Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / En las páginas siguientes, intentaré demostrar como no es posible sustentar una fórmula general de solución respecto del alcance que debe darse a las gestiones del artículo 435 del código de procedimiento civil, sino que por el contrario, debe examinarse cuidadosamente que gestión utiliza el solicitante, cuál es la actitud del citado, y observarse la relación substantiva que une a ambos, de tal forma me parece que es posible ir formulando soluciones acordes con la normativa tanto procesal como civil aplicables al caso concreto.
Identifer | oai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/114623 |
Date | January 2001 |
Creators | Marchi Fernández, Eduardo |
Contributors | Bernales Pereira, José, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho Procesal |
Publisher | Universidad de Chile |
Source Sets | Universidad de Chile |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | Tesis |
Page generated in 0.002 seconds