TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Mauricio Bahamóndez Pino [Parte I],
Francisco Santibáñez Villanueva [Parte II] / En el presente trabajo de investigación, se ha efectuado un análisis a los posibles efectos de interpretación o de aplicación de la normativa tributaria, específicamente de las devoluciones de crédito fiscal de acuerdo al artículo 27° bis vinculada con el activo fijo, que derivan de un proceso de división.
La interpretación del Servicio de Impuestos Internos, en cuya virtud el remanente de crédito fiscal IVA es un crédito personalísimo que no puede ser transferido ni transmitido, por lo que, en un proceso de división, la sociedad que nace producto de la división no puede asignársele el remanente de crédito fiscal IVA de la dividida.
De acuerdo a lo que ha señalado el Servicio de Impuestos Internos referente a la calificación del remanente crédito fiscal, los requisitos que debe mantener la sociedad que solicita el beneficio, inexistencia de un plazo máximo para cumplir con la devolución del anticipo y ante la ausencia de circulares, resoluciones y oficios que establezcan una posición positiva o negativa de que una sociedad realice una división, asigne los bienes del activo fijo a la sociedad que nace y que solicite el beneficio del artículo 27° bis de la LIVS, creemos que la sociedad madre tiene el derecho de solicitar el remanente de crédito fiscal y no quedar expuesta a una posible sanción del artículo 97 número 4 inciso segundo y tercero.
Identifer | oai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/146173 |
Date | 03 1900 |
Creators | Bahamóndez Pino, Mauricio, Santibáñez Villanueva, Francisco |
Contributors | Polanco Zamora, Gonzalo |
Source Sets | Universidad de Chile |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | Tesis |
Rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile, http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/ |
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