Este comentario analiza la sentencia de Corte Suprema de los Estados Unidos de 26 de junio de 2015, dictada en el caso J. Obergefell v.Hudges (US 575_(2015), mediante la cual, al revocar diversas sentencias de la Séptima Corte de Apelaciones, dictadas en aplicación de las leyes de los Estados de Ohio, Tennessee, Michigan y Kentucky que solo regulaban la posibilidad del matrimonio cuando era «entre un hombre y una mujer», estableció la doctrina de que la Constitución de 1787 no permitía que los Estados prohibieran «a las parejas del mismo sexo contraer matrimonio en los mismos términos y condiciones acordadas a las parejas de sexos contrarios». En consecuencia, la Corte consideró que los funcionarios demandados (todos encargados de ejecutar las leyes impugnadas de inconstitucionalidad) habían «violado la Enmienda Catorce de la Constitución, al negarle a quienes reclamaban «‘dignidad igual a los ojos de la ley’», reconociendo así un «derecho constitucional» de las parejas del mismo sexo a casarse.
Identifer | oai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:123456789/95696 |
Date | 25 September 2017 |
Creators | Brewer-Carías, Allan R. |
Publisher | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Source Sets | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Language | Español |
Detected Language | Spanish |
Type | Artículo |
Format | |
Source | Pensamiento Constitucional; Vol. 20, Núm. 20 (2015); 11-34 |
Rights | Artículo en acceso abierto, Attribution 4.0 International, https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/ |
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