesivos de derechos
fundamentales: el despido incausado y el despido fraudulento, ambos consagrados por
el máximo interprete de la Constitución Política del Perú. Ante el marco de la adecuada
protección brindada por los artículo 22 y 27 de la Constitución Política del Perú,
examinaré cuál es la adecuada protección frente a estos despidos que afectan el
contenido esencial del derecho al trabajo.
Finalmente, analizaré la validez y los efectos legales del despido fraudulento por vicio
de la voluntad, puesto que la trabajadora demandó la reposición por haber sido
intimidada para renunciar. Ella alegó que su empleador podía poner fin a la relación
laboral de esta manera sin tener que aportar una razón válida para ello.

Identiferoai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/27525
Date05 April 2024
CreatorsYacila Dios, Ana María del Carmen
ContributorsBeyá González, Erick Giancarlo
PublisherPontificia Universidad Católica del Perú, PE
Source SetsPontificia Universidad Católica del Perú
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
Typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Formatapplication/pdf, application/pdf
Rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess, http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/

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