Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El uso insistente por parte del legislador de la expresión "Contrato de trabajo", mueve apensar en la Teoría General de los Contratos, que en Chile está contenida, desde el punto de vista positivo, principalmente en el libro IV del Código Civil.
El artículo 1545 dispone que "Todo contrato legalmente celebrado es Ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causa legal".
Los autores del derecho chileno uniformemente ven en esta norma fundamental el planteamiento general de lo que llaman "Disolución del contrato". De esta manera, al tenor de l norma citada, este fenómeno operará por mutuo disenso o por causas legales. Pero los vivilistas chilenos no se preocupan de fijar el alcance de esta disolución, de manera que existe incertidumbre para saber si determinada "causa legal" opera o no para disolver determinado contrato cuando la ley calla.
Identifer | oai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/114594 |
Date | January 2003 |
Creators | Gottlieb Sabah, Sharon |
Contributors | Lizama Portal, Luis, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social |
Publisher | Universidad de Chile |
Source Sets | Universidad de Chile |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | Tesis |
Rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile, http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/ |
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