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El principio de A-Legalidad en el derecho administrativo - posmoderno - sancionador eléctrico

A pesar de reconocerse en Chile potestades sancionadoras a la Administración desde el comienzo mismo de la República y de crecer éstas elefantiásicamente en las últimas décadas, el Derecho Administrativo Sancionador, esto es, aquella rama del Derecho Público, y específicamente del Derecho Administrativo, que ha de regular quién, cómo y con qué límites las puede ejercer, es aún incipiente.

Tan incipiente es el Derecho Administrativo Sancionador en nuestro medio que la doctrina aún discute cómo denominar esta materia. Y lo es tanto que, reconozcámoslo con cierta desazón, la doctrina se ha detenido extensa e inoficiosamente en la discusión sobre la ontología de la sanción -¿es o no pena?-, bajo el supuesto, absolutamente errado, de que de ella depende la aplicación o no de los principios inspiradores del Derecho Penal al Derecho Administrativo Sancionador. Y peor aun, parte importante de nuestra doctrina ha comenzado la construcción dogmática del Derecho Administrativo Sancionador a partir de la elaboración que al respecto ha efectuado la doctrina española e incluso llevándola a extremos inaceptables, en circunstancias que las bases conceptuales y normativas –especialmente constitucionales- de ésta son sustancialmente distintas a las nuestras. Error lamentablemente habitual en nuestra doctrina

Identiferoai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/106780
Date January 2006
CreatorsRomán Cordero, Cristián
ContributorsBauzá Pantoja, Rolando, Facultad de Derecho, Escuela de Graduados de Derecho
PublisherUniversidad de Chile, CyberDocs
Source SetsUniversidad de Chile
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
TypeTesis
RightsRomán Cordero, Cristian

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