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La extensión de convenios colectivos celebrados con sindicatos minoritarios en el Perú

En el presente trabajo se analiza la extensión de convenios colectivos celebrados con
sindicatos minoritarios con la finalidad de otorgar alcances respecto a la
incompatibilidad de esta medida con el ordenamiento jurídico peruano. El
cuestionamiento señalado precedentemente reviste especial importancia ya que el
último pronunciamiento de la Corte Suprema en relación a la extensión de convenios
colectivos celebrados con sindicatos minoritarios, expresado en el VIII Pleno
Jurisdiccional Supremo en Material Laboral y Previsional, reafirma la posición de que
estas extensiones unilaterales sí serían conforme a derecho. De este modo, en el
presente trabajo se revisan conceptos jurídicos indispensables en el campo de las
relaciones colectivas de trabajo, tales como la representatividad y la representación,
para lo cual se repasan tanto normas pertenecientes a nuestro ordenamiento jurídico, así
como los criterios adoptados por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a
través de su Comité de Libertad Sindical, en su recopilación de decisiones; la
Recomendación Nº 91 de la OIT; entre otros. Asimismo, se efectúa un análisis del
derecho-principio de igualdad a la luz de la extensión de los convenios colectivos
celebrados con sindicatos minoritarios y se realiza un test de igualdad en el cual se
concluye que la posibilidad para el empleador de extender unilateralmente estos
convenios colectivos vulneraría el derecho fundamental a la libertad sindical,
reconocido no solo en nuestra Constitución sino también en tratados internacionales
como los Convenios 87 y 98 de la OIT. Así las cosas, el presente trabajo brinda un
análisis de la figura de la extensión de convenios colectivos celebrados con sindicatos
minoritarios y cómo las normas nacionales e internacionales regulan el desarrollo del
mismo, llegando a la conclusión de que la regla general deberá ser la no extensión de
convenios colectivos celebrados con sindicatos minoritarios y dejando abierta la
posibilidad a que, de forma excepcional, se permita la extensión en contados supuestos,
en los cuales deberá indefectiblemente ponderarse los derechos en juego para concluir si
es que resulta razonable romper la regla general de no extensión.

Identiferoai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/19680
Date13 July 2021
CreatorsValdez Castillo, Walter Gustavo
ContributorsMendoza Legoas, Luis Erwin
PublisherPontificia Universidad Católica del Perú, PE
Source SetsPontificia Universidad Católica del Perú
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
Typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Formatapplication/pdf
Rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess, Atribución-NoComercial 2.5 Perú, http://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.5/pe/

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