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El artículo 18, inciso 3, del Código Procesal Penal: riesgos y posibilidades

Más de quince años después, al producirse la paulatina aplicación del Código Procesal Penal a los distritos judiciales donde las rondas campesinas y las comunidades nativas y campesinas desarrollan sus prácticas de administración de justicia, se registran los primeros conflictos, debido a que, más bien, numerosos magistrados y fiscales se están rehusando a intervenir frente a delitos ocurridos en las comunidades, pese a las denuncias presentadas por la propia población. Análisis en detalle del artículo 149 de la Constitución para saber cuáles pueden ser las consecuencias concretas del nuevo Código Procesal Penal

Identiferoai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:123456789/115455
Date10 April 2018
CreatorsArdito Vega, Wilfredo
PublisherPontificia Universidad Católica del Perú
Source SetsPontificia Universidad Católica del Perú
LanguageEspañol
Detected LanguageSpanish
TypeArtículo
FormatPDF
SourceDerecho PUCP; Núm. 65 (2010): Reforma Procesal Penal. Enseñanza del Derecho; 115-134
RightsArtículo en acceso abierto, Attribution 4.0 International, https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/

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