Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La compensación del daño moral remite a elementos fundamentales que configuran cualquier sistema de responsabilidad, después de superar la discusión sobre su eventual procedencia, nuestra jurisprudencia laboral ha iniciado una decidida inclusión de la compensación de este daño con ocasión del término de la relación laboral por despido abusivo. Este proceso, que se encuentra hoy en día en pleno desarrollo, no ha estado exento de dificultades, ya que aún no es claro el perfil normativo mediante el cual está operando la resarcibilidad/compensación de los perjuicios morales. Bajo argumentos muy difusos nuestros tribunales lo incluyen por ahora como un daño de carácter extracontractual, el que por definición es exorbitante al contrato de trabajo. Este criterio de procedencia ha distorsionado todos los elementos que componen la fisonomía de la responsabilidad y ha terminado por configurar a la compensación del daño moral en una especie de sanción penal. Esta investigación, de modo crítico, propone la sede contractual del daño moral al término de la relación laboral, como aquella forma específica que permite enriquecer el contenido del contrato de trabajo y de paso corregir las distorsiones en las que ha incurrido la jurisprudencia nacional.
Identifer | oai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/152392 |
Date | January 2018 |
Creators | Alburquenque Alarcón, Jorge |
Contributors | Juri Sabag, Ricardo |
Publisher | Universidad de Chile |
Source Sets | Universidad de Chile |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | Tesis |
Rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Chile, http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/ |
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