No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Magister en Derecho, mención en Derecho Penal / En este trabajo, partiendo de consideraciones generales sobre la criminalidad económica, y diferenciando conceptualmente entre libre concurrencia y libre competencia, es la protección del mercado y sus precios naturales, como bien jurídico protegido del artículo 285 del Código penal, junto a la sinonimia entre los medios fraudulentos, que el tipo requiere para alterar los precios, y los medios ilícitos, aquellos que permiten incluir en esta abrazadera típica a los acuerdos colusorios de precios al estilo del conocido caso farmacias. Y más aún, no solo es posible establecer, como vía alternativa de punición, la estafa basada en un engaño concluyente por parte de aquel que, como agente económico que oferta en el mercado, está obligado a cumplir y no incurrir en atentados contra la libre competencia, considerados como presupuesto de contratación, sino también, descartar cualquier impedimento que por vía del ne bis in idem prohíba la punición de estos acuerdos, al no concurrir sus requisitos y existir alternativas de sanción.
Identifer | oai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/116618 |
Date | January 2013 |
Creators | Acuña Silva, Marcelo Andrés |
Contributors | Piña Rochefort, Juan, Facultad de Derecho, Escuela de Graduados de Derecho |
Publisher | Universidad de Chile |
Source Sets | Universidad de Chile |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | Tesis |
Rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile, http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/ |
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