Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo tiene por objeto determinar el estándar de cuidado a que se
encuentran sujetos los medios masivos de comunicación, como antecedente
de su responsabilidad por los daños derivados de su actividad periodística
en el ejercicio de la libertad de opinión e información. Sostendremos que
este es un estándar diferenciado del estándar general del buen padre de
familia en materia extracontractual, el que se desprende de nuestro Código
Civil como régimen supletorio de la Ley Nº 19.733 “Sobre libertades de
opinión e información y ejercicio del Periodismo” (en adelante, “Ley de
Prensa”). Según intentaremos demostrar, el estándar debe ser diferenciado
porque así se desprende de una correcta hermenéutica legal de diversos
tratados internacionales ratificados por Chile, de nuestra Constitución
Política de la República y de la Ley de Prensa. En efecto, los dos últimos
cuerpos normativos exigen la configuración de un “delito o abuso” como
antecedente de toda responsabilidad, lo que constituye un fuerte indicio
sobre la técnica legislativa atenuada que nuestro legislador ha empleado en
esta materia.
Identifer | oai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/140861 |
Date | January 2016 |
Creators | Daniel Cruz, María de la Luz |
Contributors | Banfi del Río, Cristián |
Publisher | Universidad de Chile |
Source Sets | Universidad de Chile |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | Tesis |
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